Decisión de Juzgado Cuarto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 21 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución21 de Mayo de 2010
EmisorJuzgado Cuarto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteCarlos Alberto Rodriguez Rodriguez
ProcedimientoCorredor Pública

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, 21 de Mayo de 2010

200º y 151º

ASUNTO: AH14-S-2008-000399

Se inició el presente procedimiento mediante solicitud presentada por el ciudadano G.A.M.R., venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.880.347, Corredor Público de Títulos Valores inscrito por ante CNV bajo el Nº 572, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil: VELOX TRADING C.A. debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, anotado bajo el Nº 61, Tomo 184-A- Sgdo, en fecha 15 de mayo de 1.995, expediente Nº 486386, debidamente asistido por el abogad A.A.A.G., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 69.977, a través de la cual el mencionados ciudadano solicita le sea otorgada la autorización para ejercer el oficio de CORREDOR CON CARACTER PUBLICO, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 el Código de Comercio.

Mediante auto de fecha 20 de Octubre de 2008, se admitió la solicitud y se ordeno oficiar a la Cámara de Comercio de Caracas, a fin de recabar información acerca del concepto del cual goza el solicitante en los circuitos comerciales de la jurisdicción

Así mismo, se fijo una fianza con el objeto de garantizar las resultas de ejercicio del cargo hasta por la cantidad de DOCE BOLIVARES FUERTES (Bs. 12,00), siendo recibida la respuesta de la Cámara de Comercio en fecha 30 de Noviembre de 2009, en la cual ésta manifestó su opinión favorable con respecto a la solicitud, y habiendo el solicitante consignado la constancia de deposito de Banfoandes con sello húmedo original, por la suma de 12,00 Bs., en la Cuenta Corriente llevada por este Juzgado en dicha entidad bancaria, este Tribunal las acepta por considerarlas suficientes.-

En razón a lo antes narrado, éste Juzgado considera que la Sociedad Mercantil: VELOX TRADING C.A., antes identificada, ha cumplido con los extremos contemplados en el artículo 75 del Código de Comercio, por lo que se le AUTORIZA suficientemente para ejercer el oficio de CORREDOR CON CARACTER PUBLICO, debiendo ésta sujetarse en el desempeño del cargo a lo dispuesto en el Titulo II, Sección IV, del Código de Comercio. ASÍ SE DECLARA.

Igualmente se ordena expedir por Secretaria copias certificadas del presente auto, conforme a los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.- CÚMPLASE.-

El Juez

Dr. Carlos A. Rodriguez Rodríguez.

La Secretaria

Abg. Maitrelly Vanessa Arenas

Hora de Emisión: 10:12 AM

Asistente que realizo la actuación: YP

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