Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de Tachira (Extensión San Antonio), de 26 de Diciembre de 2005

Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2005
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteIker Yaneifer Zambrano Contreras
ProcedimientoSobreseimiento De La Causa

San A.d.T., 26 de Diciembre de 2005

195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-S-2004-000278

ASUNTO : SP11-S-2004-000278

RESOLUCIÓN POR SOBRESEIMIENTO

Vistas las actuaciones de la presente causa; a los folios 402 y 405 corre agregado escrito procedente de la Fiscalía Superior del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial en el cual el abogado E.J.O.C. en su carácter de Fiscal Superior ratifica la solicitud de sobreseimiento presentada por la Fiscal de Transición de la misma Circunscripción Judicial abogada O.M.R.; en consecuencia este tribunal procede a pronunciarse para lo cual observa:

Del estudio de las actuaciones observa este juzgador que el hecho investigado ocurrió el 28 de Julio 1992, es decir hace mas de Trece años, y conforme se infiere del acta policial de fecha 28-07-92, suscrita por le funcionario: C/2do Oriel Loza.H., adscritos al Puesto de Comando de la Tercera Compañía Destacamento de Fronteras N° 11 de la Guardia Nacional, donde entre otras cosas se lee los siguiente: “…..en la tarde de ayer ….servicio de requisa de equipajes ….Aeropuerto San A.d.T.…llegó un ciudadano demostrando una actitud sospecho… resultó ser…Holvast Henk Engel … revisión minuciosa de su equipaje el contaba de dos maletines…poseían un doble fondo en su contorno….se observó ..polvo de color blanco penetrante …presunta droga denominada cocaína, dos frascos plásticos de champú marca Flex de Revlon…sometido a la prueba de Narcotex dando resultado positivo de la mezcla del líquido con la presunta droga denominada cocaína, una cámara filmadora…en su interior …. Se detectó una sustancia de color blanco…arrojando la cantidad de un peso de total aproximado de 2.200 kilogramos, procediendo de inmediato a la detención preventiva del ciudadano...”

Decisión dictada en fecha 12-08- 1992, por el extinto Juzgado 4° de primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público de la Circunscripción del Estado Táchira, mediante la cual decretó la detención judicial del ciudadano Holvast Link Engd, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, y declara mantener abierta la Averiguación con respecto a la persona involucrada en la Cooperación del delito antes referido.

Decisión dictada en fecha 24/05/1995, por el extinto Tribunal Segundo de Reenvió en lo Penal, del Area Metropolitana de Caracas, mediante la cual condenó al ciudadano Holvast Link Engd, a cumplir la pena de 6 años y 8 meses de prisión, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS.

En fecha 24/01/1996, el extinto Juzgado 4° de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, libró orden de captura en contra del imputado de autos.

Considera el Fiscal Superior del Ministerio Público y ratificada la solicitud de sobreseimiento, ya que no existen elementos de convicción que permitan identificar a persona alguna en la comisión del referido delito, ya que de las investigaciones practicadas en su debida oportunidad bajo la vigencia del derogado Código de Enjuiciamiento Criminal, y llevadas a cabo por el suprimido Cuerpo Técnico de la Policía Judicial y la Guardia Nacional de Venezuela, no fue posible lograr la identificación del ciudadano mencionado en el expediente por el imputado Holvast Link Engd, condenado y con orden de captura, presuntamente como Mauricio o Fred, señalado por él mismo como la persona que era la propietaria del bolso de viajero en donde se incautó la sustancia prohibida y que también fue vista por el ciudadano V.M.J.E., como la que acompañaba al ciudadano Holvast Link Engd, en el Aeropuerto de San Antonio en el momento que de la referida incautación de la droga. Así mismo, y por cuanto desde la fecha de la comisión de delito en referencia, hasta el día de hoy ha transcurrido un lapso de trece (13) años, tiempo que impide incorporar nuevos datos a la investigación en relación al hecho ilícito investigado y tomando en cuenta que con el transcurrir del Tiempo las posibles evidencias y rastros que nos permitirían hacer constar efectivamente la comisión del delito, así como las circunstancias que pudieran influir en su calificación o responsabilidad de los posibles autores.

Por lo tanto, encontrándose ajustada a derecho la solicitud fiscal y ratificada el pedimento de sobreseimiento por la Fiscalía Superior, se hace procedente decretar el sobreseimiento en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.

En virtud de lo anteriormente expuesto, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA EXTENSIÓN SAN A.D.T., ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: ÚNICO.- DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la presente causa iniciada por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS en perjuicio del Estado Venezolano, a favor de PERSONAS POR IDENTIFICAR, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese y notifíquese de la decisión.

El Juez de Control

Abg. I.Y.Z.C.

El secretario,

Abg. H.E.O.H.

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