Decisión nº 227 de Juzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de Merida, de 4 de Junio de 2009

Fecha de Resolución 4 de Junio de 2009
EmisorJuzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo
PonenteNeddy Salas Morillo
ProcedimientoReivindicación De Mueble

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS A.A., A.B., O.R.D. LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. El Vigía, cuatro de junio de dos mil nueve.

199° y 150°

Conforme a lo acordado en el auto anterior este tribunal pasa a pronunciarse sobre la admisión o inadmision de la demanda presentada en fecha 22-05-09, por la ciudadana M.V.C., titular de la cédula de identidad Nº 11.911.385, domiciliada en El Vigía, Municipio A.A.d.E.M., asistida del abogado L.C.G., titular de la cedula de identidad 15.204.630, domiciliado en El Vigía, Municipio A.A.d.E.M., por reivindicación de inmueble; observándose del contenido de la demanda que la misma carece de los elementos esenciales para que se encuadre dentro de la figura de la reivindicación, es decir, se encuentra desprovista de los instrumentos fundamentales que la deben acompañar, como lo es la identidad del inmueble, como llegó el demandado a ocupar el inmueble, desde que fecha lo ocupa; así mismo observa este Tribunal la data reciente del documento registrado que le acredita tal propiedad. Por tales motivos este tribunal no admite la presente demanda por reivindicación de inmueble. Así se decide.

LA JUEZ PROVISORIO

ABG. NEDDY SALAS MORILLO

LA SECRETARIA

ABG. YSABEL TERESA MARIN P.

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