Decisión nº PJ0332007000271 de Tribunal Primero de Ejecución de Yaracuy, de 10 de Diciembre de 2007

Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2007
EmisorTribunal Primero de Ejecución
PonenteEsmeralda Leticia López Guzmán
ProcedimientoNegativa De

ASUNTO PRINCIPAL : UP01-S-2004-006503

ASUNTO : UP01-P-2004-000513

Visto el escrito emanado del penado H.B., Titular de la Cédula de Identidad N° 16.823.262, actualmente gozando del Beneficio Régimen Abierto, en el Centro de Tratamiento Comunitario Dr.: A.G., ubicado en el Estado Carabobo, este tribunal para decidir observa: La Ley de Régimen Penitenciario en su artículo 62 establece para aquellos penados cuyas conductas lo m.y.n.h. riesgo de quebrantamiento de condena otorgar permisos hasta por 48 horas, debidamente vigilados en los siguientes casos:

  1. Enfermedad grave o muerte del cónyuge, padres e hijos.

  2. Nacimiento de hijos

  3. Gestiones personales no delegables

  4. Gestiones para la obtención de trabajo y alojamiento ante la proximidad del egreso.

No contemplando la mencionada ley, y el Código Orgánico Procesal Penal, permisos con motivo de las festividades navideñas, este tribunal a los fines de no violentar el principio de la legalidad, principio base del Derecho Penal, niega el permiso solicitado por el penado H.B., Titular de la Cédula de Identidad N° 16.823.262, quien se encuentra gozando del Beneficio de Régimen Abierto en el Centro Comunitario Dr.: A.G., de la ciudad de Valencia, Estado Carabobo. Ofíciese lo conducente. Notifíquese. Cúmplase.

LA JUEZA DE EJECUCIÓN N° 01 LA SECRETARIA

ABG. ESMERALDA LÓPEZ GUZMÁN ABG. ROSSANA LISCANO

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