Decisión de Juzgado de los Municipios Campo Elias y Aricagua de Merida, de 14 de Marzo de 2006

Fecha de Resolución14 de Marzo de 2006
EmisorJuzgado de los Municipios Campo Elias y Aricagua
PonenteMaría M Uzcategui
ProcedimientoCobro De Bolivares Intimacion

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, catorce (14) de Marzo del año dos mil seis (2.006).-

195º y 147°

Vista la diligencia de fecha dieciséis (16) de Febrero del año en curso, suscrita por el Abogado en Ejercicio C.A.G.T., plenamente identificado en autos, el Tribunal acuerda conforme a lo solicitado. Y visto el computo realizado de los Días hábiles de Despacho transcurridos en el Tribunal desde el día tres (03) de Noviembre del dos mil cinco (2.005), exclusive, fecha en la cual el Alguacil Temporal de este Tribunal Agrego la Boleta de intimación de la ciudadana C.X.P.D.C., debidamente firmada, hasta el día de hoy inclusive, habiendo constatado la intimación del demandado se consumo efectivamente, previo cumplimiento de todas las formas procesales que el legislador estableció al efecto, y encontrándose vencido como esta el lapso de diez (10) días siguientes a su intimación para que la parte demandada o por intermedio de su Defensor formulare su oposición en el tiempo oportuno y no lo hiciere. En tal virtud el TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, DECLARA FIRME EL DECRETO INTIMATORIO, dándole el carácter de Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con lo establecido en el Artículo 651 del Código De Procedimiento Civil.- CÚMPLASE.--------LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. M.M.U.R..

EL SECRETARIO TEMPORAL,

ABG. J.L.S.M.

En esta misma fechare cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

SANCHEZ MOLINA SRIO. TEMP.

MMUR/jlsm/jm.- EXP. Nº 2.381.-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR