Resolución mediante la cual se establece que las Instituciones del Sector Bancario deberán tomar todas las previsiones para que los días jueves 27 y viernes 28 de febrero del presente año, garanticen el acceso de los servicios indispensables de los usuarios y usuarias del sector bancario, así como del público en general.- (Véase N° 6.127 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de esta misma fecha).

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