Decisión de Juzgado Quinto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 14 de Julio de 2008

Fecha de Resolución14 de Julio de 2008
EmisorJuzgado Quinto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteRahyza Peña Villafranca
ProcedimientoInsercion De Partida De Nacimiento

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO

CIVIL, MERCANTIL Y DEL T.D.L.

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA

METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, de J.d.D.M.O. (2008).-

198º y 149º.-

SOLICITANTE: CARRASCO R.T.B..-

MOTIVO: INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.-

EXPEDIENTE: Nº 07-4206.-

Por cuanto mediante comunicación Nº C J - 08-1154, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 26 de mayo de 2008, fui designada como Juez Temporal de este Despacho, debidamente juramentada el 30 de mayo de 2008, me avoco al conocimiento de la presente causa. Asimismo mediante distribución correspondió conocer al Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del T.d.l. Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de la solicitud de Inserción de Partida de Nacimiento presentada por la ciudadana T.B.C.R., quien dijo ser venezolana, mayor de edad, de este domicilio y civilmente hábil, asistida por la ciudadana C.M., abogada adscrita a la Clínica Jurídica de la Universidad Católica “Andrés Bello”, (Asesoría Jurídica Gratuita a la Comunidad), e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº: 66.554, siendo la oportunidad para decidir, el Tribunal observa:

Alegó la solicitante en términos generales, lo siguiente:

  1. Que nació el 24 de Abril de 1937, producto de un parto extra-hospitalario, ocurrido en San J.d.Á., quebrada de Caraballo, final, casa número 12, Parroquia San José, municipio Libertador del Distrito Capital.

  2. Que no aparece inscrita en el Registro Civil de Nacimiento como se evidencia en las constancias presentadas;

  3. Que por tales motivos solicita la inserción de su Partida de Nacimiento.

    Acompañó los siguientes recaudos:

    • C.d.N. presentación expedida por ante la Oficina Principal de Registro Público del Distrito Capital.

    • C.d.N. presentación expedida por ante la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan.

    En fecha 03 de Agosto de 2007, se admitió presente la solicitud, se libró Edicto y se notificó al Fiscal del Ministerio Público.

    En fecha 20 de Septiembre de 2007, compareció el ciudadano M.A.A., alguacil titular de este despacho y consigno copia de la boleta de notificación al fiscal, debidamente firmada y sellada.

    En fecha 03 de Octubre de 2007, compareció la ciudadana: J.H.D.A., Fiscal Centésima Décima del Ministerio Público, con competencia en Protección Civil y Familia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de caracas y manifestó no tener objeción a la referida solicitud.-

    En fecha 24 de Octubre de 2007, compareció la ciudadana: T.B.C.R. y consigno Edicto, publicado en el Diario de “Ultimas Noticias”, en fecha 16 de Octubre de 2007.

    En fecha 14 de Diciembre de 2007, este Tribunal ordeno librar oficio dirigido a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería, asimismo insto a la solicitante a que consignara el acta de Defunción de sus padres de presentara y que presentara 3 testigos contemporáneos de su entorno familiar par que rindieran su testimonio en relación a la solicitud.

    En fecha 06 de Febrero de 2008, se recibió resultas emanadas de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería, informando que no aparece registrada la ciudadana: T.B.C.R..

    En fecha 02 de Mayo de 2008, se presentaron por ante la sede de este Despacho los ciudadanos: N.D.R., S.E.P. Y CONTRERAS DE LA HOZ I.E., en calidad de testigos y rindieron sus respectivas declaraciones en relación a la solicitud.

    En fecha 09 de Mayo de 2008, este Tribunal insto a la solicitante, a que consignara el acta de defunción de la ciudadana SUSUANA R.D.C..

    En fecha 06 de Junio de 2008 compareció la solicitante y consigno el acta de defunción de sus padres, ciudadanos: S.R.D. CARRASCO Y P.G.C.A..

    Para decidir el Tribunal observa:

  4. Constancia expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San J.d.M.L.d.D.C., en la que se lee que no se encuentra asentada el acta que corresponde a T.B.C.R.;

  5. Constancia expedida por la Oficina Principal de Registro Público del Distrito Capital, en la que se lee que no aparece registrada el acta de Nacimiento de T.B.C.R.;

  6. Comunicación Nº RIIE-1-0501-5114, de fecha 09 de Enero de 2008, emanada de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería, en la cual se lee que no aparece registrada la ciudadana: T.B.C.R.;

  7. Original de las actas de defunción de sus padres ciudadanos: S.R.D. CARRASCO Y P.G.C.A..

    De la revisión de las actas que conforman el presente expediente así como de los documentos aportados a los autos, observa esta juzgadora que quedó suficientemente demostrado lo alegado por la ciudadana T.B.C.R..

    Por los motivos antes expuestos, este Tribunal QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL T.D.L. CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, declara CON LUGAR la presente solicitud de Inserción de Partida de Nacimiento presentada por T.B.C.R., venezolana, soltera, mayor de edad, de este domicilio, de conformidad con lo establecido en los artículos 772 y 774 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se ordena insertar en el Registro correspondiente.

    Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del T.d.l. Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los (14) días del mes de Julio de 2008. Años: 198º y 149º.-

    LA JUEZ TEMPORAL

    DRA. RAHYZA PEÑA VILLAFRANCA.-

    LA SECRETARIA TITULAR,

    ABOG. LEOXELYS VENTURINI.-

    En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia, siendo la una de la tarde (1: 00 p.m.).-

    LA SECRETARIA,

    EXP. Nº: 07-4206.-

    RPV/LV/Yenny.-

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