Decisión de Juzgado Superior Primero en lo Laboral de Miranda, de 22 de Julio de 2010

Fecha de Resolución22 de Julio de 2010
EmisorJuzgado Superior Primero en lo Laboral
PonenteAdolfo Hamdan Gonzalez
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE PARTE

En el día de hoy, jueves, veintidós (22) de julio de 2010, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la audiencia oral y publica de apelación en la causa seguida por cobro de PRESTACIONES SOCIALES, por el ciudadano M.E.V., titular de la Cédula de Identidad N°.630.985 contra las empresas TRANSPORTE RODRÍGUEZ & M, C.A., TRANSPORTE MAN RODRI, C.A. SERVI TRANSPORTE RODRÍGUEZ, C.A. y TRANSPORTE DE GANDOLAS RODRÍGUEZ, C.A. y como persona natural, ciudadano A.R. por el apoderado judicial de la parte actora, abogado V.G.V., inscrito en el inpreabogado bajo el N°.50.499 contra el acta levantada en fecha 06 de julio de 2010, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De M.C.S. en Los Teques, la cual cursa en el expediente numero 1595-10 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja constancia de la comparecencia del ciudadano M.E.V., anteriormente identificado en su carácter de parte accionante y su apoderado judicial, abogado, V.G.V., inscrita en inpreabogado bajo el N°. 50.499. Seguidamente se da inicio a la audiencia oral, haciendo acto de presencia el ciudadano A.H.G., Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-Seguidamente se le concedió la palabra al apoderado judicial de la parte actora, quien expuso sus alegatos y fundamentos en relación a la apelación quedando reproducidos en el material audiovisual de la presente audiencia. Concluida las exposiciones de las partes, el ciudadano Juez, , de conformidad con la norma contenida en el artículo 186 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede a dictar sentencia oral de manera inmediata en el presente expediente previo un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara:: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte actora, abogado VICENZO GIURDANELLA contra el acta levantada en fecha 06 de julio de 2010, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado M.c.S. en Los Teques.- SEGUNDO: Ordena la corrección de los vicios procesales presentados en la presente causa, y el reestablecimiento del orden procesal en la fase de ejecución en el juicio que por cobro de PRESTACIONES SOCIALES, ha interpuesto el ciudadano M.E.V., titular de la Cédula de Identidad N°.630.985 contra las empresas TRANSPORTE RODRÍGUEZ & M, C.A., TRANSPORTE MAN RODRI, C.A. SERVI TRANSPORTE RODRÍGUEZ, C.A. y TRANSPORTE DE GANDOLAS RODRÍGUEZ, C.A. y como persona natural, ciudadano A.R., cuya determinación quedarán determinadas y especificadas en el texto íntegro de la de la sentencia.- TERCERO: SE REVOCA el acta levantada en fecha 06 de julio de 2010, auto de fecha 09 de julio de 2010, y las actuaciones precedentes que dieron origen a las mismas. SEXTO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, por la naturaleza del fallo”. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente la presente fecha, y será a partir de la publicación de dicha decisión que comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo.- Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de M.c.S. en Los Teques, veintidós (22) de julio del año dos mil diez (2010), años 200° de la Independencia y 151° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman.

A.H.G.

EL JUEZ SUPERIOR

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PARTE ACTORA

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APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA

EXP. 1595-10

AHG/EVZ

EDINET J.V.Z.

SECRETARIA

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