Decisión nº PJ02920070001000 de Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente de Caracas, de 23 de Octubre de 2007

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2007
EmisorSala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
PonenteYaqueline Landaeta
ProcedimientoAutorización Para Separación Del Hogar

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

SALA DE JUICIO Nº XIV

Caracas, 23 de Octubre de 2007

197º y 148º

ASUNTO: AP51-S-2007-016846

Vista la solicitud de separarse del hogar presentada por la ciudadana SEQV, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.742.095, debidamente asistida por la Abogado M.G.D., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.215; la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Despacho Judicial, así como la indicación de la dirección a la que se trasladaría la solicitante, esta Juez Unipersonal de la Sala de Juicio XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente, sin perjuicios de terceros y sin prejuzgar el dicho de los testigos promovidos concede AUTORIZACIÓN PARA SEPARARSE DEL HOGAR, con sus enseres personales, a la ciudadana SEQV, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.742.095, acompañada de su hija XXXX; a la siguiente dirección: Residencia Parque Carabobo Plaza, Torre B, piso 13, apartamento 13-B-2, entre avenida Lecuna y esquina Niquitao, frente antigua PTJ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 138 del Código Civil en concordancia con el literal “e” parágrafo cuarto del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídase por secretaría copia certificada y entréguese a la parte interesada a los fines de que surta sus efectos legales de conformidad con lo establecido en el articulo 111 del Código De Procedimiento Civil. Cúmplase lo ordenado.

LA JUEZA

ABG. Y.L.V.

EL SECRETARIO

ABG. CARLOS ANDRES FONSECA

AP51-S-2007-016846

YLV/CAF/MARJORIE

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