TSJ: Venezolanos en el exterior que no tengan residencia votarán en el país

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso interpuesto por la Asociación Civil Defensoría de los Venezolanos en el Exterior de impugnar la circular de la rectora del CNE Sandra Oblitas, que estipula los requisitos para que los venezolanos en el extranjero puedan inscribirse y actualizar los datos del Registro Electoral. En la referida circular se rei tera a las misiones diplomáticas y consulares de Venezuela que los requisitos para el RE son los establecidos en el artículo 124 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, en virtud del cual sólo podrán sufragar en el exterior los electores que posean residencia o cualquier otro régimen que denote legalidad de permanencia fuera de Venezuela. Devenex había impugnado ese documento, debido a que en su criterio viola el derecho a la igualdad, pues determina dos clases de venezolanos al exigirles a los connacionales que residen en el exterior documentos que no son requisitos en territorio nacional. La Sala arguyó que no se tra ta de la existencia de dos clases de venezolanos, sino de la exigencia de formalidades distintas para ejercer el derecho al sufragio de los votantes que residen en el exterior. El TSJ indicó que tanto los venezolanos que se encuentren en el exterior como los que no cumplan con los establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales tienen derecho a inscribirse, actualizar datos en el Registro Electoral y ejercer su derecho al voto dentro del territorio nacional. Impedir el voto. Ramón Jo sé Medina, coordinador de la MUD en el exterior...

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