Decisión nº 132-2007 de Tribunal Superior Contencioso Tributario de Zulia, de 14 de Mayo de 2007

Fecha de Resolución14 de Mayo de 2007
EmisorTribunal Superior Contencioso Tributario
PonenteRodolfo Luzardo Baptista
ProcedimientoJuicio Ejecutivo

JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO

DE LA REGIÓN ZULIANA

197° - 148°

Expediente No. 663-06

Admisión de Pruebas

Visto el anterior escrito de Promoción de Pruebas, constante de un (01) folio útil y dos (02) anexos, presentado en el día de hoy, por el abogado R.M.B., portador de la cédula de identidad No. 101.421, e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 9.256, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente UNION DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS, C.A. (UPACA), en el curso del Cobro de Créditos Fiscales (Juicio Ejecutivo) intentado por la República Bolivariana de Venezuela en contra de la expresada contribuyente, el Tribunal le da entrada y ordena agregarlo a las actas respectivas. Asimismo, este Tribunal pasa a resolver sobre su admisión en la siguiente forma:

PRIMERO

Dejando a salvo su valoración en la definitiva, de conformidad con lo previsto en los artículos 269 y 270 del Código Orgánico Tributario, en concordancia con los artículos 395 y 429 del Código de Procedimiento Civil, se ADMITEN las pruebas documentales señaladas en el escrito de promoción de pruebas de la recurrente, los cuales fueron efectivamente consignados en actas.

Publíquese. Regístrese. Déjese copia. Dado, firmado y sellado en el Despacho del Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, en Maracaibo, a los catorce (14) días del mes de mayo del año dos mil siete (2007). Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.

El Juez

Dr. Rodolfo Luzardo Baptista El Secretario Temporal,

Abog. M.Á.M..

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se agregó el escrito de Promoción de Pruebas y los anexos.

El Secretario Temporal,

Abog. M.Á.M..

Resolución No. 132 - 2007.

RLB/mtdlr.-

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