Decisión de Juzgado Primero de Ejecución del L.O.P.N.A. de Barinas, de 19 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución19 de Mayo de 2010
EmisorJuzgado Primero de Ejecución del L.O.P.N.A.
PonenteJosé Fernando Macabeo González
ProcedimientoCesación De La Medida

Vistas las anteriores actuaciones que conforman la presente Causa N° E-761/08, seguida a la adolescente; IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, este Tribunal observa y hace las siguientes consideraciones: Se determina que en fecha; 21 de Febrero de 2.008, la adolescente de autos, fue sancionada a cumplir las medidas de IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA y L.A., previstas en los literales “b” y “d” del artículo 620 en concordancia con lo previsto en los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión del delito de; ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en los artículos 458 en relación con el artículo 83 del Código Penal Venezolano y el artículo 5 y 6, numerales 1, 2, 3 y 10 de la Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio del ciudadano; J.E.G.G.. Igualmente se observa del computo de sentencia efectuado en fecha; 10 del mes de Marzo del año 2008, el que riela a los folios 125 al 126 de la presente causa quedaría totalmente cumplida en fecha; 01 de Febrero del año 2010. Ahora bien, no habiéndose recibido ningún reporte del Ministerio Público, de las organizaciones de seguridad, del Programa de L.A., que desvirtúen el cumplimiento de la sanción, es por lo que considera quien aquí decide que es procedente decretar la cesación de las medidas de conformidad con lo previsto en el articulo 645 de la Ley Orgánica para la Protección de Niñas, Niñas y Adolescentes.

Se prescindió de realizar una audiencia oral para debatir los fundamentos de la presente decisión por cuanto es de resolver con las actuaciones que constan en autos, no siendo necesaria tal audiencia.

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