Decisión de Juzgado Superior Primero en lo Laboral de Miranda, de 3 de Junio de 2010

Fecha de Resolución 3 de Junio de 2010
EmisorJuzgado Superior Primero en lo Laboral
PonenteAdolfo Hamdan Gonzalez
ProcedimientoCalificación De Despido

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE PARTE

En el día de hoy, jueves, tres (03) de junio de 2010, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la audiencia oral y publica, referente a la apelación interpuesta en la causa por CALIFICACIÓN DE DESPIDO, seguida por el ciudadano A.O.P.C., titular de la Cédula de Identidad N°.11.820.355., contra la Asociación Civil UNIÓN CONDUCTORES ALTOS MIRANDINO por el apoderado judicial de la parte actora, abogado G.V.P. contra el fallo dictado en fecha 07 de mayo de 2010, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De M.C.S. en Los Teques, la cual cursa en el expediente numero 1579-10 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja constancia de la comparecencia de los apoderados judiciales de la parte actora apelante, abogados R.C.R. y G.V.P. inscritos en inpreabogado bajo los N°S. 38.842 Y 37.427, respectivamente. Así mismo, se deja constancia de la comparecencia del apoderado judicial de la parte demandada, abogados L.O.T.C. inscrito en el inpreabogado bajo los N°.33.370. Seguidamente se da inicio a la audiencia oral, haciendo acto de presencia el ciudadano A.H.G., Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-Seguidamente se le concedió la palabra al apoderado judicial de la parte actora, apelante, quien expuso sus alegatos y fundamentos en relación a la apelación quedando reproducidos en el material audiovisual de la presente audiencia. En este estado el ciudadano Juez le concedió el derecho de palabra a la parte demandada, quien expuso sus alegatos y fundamentos, todo lo cual quedó registrado en el material audiovisual. Acto seguido, el ciudadano Juez le otorgó el derecho a réplica a la parte actora, quien hizo uso del mismo, así mismo, se le otorgó el derecho a la contra réplica de la parte demandada, quien uso del mismo, todo lo cual quedó registrado en el material audiovisual. Concluida las exposiciones de las partes, el ciudadano Juez, conforme al contenido del artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dejó expresa constancia que se acogería al lapso de sesenta (60) minutos, para dictar sentencia oral correspondiente a la presente causa.- De regreso a la Sala de audiencias el ciudadano Juez Superior procedió a dictar sentencia oral realizando previamente un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: “…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de M.c.S. en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandante, abogado G.V.P., contra el fallo dictado en fecha 07 de mayo de 2010, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de M.c.S. en Los Teques. SEGUNDO:, SIN LUGAR la solicitud de CALIFICACIÓN DE DESPIDO, seguida por el ciudadano A.O.P.C., titular de la Cédula de Identidad N°.11.820.355., contra la contra la Asociación Civil UNIÓN CONDUCTORES ALTOS MIRANDINO TERCERO: SE CONFIRMA, el fallo dictado en fecha 07 de mayo de 2010, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de M.c.S. en Los Teques CUARTO. Por la naturaleza del fallo y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas a la parte actora, por haber quedado totalmente vencida tanto en el recurso de apelación como en el proceso. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente la presente fecha, y será a partir de la publicación de dicha decisión que comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo.- Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de M.c.S. en Los Teques, tres (03) de junio del año dos mil diez (2010), años 200° de la Independencia y 151° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia

A.H.G.

EL JUEZ SUPERIOR

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APODERADOS JUDICIALES

DE LA PARTE ACTORA

EXP. 1579-10

AHG/EVZ

EDINET J.V.Z.

SECRETARIA

APODERADO JUDICIAL

DE LA PARTE DEMANDADA

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