Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil de Trujillo, de 21 de Junio de 2006

Fecha de Resolución21 de Junio de 2006
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil
PonenteOscar Guillermo Romero Acevedo
ProcedimientoUnicos Y Universales Herederos

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y OBLIGACION ALIMENTARIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. VALERA, VEINTIUNO DE JUNIO DE DOS MIL SEIS. 196º y 147º.

Vista la exposición y pedimento formulado por la accionante ciudadana V.B., asistida por la Abogada en ejercicio M.P., inscrita en el Inpreabogado Nro. 72.412, en su diligencia cursante a los folios 26 y 27 de los autos; este Tribunal revisadas como han sido las actas procesales, niega la admisión de la presente Solicitud de Únicos y Universales Herederos, por cuanto la accionante no tiene poder para actuar en representación de los hijos sobrevivientes del causante J.F.U.A., así como tampoco demostró en autos su cualidad de concubina del referido causante como lo exige la doctrina vinculante emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Sentencia dictada el 15 de Julio de 2005, que sentó la obligatoriedad de que el concubinato haya sido declarado judicialmente; Así se decide. Diarícese. Cúmplase.

El Juez,

Abog. O.R.A..

La Secretaria Temporal,

Abog. M.H.R.S..

S.0963

ORA/TTSR/ncb.

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