Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil de Monagas, de 13 de Enero de 2010

Fecha de Resolución13 de Enero de 2010
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil
PonenteArturo Luces Tineo
ProcedimientoDivorcio Ordinario

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS

MATURIN, TRECE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.

199° y 150°

Exp. N° 31.596

DEMANDANTE: V.N.L.V., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.643.488, de este domicilio.

ABOGADAS ASISTENTE: JULIA DEL VALLE DE PINTO PEREIRA Y M.E.L.G., mayores de edad, venezolanos, abogados inscritos en el Inpreabogado bajo los números 133.431 y 126.318, de este domicilio.

DEMANDADO: R.R., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.178.524, de este domicilio.

JUICIO DE DIVORCIO ORDINARIO.

En virtud de que en fecha quince de diciembre del 2.009, este Tribunal le concedió un lapso de cinco días de despacho a la parte accionante para que mencione las causales del articulo 185 del Código Civil, a los fines de admitir o no la presente acción y en razón de que ha transcurrido el referido lapso, no habiendo consignado la parte interesada tal requisito, es por lo que este Tribunal declara INADMISIBLE la presente demanda de DIVORCIO ORDINARIO , por no reunir los requisitos exigidos en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.-

DR. A.L.T.

JUEZ SUPLENTE ESPECIAL LA SECRETARIA

ABOG. YOHISKA MUJICA

Exp. 31.596

Ojs

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