Decisión de Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de Aragua, de 4 de Junio de 2009

Fecha de Resolución 4 de Junio de 2009
EmisorSuperior en lo Civil y Contencioso Administrativo
PonenteDomingo Efrén Zerpa Naranjo
ProcedimientoRecurso Contencioso Administrativo De Nulidad

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL (BIENES) Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRAL, CON SEDE EN MARACAY, ESTADO ARAGUA.

Maracay, 04 de Junio de 2009.

199° y 150°

Exp. N° CA-9232.

Visto el cómputo practicado por Secretaría, en el cual se hace constar, que han transcurrido 31 días consecutivos, contados a partir del día 04 de Mayo de 2009 exclusive, fecha esta en la cual se acordó expedir el Cartel de Citación hasta el día 04 de Junio de 2009 inclusive; y visto asimismo, el contenido del auto de fecha 04 de Mayo de 2009, mediante el cual este Tribunal acordó y expidió el Cartel de Citación, conforme a lo establecido en los Párrafos 12 y 13 del Artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se advirtió que el mismo, debería ser retirado, publicado y consignado dentro de los 30 días consecutivos siguientes a su expedición, y como quiera, que según cómputo practicado, se evidencia que ha vencido el referido lapso, sin que se haya verificado el retiro y la debida consignación en autos del mismo; este Tribunal Superior, declara DESISTIDO EL Recurso Contencioso Administrativo de Anulación interpuesto conjuntamente con Suspensión de Efectos, por los Ciudadanos: B.T.S. y Franklin Agüero Hernández, actuando en sus caracteres de Vicepresidente y Representante Legal de la Sociedad Mercantil Mecánica Integrada, C.A (MECAINT), debidamente Asistidos de Abogado, contra la P.A. signada con el Nro. 21-2008, de fecha 10 de Marzo de 2008, emanada de la Inspectoría del Trabajo de Valle de la Pascua, Estado Guárico, conforme a lo ordenado en el referido auto. Se ordena agregar a los autos formando folios útiles, el Cartel de Citación y los Oficios signados con los Nros. 1.191-09, 1.192-09 y 1.193-09 respectivamente, asimismo, se ordena Archivar el Expediente en su oportunidad. Notifíquese a la Parte Recurrente de la presente Decisión.

EL …………

JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DR. D.E.Z.N..

LA SECRETARIA,

ABOG. G.D.L.R..

DEZN/Wendy.

Cc.archivo

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