Decisión nº DP11-R-2013-000080 de Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Aragua, de 18 de Marzo de 2013

Fecha de Resolución18 de Marzo de 2013
EmisorJuzgado Superior Segundo del Trabajo
PonenteAngela Morana
ProcedimientoCobro De Beneficios

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

EL TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 18 de Marzo de 2013.

202° y 154°

En el juicio que, por cobro de Cobro de B.L. ha instaurado el Ciudadano representado judicialmente por las abogadas YESSIKA ROSARIO MARIBAO GUTIERREZ, SORAVI DEL CARMEN CASTILLO MARRERO, contra la sociedad mercantil SONOCO VENEZOLANA, C.A., representados judicialmente por los Abogados HEISA CORREA Y MILAGROS ZAMMOUR, el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, mediante sentencia de fecha 20 de febrero de 2013, declaró Sin lugar la demanda interpuesta.

Contra la decisión del a quo, en fecha 25 de febrero de 2013, la representación judicial de la parte demandante ejerce el recurso de apelación.

Mediante diligencia presentada el 13 de marzo de 2013, suscrita por el ciudadano V.V., debidamente asistido por la abogada SORAVI CASTILLO, desiste formalmente del recurso de apelación propuesto. Siendo la oportunidad procesal para ello, se procede a dictar la decisión:

Ú N I C O

Por diligencia presentada el 13 de marzo de 2013, suscrita por el ciudadano V.V., debidamente asistido por la abogada SORAVI CASTILLO, la parte demandante, desiste formalmente del recurso de apelación propuesto, mediante la cual expone, entre otros: “…en su carácter de parte actora debidamente asistido Desisto del Recurso de Apelación interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Juicio Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, por consiguiente solicito el cierre y archivo del expediente. “

En virtud del desistimiento manifestado por la parte demandante y; luego de verificado que fue debidamente asistido por una profesional del derecho, esta Alzada, conforme a lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicable conforme a las previsiones del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara homologado el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, y se ordena el cierre y archivo del expediente. Así se decide.

D E C I S I Ó N

En virtud de lo precedentemente expuesto, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación ejercido por la parte demandante contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, de fecha 20 de Febrero de 2013.

P., regístrese, déjese copia y remítase las presentes actuaciones al Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, a los fines su cierre y archivo.

Remítase copia certificada de la presente decisión, al Tribunal de origen, a los fines de su conocimiento y control.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los veintiocho (18) días del mes de marzo de 2013. Años: 202º de la Independencia y 154º de la Federación.

La Jueza Superior,

A.M.G..

La Secretaria,

K.G.

En la misma fecha siendo las 02:50 p.m se publicó y se registró la anterior sentencia.

La Secretaria,

KATHERINE GONZALEZ

Asunto N° AMG/KGT

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