Decisión nº Sent.Int.No.64-10 de Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de Caracas, de 10 de Junio de 2010

Fecha de Resolución10 de Junio de 2010
EmisorJuzgado Superior Sexto de lo Contencioso Tributario
PonenteGabriel Fernández Rodríguez
ProcedimientoAdmisión De Pruebas

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 10 de Junio de 2010

200º y 151º

ASUNTO: AP41-U-2008-000821 Sentencia Interlocutoria N° 64/2010

Visto el Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha 09/12/2008, por los ciudadanos O.A.P., E.D.M., J.C.F.F. y R.E.T.D., venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos. 3.149.326, 5.532.569, 8.323.810 y 15.504.270 e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 5.237, 21.057, 28.535 y 107.553, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil “BANCO PROVINCIAL, S.A. BANCO UNIVERSAL”, domiciliada en Caracas, originalmente constituida mediante documento inscrito ante el Registro de Comercio llevado por el entonces Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal en fecha 30/09/1952, bajo el N° 488, Tomo 2-B, transformado en Banco Universal, reformados y refundidos sus Estatutos en un sólo texto, según se evidencia de asiento inscrito ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Miranda, el 17/12/2007, bajo el N° 31, Tomo 196-A-Pro., contra la Resolución N° SERMAT-ADMC-CAFRA-RES-2008-222 de fecha 03/11/2008, emanada de la Superintendencia del Servicio Metropolitano de Administración Tributaria de la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas (SERMAT), que RATIFICÓ el contenido de la Resolución N° SERMAT-ADMC-CS-RC-2008-06, notificada en fecha 11/08/08, confirmatoria del Acta de Reparo Fiscal N° SERMAT-ADMC-DGGT-2007-000004, de fecha 26/12/07, notificada en fecha 27/12/07, levantada para los períodos fiscales comprendidos entre el 01/01/03 hasta el 31/12/2003 y desde el 01/01/2004 hasta el 31/12/2004, todas las fecha inclusive, por un monto de Bs.F. 205.476,19 por concepto de impuesto 1x1000 sobre la emisión de pagares bancarios, suscritos por la vigencia de la Ordenanza de Timbre Fiscal del Distrito Metropolitano de Caracas, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, N° 5.493 Extraordinario, de fecha 19/10/2000, y consecuencialmente intereses moratorios de Bs.F 17.647,94. Estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente Recurso Contencioso Tributario, el Tribunal observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus artículos 259, 260, 261, 262 y 266, a saber: se trata de actos administrativos recurribles en la vía jurisdiccional, impugnados por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés del recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante del contribuyente y no consta en autos oposición alguna, este Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario ADMITE dicho Recurso Contencioso Tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, procédase a su tramitación y sustanciación de conformidad con los artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario vigente, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1º) día de Despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la Administración Tributaria.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los diez (10) días del mes de junio de dos mil diez (2.010). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.-

El Juez Provisorio,

G.Á.F.R..

El Secretario,

G.B.S..

GAFR/Gbs

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