Decisión nº FEB-013-11 de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo de Sucre (Extensión Carupano), de 17 de Febrero de 2011

Fecha de Resolución17 de Febrero de 2011
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
PonenteSusana García de Malave
ProcedimientoCobro De Bolivares (Via Intimacion)

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

Carúpano, 17 de Febrero del 2.011

200º y 151º

Exp. N° 16.697

DEMANDANTE: SOCIEDAD MERCANTIL TARGET, C.A.,

inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la

Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta,

en fecha 09 de Noviembre del año 1.995, bajo el N°

1407, Tomo I ADICIONAL 28, representada por el

Abogado E.R., titular de la Cédula de

Identidad N° 4.946.145.

APODERADO: Abg. E.R., inscrito en el Inpreabogado

bajo el N° 25.676.

DOMICILIO PROCESAL: Oficina 1, Piso 2 del C.C. Real, Avenida 4 de Mayo de

la ciudad de Porlamar, Estado Nueva Esparta.

DEMANDADO (S): J.J.B. y D.R.

L.A., titulares de las Cédulas de

Identidad Nros. 5.865.194 y 5.861.851.

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APODERADO (S): No otorgo Poder.

DOMICILIO PROCESAL: Calle Principal del Morro de Puerto Santo s/n,

Estado Sucre.

MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Por recibido el presente expediente emanado de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, y por cuanto del libelo de la demanda se desprende que la misma es de naturaleza Cobro de Bolívares, y la cuantía señalada no excede de Tres Mil Unidades Tributarias (3.000 U.T.), y por cuanto de acuerdo al contenido de la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, en su artículo 3 y publicada en Gaceta Oficial N° 368.338 de fecha 02 de Abril del 2.009, el conocimiento de la misma, corresponde al Juzgado del Municipio Arismendi, del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, es por lo que este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara incompetente por la cuantía para conocer y decidir la presente causa, y declara competente al Juzgado del Municipio Arismendi, del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, donde se ordena remitir el presente expediente en su oportunidad legal correspondiente. Así se decide.

La Juez,

Abg. S.G.d.M..

La Secretaria,

Abg. F.V.C..

SGDM-mmg.

Exp. N° 16.697

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