Decisión nº 587 de Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de Lara, de 15 de Junio de 2009

Fecha de Resolución15 de Junio de 2009
EmisorJuzgado Segundo del Municipio Iribarren
PonenteMartin Enrique Bonilla Alvarado
ProcedimientoDaños Y Perjuicios

Vista la demanda anterior, se acuerda darle entrada y anotarla en los libros respectivos. Asimismo, revisados como han sido el libelo de demanda y los documentos presentados con el mismo, este Tribunal dirime lo siguiente:

ÚNICO: Se observa que en el capitulo III del escrito libelar, la parte actora exige el pago de CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL BOLIVARES FUERTES (144.000,00) que comprende los daños y perjuicios ocasionados, a su vez exige el pago de CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS ONCE BOLIVARES FUERTES (52.311,00) por motivo de los daños ocasionados al vehículo, pero al mismo tiempo estima su acción en la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F 300.000,00) monto que

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