Decisión nº 2C-5566-04 de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de Apure (Extensión San Fernando de Apure), de 14 de Septiembre de 2004
Fecha de Resolución | 14 de Septiembre de 2004 |
Emisor | Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control |
Ponente | MarÃa Melva GarcÃa RamÃrez |
Procedimiento | Sobreseimiento De La Causa |
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
San F.d.A., 14 de Septiembre del 2004.
194º y 145º
CAUSA N° 2C-5566-04
Vista la solicitud de sobreseimiento interpuesta por ante este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, por la ciudadana Fiscal para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, DRA. G.A.F.F.; a favor de OBREROS DEL INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN (sin mayores datos que permitan identificar a persona alguna), conforme a las previsiones contenidas en el ordinal 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; este Tribunal, para decidir observa:
Que de acuerdo con el análisis exhaustivo practicado a las actas procesales que conforman el presente expediente, se desprende que, no existen elementos de convicción capaces de configurar la comisión del delito LUCRO DE FUNCIONARIOS previsto y sancionado en el articulo 64, de la derogada Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público, el cual constituye el objeto de la presente averiguación; por lo que se evidencia que el mismo no llegó a materializarse; y en consecuencia tampoco puede atribuírsele a persona alguna; y mucho menos a los Imputados de auto OBREROS DEL INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN (sin mayores datos que permitan identificar a persona alguna), por lo que lo procedente y ajustado a derecho es decretar el sobreseimiento de la presente causa conforme a lo establecido en el articulo 318, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Por todos los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA 2C-5566-04 a favor de OBREROS DEL INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN (sin mayores datos que permitan identificar a persona alguna), de conformidad con lo previsto en el ordinal 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; por lo que se extingue la presente causa, conforme a lo establecido en el artículo 48, ordinal 8° ejusdem
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente, Cúmplase.
LA JUEZ,
DRA. L.P.D.G.
EL SECRETARIO,
Abg. R.D.J.R.
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO,
Abg. R.D.J.R.
CAUSA N° 2C-5566-04 (Exp. 12.728)
LPDEG/RDEJR/jrrh.-