Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de Carabobo (Extensión Valencia), de 4 de Febrero de 2016

Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2016
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Agrario
PonenteJosé Gregorio Rodriguez
ProcedimientoAuto Interlocutorio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 04 de Febrero de 2016

205º y 156º

Vista la diligencia del 03/02/2016, presentado por el abogado J.R., titular de la cédula de identidad, Nro V- 7.532.782 inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 27.316, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad de comercio Inversiones Cumapira, C.A., debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en fecha 20 de Enero de 1977, anotada al número 29, tomo 35-B de los libros del Registro Mercantil llevado por esa oficina pública, quien es el representate, el ciudadano M.A.D.C.F., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-7.063.117 y de este domicilio, mediante el cual le confiere Poder debidamente autenticado ante la Notaria Publica Sexta de Valencia a los abogados Egad Nuñez, R.R., H.P., I.P., J.G. y J.R., venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V- 3.372.200, V- 9.829.134, V- 17.551.564, V- 4.454.602, V- 4.101.163 y V- 7.532.782; inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 14.006, 48.867, 144.344, 11.955, 61.216 y 27.316, en consecuencia, téngase como apoderados judiciales a los referidos abogados, facultado mediante poder otorgado (Folios 104-107).

El Juez

ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ

La Secretaria

ABG. GLENDY GONZALEZ GUEVARA

Expediente Nº JAP- 300-2016.

JGRG/ggg/dvg.-

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