Decisión nº 267 de Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolivar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt de Zulia, de 13 de Agosto de 2007

Fecha de Resolución13 de Agosto de 2007
EmisorJuzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolivar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt
PonenteIlva Pirela
ProcedimientoObligación Alimentaria

El día de hoy, 13 de Agosto del año Dos Mil Siete, siendo las 10:35 de la mañana, día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto la Ejecución de la Medida de Embargo Preventivo decretada en el Juicio de REVISION DE SENTENCIA seguido por la Ciudadana: S.B.M., titular de la Cédula de Identidad N° V-12.373.560 a favor de los niños y/o adolescentes: LEIDYMAR JOSE, H.A., P.V. Y J.A.V.B. en contra del ciudadano: N.V., Titular de la Cédula de Identidad N° V-12.373.570 por ante el JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, y para lo cual fue exhortado este Tribunal.- A señalamiento de la parte actora S.B.M., antes identificada asistida en este acto por la Abogada en ejercicio I.G.M.V., titular de la Cédula de Identidad N° V-47750 inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47750 se trasladó y constituyó este Órgano Ejecutor de Medidas en la sede de la Empresa INVERSIONES AZUL, C.A (INVERAZULCA) ubicada en LA AVENIDA 5 DIAGONAL A LA PANADERIA SAN J.P.A.M.M.d.E.Z..- Una vez allí constituido procedió a notificar del objeto de su traslado al Ciudadano (a): Y.C.O., titular de la cédula de Identidad numero: V-14.629.934 En su carácter de: ADMINISTRADORA de la Empresa INVERSIONES AZUL, C.A (INVERAZULCA)- En este estado presente la parte actora con la asistencia antes dicha expuso: Señalo al tribunal para ser Embargado Preventivamente: A): Un Cincuenta (50%) por ciento del SALARIO, que devenga el demandado en la empresa INVERSIONES AZUL, C.A (INVERAZULCA), en el cargo que ejerce como mecánico en la planta eléctrica de esa empresa. B): Un Cincuenta por ciento (50%) de las PRESTACIONES SOCIALES, que le corresponden al demandado por sus servicios prestado en la referida empresa.- C): Un cincuenta por ciento (50%) de la cantina que posea el demandado en la CAJA DE AHORROS que pudiera existir para los empleados de dicha empresa. D): Un Cincuenta por ciento (50%) de las cantidades que tenga constituido en FIDEICOMIDO E INTERESES DE FIDEICOMISO con la referida empresa o dentro de la misma.- E): El Cincuenta por ciento (50%) de las VACACIONES; BONO VACACIONAL, COMISIONES, BONO DE TRANSFERENCIA, BONO DE ALIMENTACION; (CESTA TICKETS) UTILIDADES O AGUINALDOS, INTERESES DE PRESTACIONES u otra cantidades de dinero por indemnización o cualquier otro concepto que pueda corresponderle al demandado como trabajador de dicha empresa. F): El Cien por ciento (100%) de las PRIMAS POR HIJOS, JUGUETES, UTILIDADES Y UTILES ESCOLARES.-G): El Cincuenta por ciento (50%) de cualquier cantidad que le pudiera corresponder por su relacion de trabajo con la mencionada empresa en caso de retiro, despido, jubilación o muerte, o en cualquier otro caso que este vigente dicha relacion.- Las cantidades de dinero a retener establecidas en los literales a,c, e,f,y g podran ser entregadas directamente a la reclamante de autos, pudiendo el patrono aperturar una cuenta de ahorro a nombre de esta para tal fin.- En relacion a las cantidades de dinero a retener establecidas en los literales b y d estas deben ser siempre remitidas al JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en cheque de gerencia.- El patrono debera informar a ese tribunal la modalidad implementada para el cumplimiento de la medida .-.- En este estado este Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, S.R., Miranda, Lagunillas S.B., Valmore Rodríguez y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia,

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