Decisión de Tribunal Primero de Ejecución L.O.P.N.A de Monagas, de 7 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2010
EmisorTribunal Primero de Ejecución L.O.P.N.A
PonenteDilia Mendoza
ProcedimientoAutos Varios

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial Penal del Estado Monagas

Tribunal de Ejecución Sección Adolescente

Maturín, 7 de Mayo de 2010

200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2009-000177

ASUNTO : NP01-D-2009-000177

Visto Escrito presentado por la ciudadana MIGDALYS BRITO, en su carácter de Defensor Público del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, quien solicita a este Tribunal autorice permiso para que su defendido, asista a visitar a su Abuela ciudadana J.S., a la siguiente Dirección SECTOR LA MURALLA, BARRIO A.J.D. SUCRE, CALLE 03, CASA N° 03, MATURIN ESTADO MONAGAS. Este Tribunal observa que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA se encuentra en de la Entidad Socio Educativa Dr. J.M.R. y sobre él pesa la medida Privativa de Libertad. La doctrina de Protección integral se funda en la doctrina de los Derechos Humanos, y los instrumentos jurídicos en los que reposa esa doctrina señalan que en todas las fases del proceso el adolescente conserva sus derechos y uno de ellos es el mantenimiento de sus relaciones familiares, y en este caso en particular cuando una abuela es una persona tan importante para un ser humano y más aún para una persona en desarrollo como lo es un adolescente, considero que la razón es suficientemente válida para conceder el permiso solicitado y así se decide.

DISPOSITIVA.

Este Tribunal Por los razonamientos anteriormente expuestos, los cuales son orientados por los Principios mínimos generales de contención y limites al Sistema Penal del Adolescente, así como las Disposiciones que en este sentido contraen las Normas Legales Especializadas, los instrumentos internacionales para la Justicia de Jóvenes y la propia Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal de Ejecución en Materia de Responsabilidad Penal del Adolescente, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley acuerda Autorización para que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA sea conducido y acompañado por un maestro guía o Trabajadora social de la entidad así como por la Representante de los Derechos Humanos del Ministerio del Poder Popular de Relaciones interiores y Justicia Abg. CELSY PEINADO desde donde se encuentra privado de libertad hasta la siguiente dirección SECTOR LA MURALLA, BARRIO A.J.D. SUCRE, CALLE 03, CASA N° 03, MATURIN ESTADO MONAGAS, a la brevedad por una (01) hora. Ofíciese lo conducente.

La Juez

Abg. DILIA MENDOZA.

El Secretario

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