Decisión nº 220 de Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolivar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt de Zulia, de 11 de Abril de 2007

Fecha de Resolución11 de Abril de 2007
EmisorJuzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolivar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt
PonenteMaríaelvira Reina Hernández
ProcedimientoDivorcio

Despacho de Medida Nº 4362

En el día de hoy once (11) de Abril del dos mil siete (2.007), siendo las diez y quince minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, S.R., S.B., LAGUNILLAS, VALMORE RODIRGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa VENPETROL C.A, ubicada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida Preventiva de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 02, con sede en Cabimas, en el Juicio de DIVORCIO seguido por el ciudadano A.J.S.P., titular de la cédula de identidad N° V-9.004.378, en contra de la ciudadana L.B.E.O., titular de la cédula de identidad N° V-13.131.581. Seguidamente el tribunal una vez constituido en la sede de la empresa procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano A.C., titular de la cédula de identidad Nº 15.808.790, en su condición de Analista de nomina. En estado presente la apoderada judicial de la ciudadana L.B.E.O., titular de la cédula de identidad N° V-13.131.581, la abogada en ejercicio C.M.P., inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 59.437 expuso: Solicito al tribunal se sirva ejecutar la medida decretada por el tribunal de la causa.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR