Trabajadores son sometidos a juicios por reclamar sus derechos

Cuando el presidente Hugo Chávez llegó al poder en 1999 no dudó en definir su Gobierno como obrerista. Los trabajadores podían, incluso, llegar con sus planteamientos hasta Miraflores, pero las promesas dieron paso, 12 años después, a despidos injustificados y juicios contra aquellos que reclamen sus derechos laborales. Dirigentes sindicales afir maron que se aplica la criminalización de la protesta y la persecución en los centros de trabajo mediante conflictos que propicia el propio Gobierno, al incumplir los compromisos laborales y negarse a discutir los contratos colectivos. El acoso a los sindicalistas y trabajadores ha sido documentado por las organizaciones. El Frente Autónomo de Defensa del Empleo, el Salario y el Sindicato señaló que 250 trabajadores y dirigentes sindicales tienen procesos judiciales abiertos por participar en manifestaciones para exigir la discusión de la contratación colectiva y el pago de pasivos. Desde 1958 hasta 1998 los dirigentes sindicales y los trabajadores nunca fueron sometidos a juicio ni encarcelados por reclamar sus derechos. En los expedientes de la Organización Internacional del Trabajo no hay registros de casos como este durante ese período, aseguró Jesús Urbieta, miembro del Consejo de Administración de la OIT entre 2004 y 2007. Explicó que la criminaliza ción es propia de regímenes totalitarios, por lo que en la Organización Internacional del Trabajo causa extrañeza la insistencia del Gobierno de presentarse como democrático y defensor de los trabajadores, cuando en ese organismo han sido documentados los casos de acoso laboral. El Ejecutivo ha alegado que los sindicalistas y trabajadores que están presos o bajo régimen de presentación violaron el artículo 56 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, que prohíbe perturbar o afectar la organización o funcionamiento de los servicios públicos, industrias y empresas básicas, o la vida económica social del país. Serán pena dos con prisión de cinco a diez años, según la legislación. La huelga y el reclamo son derechos consagrados en la Constitución y en la Ley Orgánica del Trabajo. De allí que el Comité de Libertad Sindical del organismo haya recomendado modificar el mencionado artículo, agregó Urbieta. La OIT ha instado al Gobier no a que cese la persecución política y los despidos de los trabajadores, por lo cual en la conferencia de junio de 2010 se aprobó enviar a Venezuela una misión para constatar las violaciones a la libertad sindical, la...

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