Decisión nº 1 de Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Merida (Extensión Mérida), de 14 de Diciembre de 2015

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2015
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
PonenteZulma María Carrero
ProcedimientoHomologación

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.

Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de

Mediación y Sustanciación.

Mérida catorce (14) de Diciembre de Dos Mil Quince.

205º y 156 º

Asunto Nro. 14485

VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos: P.A.P.S. y M.I.O.B., venezolanos, mayores de edad, divorciados, titulares de la cédula de identidad Nros: V-15.174.370. y V-9.388.619, respectivamente, con domicilio en esta ciudad de M.E.M. y civilmente hábiles, debidamente asistidos en este acto por M.L.D.R., abogado en ejercicio de este domicilio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 21.864 y titular de la cédula de identidad No. V-3.031.859, de igual domicilio y jurídicamente hábil; quienes exponen que en fecha catorce (14) de Agosto del año dos mil quince (2015), se produce la disolución del vinculo matrimonial mediante sentencia de divorcio emitida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Estado Mérida. Quedando firme la misma en fecha veintitrés (23) de septiembre del año dos mil quince (2015), según se desprende del Expediente Nº 13500 de Divorcio 185-A. Durante el matrimonio ambas parte manifiestan que adquirieron bienes y es por lo que ahora, de común y amistoso acuerdo realizan la PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN AMISTOSA DE LOS BIENES QUE INTEGRAN LA COMUNIDAD CONYUGAL que existió entre ellos.

Bienes que conforman la comunidad de Gananciales habidos dentro de la unión conyugal:

  1. - Un lote de terreno y las mejoras sobre él construidas, ubicado en el sitio denominado Loma de “Los Ángeles” La Laguneta y Paramo de los Conejos, con un área de terreno de TRES MIL DOS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (3.002,75 mts.2), cuyas medidas y linderos particulares son: FRENTE: en una extensión de treinta y nueve metros con cincuenta y nueve centímetros (39.59 mts.), con carretera principal, vía Paramo de Los Conejos. FONDO: En una extensión de treinta y siete metros con ochenta y ocho centímetros (37.88mts.), con terrenos que son o fueron de J.C.L.. COSTADO DERECHO: (visto de frente) en una extensión de noventa y cuatro metros con cincuenta y seis centímetros (94.56mts.), con terrenos que son o fueron de J.C.L.- COSTADO IZQUIERDO: (visto de frente) en una extensión de setenta y nueve metros con treinta y nueve centímetros (79.39mts.), con terrenos que son o fueron O.R.E., y las mejoras sobre él construidas, referidas a una casa para vivienda principal con un área de construcción se TRESCIENTOS SESENTA y UN METROS CUADRADOS (361 mts.2), distribuidos de la manera siguiente: Una planta que consta de un salón principal, cinco (5) habitaciones, tres (3) salas de baño completas y u (1) bañ0 sencillo, área de cocina empotrada, Un (1) área de comedor, un (1), un (1) Ático, un (1) área de servicios, dos (2) balcones, un (1) maletero, estacionamiento para des vehículos techado y aéreas verdes. La construcción está hecha con paredes de bloque frisado, pisos de cerámica nacional, techos de machimbrado, vigas de metal, puertas de madera y ventanas de hiero y vidrio. El inmueble en referencia nos pertenece: En cuanto al lote de terreno, según documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Campo E.d.E.M., de fecha 12 de septiembre de 2001, inscrito bajo el No. 6, folios 26 al 30, Protocolo Primero, Tomo Noveno, Tercer Trimestre y las mejoras sobre él construidas, por documento registrado por ante la misma Oficina Subalterna de Registro, en fecha 6 de agosto de 2015, inscrito bajo el No. 29, Folio 178, Tomo 11, Protocolo de transcripción del presente año, respectivamente, con un valor de TREINTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 30.000.000,00).

  2. -Un vehículo con las siguientes características: Placa: AG644MK, Serial .N.I.V.: 8XAJ122G049511837; Serial Carrocería: 8XAJ122G049511837; Serial Chasi: 8XAJ122G049511837; Serial Motor: 4 CILINDROS; Marca: DAIHATSU; Modelo: TERRIOS 2WD/ J122LG-GMDEZ; Año Modelo: 2004; Color: AZUL; Clase: CAMIONETA; Tipo: SPORT WAGON; Uso: PARTICULAR; No.de Puestos: 5; Ejes: 2;Tara: 1025: Capacidad de Carga; 400 KGS Servicio; Privado, tal como se evidencia del Certificado de Registro de Vehículo expedido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre No. 150101593042 Y 8XAJ122G049511837-1-5, de fecha 6 de Julio de 2015, No. de Autorización 0042XS5539, valorado en QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00).

  3. -Un vehículo: Placa: AA269FL;SerialN.I.V: 8XDYU22X2Y8A15633; Serial Carrocería: 8XDYU22X2Y8A15633; Serial Chasi: 8XDYU22X2Y8A15633; Serial Motor: YA15633;Marca: FORD; Modelo: EXPLORER SIN 2P /EXPLORER; Año Modelo: 2000; Color:GRIS; Clase: CAMIONETA; Tipo: SPORT WAGON; Uso: PARTICULAR: No.dePuestos: 5; Ejes:4;Tara: 1895; Capacidad de Carga;588 KGS Servicio; Privado, tal como se evidencia del Certificado de Registro de Vehículo expedido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre No. 27774388 y 8XDYU22X2Y8A15633-1-2, de fecha 7 de Agosto de 2009, No. de Autorización 4042XD597307, con un valor de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.350.000,00).

ADJUDICACION DE LOS BIENES

Primero

El bien plenamente identificado en el numeral Primero identificado como un inmueble constituido por un lote de terreno, y las mejoras sobre él construidas, ubicado en el sitio denominado Loma de “Los Ángeles” La Laguneta y Paramo de los Conejos, con un área de terreno de TRES MIL DOS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (3.002,75 mts.2), cuyas medidas y linderos particulares son: FRENTE: en una extensión de treinta y nueve metros con cincuenta y nueve centímetros (39.59 mts.), con carretera principal, vía Paramo de Los Conejos. FONDO: en una extensión de treinta y siete metros con ochenta y ocho centímetros (37.88 mts.), con terrenos que son o fueron de J.C.L.. COSTADO DERECHO: (visto de frente) en una extensión de noventa y cuatro metros con cincuenta y seis centímetros (94.56mts.), con terrenos que son o fueron de J.C.L.- COSTADO IZQUIERDO: (visto de frente) en una extensión de setenta y nueve metros con treinta y nueve centímetros (79.39mts.), con terrenos que son o fueron O.R.E., y las mejoras sobre él construidas, referidas a una casa para vivienda principal con un área de construcción se TRESCIENTOS SESENTA y UN METROS CUADRADOS (361 mts.2), distribuidos de la manera siguiente: Una planta que consta de un salón principal, cinco (5) habitaciones, tres (3) salas de baño completas y u (1) bañ0 sencillo, área de cocina empotrada, Un (1) área de comedor, un (1), un (1) Ático, un (1) área de servicios, dos (2) balcones, un (1) maletero, estacionamiento para des vehículos techado y aéreas verdes. La construcción está hecha con paredes de bloque frisado, pisos de cerámica nacional, techos de machimbrado, vigas de metal, puertas de madera y ventanas de hiero y vidrio. El inmueble en referencia nos pertenece: En cuanto al lote de terreno, según documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Campo E.d.E.M., de fecha 12 de septiembre de 2001, inscrito bajo el No. 6, folios 26 al 30, Protocolo Primero, Tomo Noveno, Tercer Trimestre y las mejoras sobre él construidas, por documento registrado por ante la misma Oficina Subalterna de Registro, en fecha 6 de agosto de 2015, inscrito bajo el No. 29, Folio 178, Tomo 11, Protocolo de transcripción del presente año, respectivamente, queda en comunidad, conservando la propiedad en partes iguales los ciudadanos P.A.P.S. y M.I.O.B., plenamente identificados en este documento.

Segundo

El bien identificado en el numeral Segundo referido a un vehículo con las siguientes características: Placa: AG644MK, Serial NIV: 8XAJ122G049511837; Serial Carrocería: 8XAJ122G049511837; Serial Chasi: 8XAJ122G049511837; Serial Motor: 4 CILINDROS; Marca: DAIHATSU; Modelo: TERRIOS 2WD/ J122LG-GMDEZ; Año Modelo: 2004; Color: AZUL; Clase: CAMIONETA; Tipo: SPORT WAGON; Uso: PARTICULAR; No.de Puestos: 5; Ejes: 2;Tara: 1025: Capacidad de Carga; 400 KGS Servicio; Privado, tal como se evidencia del Certificado de Registro de Vehículo expedido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre No. 150101593042 Y 8XAJ122G049511837-1-5, de fecha 6 de Julio de 2015, No. de Autorización 0042XS55397, queda única y exclusivamente en propiedad de la ciudadana M.I.O.B., titular de la cedula de Identidad No. V-9.388.619.

Tercero

Igualmente convienen descrito en el numeral Tercero, constituido por Un vehículo con las siguientes características: Placa: AA269FL; Serial N.I.V.: 8XDYU22X2Y8A15633; Serial Carrocería: 8XDYU22X2Y8A15633; Serial Chasi: 8XDYU22X2Y8A15633; Serial Motor: YA15633;Marca: FORD; Modelo: EXPLORER SIN 2P /EXPLORER; Año Modelo: 2000; Color: GRIS; Clase: CAMIONETA; Tipo: SPORT WAGON; Uso: PARTICULAR: N°. de Puestos: 5; Ejes: 4;Tara: 1895; Capacidad de Carga; 588 KGS Servicio; Privado, tal como se evidencia del Certificado de Registro de Vehículo expedido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre No. 27774388 y 8XDYU22X2Y8A15633-1-2, de fecha 7 de Agosto de 2009, No. de Autorización 4042XD597307. Se adjudica en plena y exclusiva propiedad al ciudadano P.A.P.S., titular de la cédula de identidad Nos.: V-15.174.370

De común acuerdo, ambos ex cónyuges convienen que los bienes quedan completamente liquidados y que nada quedan a deberse ni por este, ni por ningún otro concepto, Ambas partes solicitan sea homologado lo acordado por ellos. En consecuencia, este CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS. NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO suscrito por las partes, identificados en autos, da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente Nº 14485 de Homologación de Partición y Liquidación de Bienes de la Comunidad conyugal. CÚMPLASE.--------------------------

LA JUEZA

ABG. Z.C.D.A.

LA SECRETARIA

ABG. WENDY SANCHEZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

La sria.

ZCA/zgr

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