Decisión nº 3C-24214-03 de Tribunal Tercero de Control Los Teques de Miranda, de 4 de Octubre de 2003

Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2003
EmisorTribunal Tercero de Control Los Teques
PonenteRosa Elena Rael Mendoza
ProcedimientoLibertad Por Auto

Los Teques, 04 de Octubre de 2003.

193° y 144°

DECISIÓN:

Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:

Primera

Acuerda la libertad plena del ciudadano: J.L.G., de nacionalidad Venezolana, nacido en fecha 06/07/1970, titular de la cédula de identidad N° V-12.614.132, natural de Ocumare del tuy, de profesión u oficio obrero, de 32 años de edad, residenciado en el Barrio Vista Hermosa, casitas rurales, calle cotoperi, casa sin número, Cúa Estado Miranda, hijo de W.Á. (v) y Y.G. (v) de conformidad con establecido en los artículos 44 numeral 1 y 49 numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; artículos 8, 9, 243 y 250 del Código Orgánico Procesal Penal.-

Secunda: Líbrese la correspondiente Boleta de Excarcelación y remítase con oficio al Director del Instituto Autónomo Policía del Estado Miranda.-

Tercero

Remítase las actuaciones al Dr. Ulbano M.G.L., Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Penal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.-

Líbrese Boleta de Notificación a las partes de conformidad con el contenido del único aparte del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.-

La Juez de Control N° 3

Dra. R.E.R.M.

El Secretario

Abg. José Luis Chaparro

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se libraron las boletas de notificación a las partes y la boleta de Excarcelación respectiva. Así lo certifico.-

El Secretario

Abg. José Luis Chaparro

RERM/JC/rer

Causa: 3C24214-03

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