Decisión nº SALA01 de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de Yaracuy, de 18 de Marzo de 2008

Fecha de Resolución18 de Marzo de 2008
EmisorTribunal de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteFrank Santander
ProcedimientoSeparación De Cuerpos Y Bienes

San Felipe 18 de marzo de 2008.

Años: 197º y 149º

Vista la solicitud de SEPARACION DE CUERPOS Y DE BIENES que antecede, suscrita y presentada por los ciudadanos C.V.G.R. y T.V.H.M., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.886.839 y 7.591.667, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado N.D.M.L., inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 55.314; y de conformidad con el artículo 351 y 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se acuerdan las siguientes medidas provisionales que deben aplicarse hasta que concluya el presente juicio.

PRIMERO

La Patria potestad será ejercida por ambos padres.

SEGUNDO

La RESPONSABILIDAD DE CRIANZA de los niños IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE,, la ejercerá la madre ciudadana T.V.H.M..

TERCERO

El padre ciudadano C.V.G.R., pasará a sus hijos, la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 300,00) mensuales, para cumplir con la Obligación de Manutención. Además de los gastos de medicinas, deportes, recreación, y otros que serán compartidos por los padres por partes iguales. En las temporadas de vacaciones escolares, época decembrina o cualquier otra los padres se pondrán de acuerdo para compartir las mismas en disfrute y los gastos que ocasionen, en el inicio de clase para gastos de útiles escolares y uniformes se fija la cantidad de UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00) y en época decembrina TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00).

CUARTO

Se establece el Régimen de Convivencia familiar, para el padre cada quince días, los buscará los viernes y los devolverá el domingo por la tarde.

El Juez

Abg. Frank Santander Ramírez

La Secretaria,

Abg. T.C.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede

La Secretaria,

Abg. T.C.

Exp. 11673/08

Wb

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