Decisión nº 1 de Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Merida (Extensión Mérida), de 4 de Diciembre de 2014

Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2014
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
PonenteConsuelo del Carmen Toro Davila
ProcedimientoTutela

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.

Mérida, 04 de Diciembre de 2014

204º y 155º

Expediente Nro. 11738

Analizadas como han sido las actas que integran el presente expediente y verificada la celebración de la audiencia preliminar en fecha 27 de noviembre del 2014, tal como lo prevé el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento de jurisdicción voluntaria. Cumplidos así todos los términos procesales correspondientes este Tribunal Segundo de Primera de Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara medida de protección definitiva, quedando constituido el C.d.T. a favor del adolescente SE OMITE NOMBRE y la niña SE OMITE NOMBRE de Dieciséis (16) y seis (06) años de edad de la siguiente manera: R.A.R., Tutor, con aprobación del C.d.T., R.E.R., O.A.P.R., I.A.D.C.R.D.M. y C.G.R. como Protutor y Protutor Suplente, N.D.J.P. y J.A.R. y como C.d.T. integrado por los siguientes ciudadanos: R.E.R., O.A.P.R., I.A.D.C.R.D.M. y C.G.R., plenamente identificadas en autos, de conformidad con lo previsto en el artículo 177 Parágrafo segundo, literal “b” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. DIARICESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA. DADA, FIRMADA Y SELLADA EN EL TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. En Mérida a los 04 días del mes de Diciembre de 2014. Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.

LA JUEZA,

Dra. C.D.C. TORO DAVILA

LA SECRETARIA,

ABG. L.G.V.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

La Secretaria

zulay

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