Decisión de Juzgado Octavo Superior Del Trabajo de Caracas, de 6 de Mayo de 2008

Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2008
EmisorJuzgado Octavo Superior Del Trabajo
PonenteGreloisida Ojeda
ProcedimientoDemanda

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Octavo Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana

Caracas, seis (06) de mayo de dos mil ocho

198º y 149º

ASUNTO: AC22-R-2005-000141

Visto el Escrito Transaccional, presentado en fecha 24 de Abril de 2008, por la abogada en ejercicio J.P.L., inscrita en el IPSA bajo el N° 79.652, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadano P.V.R., y por la otra parte, el apoderado judicial de la parte demandada, abogado en ejercicio F.J.O., inscrito en el IPSA bajo el N° 66.560, plenamente identificados en autos, con ocasión a la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoare el ciudadano P.V.R. contra CAVENDES, BANCO DE INVERSION C.A,.este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a los referidos profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, en consecuencia, como quiera que consta en autos el pago correspondiente en los términos expuestos en el referido escrito transaccional, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el cierre y archivo del expediente, ordenando para ello la remisión del expediente al Juzgado que corresponda, previa distribución, conocer de la causa para que materialice el cierre antes referido. Líbrese oficio y cúmplase con lo ordenado.

La Juez

La Secretaria

Abg. Greloisida Ojeda Núñez

Abg. Lisbeth Montes

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