Tribunal Supremo no pudo evitar impunidad en caso del Banco del Tesoro

En agosto de 2010, cuando el gerente general de Créditos del Banco del Tesoro Jamez Hernández descubrió y denunció la corrupción que se había enquistado en el organismo fundado cinco años antes y promocionado por el Gobierno como emblema de "la banca social", se apeló al lugar común: aplicaremos todo el peso de la ley. Sin embargo, la oferta de justicia ejemplar se diluyó con el tiempo y ni siquiera la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia pudo aplicar correctivos: los principales responsables siguen prófugos y el aseguramiento de sus bienes no ha servido para resarcir los daños al patrimonio público, inicialmente calculados en más de 2,1 millones de bolívares. El Ministerio Público sólo ha informado de las acciones emprendidas contra los imputados, mas no así de las incidencias que han conducido a la impunidad. Por ejemplo, la Fiscalía no pudo impedir que los capitanes activos del Ejército Fernando Sojo Hernández y Harold Peña Acevedo, que ocupaban los cargos de gerente general de Créditos y gerente de Banca Corporativa, respectivamente, se fugaran y burlaran la acusación formulada en su contra por los delitos de apropiación indebida de créditos, tráfico de influencia y asociación para delinquir. Bajo reserva de su identidad, fuentes vinculadas al caso informaron sobre otras incidencias que indican que los actores judiciales, entre ellos las autoridades del Tribunal Supremo de Justicia, también incurrieron en irregularidades que, en definitiva, frustraron la posibilidad de sancionar la corrupción en el Banco del Tesoro.

Tres parejas Antes de encargarse de la Gerencia General de Créditos, Jamez Hernández tomó una muestra aleatoria de 30 expedientes de crédito, principalmente comerciales y préstamos al constructor, por ser los de mayor cuantía y los que deberían representar menor riesgo para el banco. El análisis permitió detectar: inconsistencia entre el monto solicitado y el monto aprobado, sustitución de las garantías originalmente presentadas y aprobadas, créditos por montos elevados solamente garantizados con fianza y sin una rigurosa evaluación de los fiadores, aprobación de créditos a empresas con capital social por debajo de 10% del monto aprobado, créditos aprobados sólo con promesas de constitución de garantías, liquidación mediante abonos en cuenta sin consideración de las características de los muebles o inmuebles ofrecidos como garantía, y financiamientos en cuotas trimestrales y semestrales que no se correspondían con los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR