Decisión de Tribunal Quinto de Ejecución de Caracas, de 27 de Febrero de 2008

Fecha de Resolución27 de Febrero de 2008
EmisorTribunal Quinto de Ejecución
PonenteNicol Catalano
ProcedimientoExtinción De La Pena

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA

EN FUNCION DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL

AREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 27 de Febrero de 2008

197° y 148°

Vista la decisión practicada por este Despacho en fecha 12 de Febrero de 2003 cursante a los folios 49-50 de la presente pieza del expediente, mediante el cual este Juzgado le conmuto el resto de la pena que le faltaba por cumplir en CONFINAMIENTO al penado F.W.A., titular de la cedula de identidad Nº V-10.522.098, y por cuanto se observa al folio 61, constancia de fecha de fecha 08 de Septiembre de 2004, suscrita por el ciudadano JOSÈ ELÌAS BELLO VALERO en su carácter de P.d.M.A.Z.d.E.M. mediante la cual deja constancia que ut supra mencionado cumplió con sus presentaciones por ante ese Despacho a su cargo desde el 17-02-2.003 hasta el 28-07-2.004, en virtud de la conmutación acordada, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 105 del código penal le EXTINGUE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL POR EL CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA Y EN CONSECUENCIA OTORGA LA L.P. del mencionado ciudadano. Ahora bien este tribunal en uso de sus atribuciones legales acuerda oficiar a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería, así como al Departamento de Consultaría Jurídica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas a fin que el ut supra sea excluido del sistema computarizado de dichos organismos como ciudadano requerido por la justicia; a tales efectos se ordena la remisión del presente expediente a la división de archivo judicial, a los fines de su archivo y cuido. CÚMPLASE.

EL JUEZ,

Dr. N.C.C..

EL SECRETARIO,

Abg. R.V..

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado.

EL SECRETARIO,

Abg. R.V..

NCC/Jesús

Exp. 5E-1005-99

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