Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en función de Control, Audiencias y Medidas con competencia de delitos de violencia contra la mujer de Trujillo, de 27 de Abril de 2009
Fecha de Resolución | 27 de Abril de 2009 |
Emisor | Juzgado Segundo de Primera Instancia en función de Control, Audiencias y Medidas con competencia de delitos de violencia contra la mujer |
Ponente | José Alberto Berroteran |
Procedimiento | Sobreseimiento |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 27 de Abril de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2007-006996
ASUNTO : TP01-P-2007-006996
RESOLUCIÓN QUE DECRETA SOBRESEIMIENTO POR CUMPLIMIENTO DE CONDICONES IMPUESTAS
DE LA SOLICITUD DE LA DEFENSA:
Se le cede el derecho de palabra a la Defensa Pública quien expone: ”Visto que mi defendido cumplió las condiciones impuestas en decisión de fecha 12/03/2008, solicito al Tribunal se decrete a favor de mi defendido la extinción de la acción penal y consecuentemente el sobreseimiento de la presente causa, de conformidad con el artículo 48 numeral 7º y 318 numeral 03 del Código Orgánico Procesal Penal.
DEL IMPUTADO:
Seguidamente el Juez procede a imponer del precepto constitucional del artículo 49.5 y de los artículos 130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal al Acusado H.A.T.R., titular de la cedula de identidad N° 5.786.297, natural de Trujillo estado Trujillo, de 48 años de edad, nacido en fecha 11/02/1961, soltero, ocupación trabajos del hogar, hijo de R.T. (+) M.R., residenciado en la Tres Esquinas Segundo Sector Casa Nº 45-09 municipio Trujillo estado Trujillo y expone: “Yo cumplí las condiciones que me fueron impuestas”.
DE LA REPRESENTACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO:
Seguidamente el Juez le cede el derecho de palabra a la Representación Fiscal quien expone:” Visto el cumplimiento del Acusado esta Representación considera que lo ajustado a derecho es solicito se le decrete el sobreseimiento al Acusado.
DECISIÓN DEL TRIBUNAL
El Juez oídas las exposiciones de las partes y del análisis de las actas procesales, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA y por autoridad de la Ley acuerda: Verificado el cumplimiento por parte del Acusado H.A.T.R., titular de la cedula de identidad N° 5.786.297, natural de Trujillo estado Trujillo, de 48 años de edad, nacido en fecha 11/02/1961, soltero, ocupación trabajos del hogar, hijo de R.T. (+) M.R., residenciado en la Tres Esquinas Segundo Sector Casa Nº 45-09 municipio Trujillo estado Trujillo, de las condiciones impuestas en decisión de fecha 12/03/2008 este Tribunal considera que lo ajustado a Derecho es DECRETAR LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con el artículo 48 numeral 7º y 318 numeral 03 del Código Orgánico Procesal Penal por la comisión del delito de AMENAZA AGRAVADA Y DAÑOS CON VIOLENCIA A LA PROPIEDAD, previsto y sancionado en el artículo 41 PRIMER PARTE de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V. en agravio de la ciudadana KATIUSCA V.T.R., al establecer el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal: “Finalizado el plazo o régimen de prueba el Juez convocará a una audiencia notificando de la realización de la misma al Ministerio Público, imputado victima, y luego de verificado el total y cabal cumplimiento de todas las obligaciones impuestas decretará el Sobreseimiento de la Causa.”. ASI SE DECIDE. Remítase la causa al archivo central para su archivo definitivo. Ciérrese informáticamente. Publíquese y Regístrese.
La Juez de Control Nº 02 (S)
Abog. YRALBA VALECILLOS BRICEÑO
La Secretaria
Abg. Ana C. Materano