Decisión nº ABR-240-08 de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo de Sucre (Extensión Carupano), de 30 de Abril de 2008

Fecha de Resolución30 de Abril de 2008
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
PonenteSusana García de Malave
ProcedimientoSolicitud Homologacion Acto Alternativo

LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-

CARÚPANO, 30 de Abril del 2008

198° y 149°

Sol. N° 5260.

SOLICITANTES: T.V.T., titular de la

Cédula de Identidad N°. 13.670.369, en su

Carácter de Defensora Pública en Materia

Agraria, e inscrita en el InpreAbogado bajo

el N° 87.460.

MOTIVO: SOLICITUD HOMOLOGACIÓN ACTO ALTERNATIVO

(AGRARIO)

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la solicitud de SOLICITUD HOMOLOGACIÓN ACTO ALTERNATIVO (AGRARIO), presentada por la abogado en ejercicio ciudadana: T.V.T., en su carácter de Defensora Pública en Materia Agraria, venezolana, mayor edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.670.369, e inscrita en el InpreAbogado bajo el N° 87.460 y de este domicilio, este Tribunal le da entrada en los Libros respectivos y el curso legal correspondiente, asignándole el N° 5260, se admite en cuanto ha lugar en derecho, en virtud de lo cual y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937, y 7 del Código de Procedimiento Civil, así como el 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 164 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario (Gaceta Oficial N° 5771 de Fecha 01/09/2005). En consecuencia se fija el lapso de Diez (10) días de Despacho a los fines de que las partes interesadas ratifiquen su contenido, en cuyo caso dentro del lapso de Tres (03) días de Despacho siguiente, se procederá a impartir la Homologación correspondiente. Y así se decide. Cúmplase lo ordenado.

La Juez,

La Secretaria,

Abg. S.G.d.M.

Abg. F.V.C.

SGDM/fvc/ajno.Sol. 5260.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR