Decisión nº 144 de Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Vargas, de 7 de Abril de 2005

Fecha de Resolución 7 de Abril de 2005
EmisorTribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteGustavo Romero
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales Y Otros Beneficios

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO

DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, siete (07) de abril de dos mil cinco (2005)

194° y 146°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2005-000052

PARTE ACTORA: M.V.D.F., venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.920.713

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: M.T.P., abogada en ejercicio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el numero 10.167.

PARTE DEMANDADA: “GUARDERIA PREESCOLAR A.H..” Inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, el 16 de julio del 2003, bajo el numero 41, tomo 1-B.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: L.J.C., S.F. y A.J.D., abogados en ejercicio e inscritos en el INPREABOGADO bajo los números 16.702, 57.815 y 16.817, respectivamente.

MOTIVO: “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS”

En el día hábil de hoy, siete (07) de abril del dos mil cinco (2005), siendo las tres y treinta minutos (03:30 p.m.) horas de la tarde, día y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma las ciudadanas: VEITIA DE FREITES M.A., parte actora; M.T.P., Apoderada Judicial de la parte actora; igualmente se encuentra presente la profesional del derecho S.F.M., Apoderada Judicial de la empresa demandada; todas plenamente identificadas supra. Dándose así inicio al acto de prolongación de la Audiencia, las partes han conciliado y reconocen como ciertas las cantidades que a favor de la trabajadora demandante se originaron de la relación de trabajo que les unió de la siguiente forma: -------------------------------------------------

Trabajador: M.V.D.F.

Cédula de Identidad: V- 6.920.713

Empresa: GUARDERIA PREESCOLAR A.H.

Fecha de Ingreso: 15-07-2.003.

Fecha de Egreso: 16-06-2.004.

Tiempo de Servicio a bonificar: 11 MESES, 1 DIA

  1. - ANTIGÜEDAD: 45 días X Bs. 9.884,20 S.D.I=------------------------------- Bs. 444.789,00

  2. - VACACIONES VENCIDAS: 15 días X Bs. 8.000,00 S.D=------------------- Bs. 120.000,00

  3. - UTILIDADES FRACCIONADAS: 6,25 días X Bs. 8.000,00 S.D=------------- Bs. 50.000,00

  4. - BONO VACACIONAL: 7 días X Bs. 8.000,00 S.D=----------------------------- Bs. 56.000,00

  5. - FIDEICOMISO: ----------------------------------------------------------------- Bs. 129.211,00

Total Prestaciones Sociales y Otros Beneficios........................................Bs. 800.000,00

Tales conceptos suman la cantidad de BOLIVARES OCHOCIENTOS MIL SIN CENTIMOS (Bs. 800.000,00) los cuales son cancelados por la parte demandada en este acto en dinero efectivo a favor de la actora-demandante M.V.D.F., quien personalmente recibe conforme. Se deja constancia que en este acto se devolvieron a las partes las pruebas consignadas al inicio de la Audiencia Preliminar. Este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, visto como es que la conciliación ha sido positiva y que el presente acuerdo no vulnera derechos del Trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES Y LE DA EFECTO DE COSA JUZGADA, razón por la cual se ordena el archivo del expediente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

EL JUEZ,

DR. G.R.

LAS PARTES COMPARECIENTES

PARTE ACTORA

APODERADA JUDICIAL DE

LA PARTE ACTORA

APODERADA JUDICIAL DE

LA EMPRESA DEMANDADA,

LA SECRETARIA,

ABG. RAFALMY BENITEZ YUMAS

EXP. Nº WP11-L-2005-000052

COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS

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