Decisión nº 058 de Juzgado Superior Tercero Civil, Mercantil, Transito, Trabajo y Protección del Niño y del Adolescen de Tachira, de 2 de Mayo de 2011

Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2011
EmisorJuzgado Superior Tercero Civil, Mercantil, Transito, Trabajo y Protección del Niño y del Adolescen
PonenteMiguel José Belmonte Lozada
ProcedimientoObligacion De Manutención

JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, a los Dos (02) días del mes de M.d.D.M.O. (2011).

201° y 152°

Transcurridos los cinco días establecidos en el artículo 488-A, primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, para que fuese consignado el escrito de fundamentación de la apelación y en virtud de que la parte apelante no presentó el mencionado escrito en el lapso a que se contrae el referido artículo, se declara PERECIDO el recurso de apelación de conformidad con lo establecido en el tercer aparte del artículo arriba indicado.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y devuélvase de inmediato el expediente.

El Juez Titular,

Abg. Miguel José Belmonte Lozada

La Secretaria,

Abg. B.R.G.G.

En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 08:35 am, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se devolvió el expediente con oficio No. ____ al Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y A.B. de esta Circunscripción Judicial, constante de ____folios útiles, quedando anotada su salida en el libro respectivo.

MJBL/Jenny

Exp. No. 11-3659

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