Decisión nº 13 de Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente de Trujillo, de 8 de Octubre de 2007

Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2007
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente
PonenteJesús Amado Rivero
ProcedimientoSin Lugar Solicitud De La Defensa

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO

Tribunal de Ejecución Sección Adolescentes

TRUJILLO, 8 de Octubre de 2007

197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-D-2005-000217

ASUNTO : TP01-D-2005-000217

Revisada la causa y visto el escrito presentado por el Defensor Privado del sancionado:___, Abg. G.U., mediante el cual consigna constancia de residencia y oferta de trabajo del joven mencionado y solicita que sea revisada la medida de Semi Libertad y sea sustituida por la medida de L.A.; este Tribunal de Ejecución observando que en fecha 10-09-07, le fue revisa la medida privativa de libertad y sustituida por la actual medida de l.a. e imposición de Reglas de Conducta, considera improcedente la revisión solicitada, siendo lo procedente autorizar el cambio de residencia y que desarrolle la actividad laboral que ha solicitado. Por los razonamientos expuestos, este TRIBUNAL DE EJECUCIÓN Nº 01, SECCION ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: Sin lugar la Revisión de la Medida de Semi Libertad y su sustitución por la medida de L.A., solicitada por la defensa; SEGUNDO: Procedente autorizar el cambio de residencia del sancionado:___, y el desempeño de la actividad laboral que solicita, debiendo seguir cumpliendo con el horario y los días establecidos para su entrada y salida al CRA Varones-Carmania, el cual se adecuará a la nueva residencia y actividad laboral que desempeñara el sancionado . Notifíquese al Defensor y al sancionado de lo decidido. Se ordena oficiar al CRAV Carmania comunicándole lo conducente. Líbrense las boletas y comunicaciones ordenadas. EL JUEZ DE EJECUCION

Abg. J.A.R.Á.. La Secretaria

Abg. Yrliana David Carmona.

En la misma fecha se cumplió lo ordenado.

La Secretaria

TP01-D-2005-000217

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