Sentencia nº 670 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa de 6 de Diciembre de 2011

Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2011
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoDemanda

SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 6 de Diciembre de 2011

201º y 152º

Visto el escrito presentado en fecha 22 de junio de 2011, por los abogados M.L. y Lay F.H., inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 5.241 y 80.146, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil PDV COMUNAL, S.A., mediante el cual promueven pruebas en la acción que intentaran las ciudadanas I.M.T.C. y K.P.T.C., contra la sociedad mercantil VENGAS, S.A., por indemnización de daños y perjuicios morales; este Juzgado, siendo la oportunidad legal de su admisibilidad, pasa a decidir en los siguientes términos:

Se admiten cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, las documentales indicadas en el Capítulo I del escrito de promoción de pruebas, el cual se contrae a reproducir el mérito favorable de los autos; así como también las documentales producidas junto con el mismo; y, por cuanto dichos documentos cursan en autos, manténganse en el expediente.

Asimismo, visto el pronunciamiento relativo a las pruebas promovidas por las partes, este Juzgado ordena notificar al ciudadano Procurador General de la República, a tenor de lo dispuesto en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Líbrese oficio, remitiéndole a dicha funcionaria copia certificada de las decisiones de pruebas.

La Jueza,

María Luisa Acuña López

La Secretaria,

N.d.V.A.

Exp. Nº 2008-0252/ytdeg

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