Decisión nº S-N de Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Lara (Extensión Barquisimeto), de 19 de Diciembre de 2013

Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2013
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio
PonenteMariluz Castejon
ProcedimientoSentencia Absolutoria

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio de Barquisimeto

Barquisimeto, 19 de diciembre de 2013

203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2011-023897

ASUNTO: KP01-P-2011-23897.-

NOMBRE DE LA JUEZ PROFESIONAL: Abg. M.C.P..

SECRETARIA: Abg. C.M.H..

ACUSADO: D.J.C.S..

DELITO: Homicidio Intencional.

FISCALIA 26º DEL MINISTERIO PÚBLICO: Abg. M.P..

DEFENSORA PRIVADA: Abg. A.E. y A.M..

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 344, 346 y 348 todos del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, pasa a publicar el texto íntegro de Sentencia Condenatoria en los siguientes términos:

IDENTIFICACION DE LOS ACUSADOS

D.J.C.S., titular de la cédula de identidad, 16.239.075, soltero, fecha de nacimiento o10-12-1982, hijo de J.J.C. y B.S., oficio Motorista, dirección Pavía, kilómetro nueve sector La Antena, vía principal, casa S/Nº vía Los Camargos al lado de la cohetera Marrufo.

HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL JUICIO

Celebrado el juicio oral y público en dieciochos sesiones, con la presencia de las partes y mediante la íntegra observación de los Principios de Oralidad, Publicidad, Inmediación, Concentración y Contradicción, fueron debatidos los hechos que constituyeron el objeto del mismo comprendidos en la admisión total de la acusación presentada por el Fiscal 26º del Ministerio Público Abogada M.P., en virtud de decisión dictada en Audiencia Preliminar celebrada por ante el Juzgado de Control Nº 2, de este Circuito Judicial Penal el 26-09-2012, en la cual se ordenó la apertura a juicio oral y público en la causa penal seguida al ciudadano D.J.C.S., titular de la cédula de identidad, 16.239.075, por la presunta comisión del delito de Homicidio Intencional, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal.

En fecha 04 de abril de 2.013, siendo el día y hora fijados para la celebración del debate oral en esta causa, se constituyó en la Sala de Audiencias de este Circuito Judicial Penal el Juzgado Tercero de Juicio, se verificó la presencia de las partes, expertos y demás testigos a intervenir en el proceso, la Juez Presidente declaró abierto el debate advirtiendo al acusado y al público sobre la importancia y trascendencia del acto.

Seguidamente se le cedió el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Público en el Estado Lara, quien expone: “Ratifico la acusación formulada contra el ciudadano D.J.C.S., titular de la cédula de identidad, 16.239.075, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL previsto y sancionado en el artículo 405 del código penal, tal como quedó admitida en el Auto de Apertura a juicio. Hace un breve recuento de los hechos. Ratifica las pruebas promovidas solicitando su correspondiente evacuación. Me reservo el derecho de ampliar o modificar la acusación si en el transcurso del debate se presentara algo necesario de conformidad con lo establecido en el Art. 351 del COPP, es todo. Y ENTRE OTRAS COSAS SEÑALA: “A las 12:30 de la madrugada, del día 05 de Noviembre del 2011, en la calle principal de la población de Anzoátegui, parroquia Anzoátegui, municipio Moran del Estado Lara, específicamente frente a la Discoteca, Cervecería y Restaurante Brisas de Anzoátegui, se origina una riña en donde el ciudadano a quién conocen en la población por el apodo de “EL TUCO” empuño un arma blanca y la introdujo en la humanidad del hoy occiso Y.R.L.A. cédula de identidad V-19.686.106, para luego huir en veloz carrera del lugar. Al trasladarse los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalisticas, Subdelegación Barquisimeto, Estado Lara, al lugar de los hechos a realizar la respectiva inspección técnica, fueron abordados por el Agente Policial del Estado Lara, L.C. cédula de identidad V-19.571.163, destacado en la Comisaría del Tocuyo, quién les comento como se origino y finalizo el hecho; posteriormente los condujo hacia la dirección donde presuntamente reside el agresor donde fueron atendidos por la ciudadana A.M.C. cédula de identidad V-12.371.628, quién manifestó ser hermana del ciudadano requerido por la comisión policial, identificándolo de la siguiente manera: D.J.C.S. cédula de identidad 16.239.075, 28 años de edad, nacido en fecha 10-12-1982, natural de Anzoátegui, Estado Lara, soltero, de profesión Motorista, afirmándoles que desconocía su paradero actual.

Acto seguido se le concede la palabra a la Defensora Pública Penal quien expone: “rechazo niego y contradigo la acusación presentada por el Ministerio Público en contra de mi defendido, en los términos que esta planteada por cuanto no están llenos los extremos de ley y el delito que se califican no encuadran en el tipo penal y todo esto quedara demostrado en el juicio, solicito se aperture el Juicio Oral y Público, asimismo convoco el principio de la comunidad de la prueba a favor de mi representado, es todo”.

Luego de las exposiciones de las partes, la Juez Presidente procedió a explicar al procesado el hecho que se le atribuye de conformidad con lo previsto en el artículo 347 del Código Orgánico Procesal Penal y previa imposición del precepto constitucional inserto en el ordinal 5° del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se le preguntó si deseaba declarar manifestando éste su voluntad de acogerse al precepto constitucional que lo exime de declarar en causa propia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal se procede a la recepción de las pruebas, en esta fecha 17-04-2013, Se deja constancia que se encuentra presente el Funcionario Investigador E.M.C.R., titular de la cedula de identidad v- 15.306.366, quien debidamente juramentado conforme a la Ley expone: “ El día 6 de noviembre estaba de guardia en CICPC de la Delegación de la Zona Industrial, y nos señalaron que había ingresado un muerto por herida de arma blanca, llegamos al sitio era una especie de tasca se había celebrado una fiesta de halowen con las cuestiones de las fiestas se torno algo violento y resulto herido el funcionario y posteriormente falleció, también dos personas mas necesarias resultaron heridas, también entrevistamos al dueño del local y le dejamos la boleta de citación, el Tuco era el sospechoso de esa población y nos dirigimos hasta su casa y nos informo su hermana que el se había ido por que lo andaban buscando igualmente la citamos para aclarar el hecho, las investigaciones siguieron, unos aportaron que no vieron nada, hubo una sola persona de nombre J.C., esta persona andaba con Junior el fallecido y manifestó que había ido con su novia y Junior y cual terminar la fiesta viene saliendo herido y ve que viene otra persona y lo vuelve a herir y luego lo trasladan al Hospital Central donde posteriormente fallece ”es todo.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PÚBLICO RESPONDE: no recuerdo muy bien creo que fue del lado izquierdo.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PÚBLICO RESPONDE: no recuerdo haber entrevistado con ellos en la morgue.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PÚBLICO RESPONDE: población de Anzoátegui calle principal, cervecería de Anzoátegui o algo así.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PÚBLICO RESPONDE: el dueño del local dice que ellos cerraron el negocio y no supieron nada sino al otro día que le informaron.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PÚBLICO RESPONDE: la inspección técnica la realizo otra persona.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PÚBLICO RESPONDE: el occiso era uno solo el funcionario policial y dos personas heridas.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO RESPONDE: si le ordene la experticia medico forense.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO RESPONDE: este J.C. fue el que resulto herido, el mismo dice que el que lo lesiono a el fue el que hirió al funcionario.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO RESPONDE: en la población se ubico al sospecho el tuco.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO RESPONDE: Estando en la casa de este muchacho ella nos manifiesta que el llego en la mañana y le comento a la mama y se fue.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO RESPONDE: si el identifico al sospechoso.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PÚBLICO RESPONDE: Ellos solo nos indicaron la vivienda del muchacho y nosotros desde nuestro despacho realizamos la investigación.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA Abg. A.E.R.: no la practique.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA Abg. A.E.R.: estuve con el funcionario que la practicó.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA Abg. A.E.R.: el funcionario agente Derbis Barrios.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA Abg. A.E.R.: estando en la morgue nos percatamos y visualizamos el cuerpo estaba sin ropa y presentaba las características físicas.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA Abg. A.E.R.: si utilizamos cinta métrica.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA Abg. A.E.R.: de eso se encarga el funcionario patalogo quien determina la estatura y tamaño de la herida.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA Abg. A.E.R.: no la se, el patólogo no se encuentra en esta mañana, y es el que sabe.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA Abg. A.E.R.: si realice acta de entrevista a los testigos.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA Abg. A.E.R.: si mostré el material fotográfico a los testigos que se realizó el acta de entrevista.

A PREGUNTAS DE LA JUEZ RESPONDE: No solamente no, se por que se formo la trifulca y allí fue donde fue herido y posteriormente fallece.

A PREGUNTAS DE LA JUEZ RESPONDE: no tengo conocimiento de cuando fue aprehendido el ciudadano apodado el tuco creo que el fue quien se entrego. Una vez oído lo manifestado por las partes se le cede la palabra al acusado y se le impone del precepto constitucional establecido en el articulo 49 numeral 5to de la CRBV donde seguidamente el acusado de manera inmediata manifiesta no querer decir nada. Este Tribunal acuerda suspender la continuación del presente juicio para el día MIERCOLES 30 DE ABRIL DE 2013 A LAS 9:30 A.M

Este testigo se le da valor probatorio, pues esta persona se encuentra capacitada para emitir dictámenes y ratificarlos en juicio y reconocer como suya la firma y contenido de la investigación realizada por él suscrita le otorga pleno valor probatorio.

En fecha 30-04-2013, Se procede a alterar el orden de la pruebas conforme al art. 336 del COPP y se incorpora por su lectura la documental siguiente: acta de defunción de fecha 27 de julio de 2009 en relación a la victima en el presente asunto, inserta al folio 135. Es todo. Este Tribunal acuerda suspender la continuación del presente juicio para el día Jueves 09 e Mayo de 2013 A LAS 9:30 A.M.

En fecha 09-05-3, Se procede a alterar el orden de la pruebas conforme al art. 336 del COPP y se incorpora por su lectura la documental siguiente: Permiso de Enterramiento de fecha 18 de Noviembre de 2011 suscrita por la registradora Civil de la Parroquia Guarico donde deja constancia y autoriza la sepultura del ciudadano Y.R.L.A., titular de la cedula de identidad V- 19.686.106, el cual se encuentra inserta al folio Nº 131 del presente asunto y es mencionada en la acusación en la parte décimo quinta inserta al folio Nº 100, Es todo. Este Tribunal acuerda suspender la continuación del presente juicio para el día MARTES 21 de Mayo de 2013 A LAS 9:30 A.M.

Esta prueba se valora con cautela pues a través de ella este tribunal no puede precisar la pertinencia de la misma

En fecha 21-05-2013, comparece como testimonial y se procede en este acto a tomar juramento de ley del Experto presente de la UNIDAD CRIMINALISTICA ADCRITA AL MINITERIO PUBLICO ciudadano: D.I.R.R. y seguidamente expone: “Se me designa realizar muestra hematológica según memoradum 1700-057-081, de fecha 06-11-2011, se trata de una muestra de sangre de un cadáver las misma fueron realizadas y resulto positivo, se comprobó la ausencia de los aglutinogenos A y B tomando en conclusión de la muestra de aspecto rojo es de muestra O + , dejo constancia que hay dos nombres que fueron tipeados por error uno de nombre ALEXDER R.S.L. y J.R.L.A., y en las conclusión es aparece es el de JUNIOR “ es todo.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA: si.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA responde: el 14-11.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA responde: a J.L.A., A PREGUNTAS DE LA DEFENSA responde: Esta me llega de manos del técnico policial del agente DELBER BARRIOS, el suministra la cadena y custodia.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA responde: no le sabría decir.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA responde: el de R.S. fue un error de trascripción, es todo. Este Tribunal acuerda suspender la continuación del presente juicio para el día MIERCOLES 05 de JUNIO de 2013 A LAS 10:30 A.M.

Este experto se valora suficientemente tomando en consideración el tiempo de experiencia adquirido en el ejercicio de su profesión que lo capacita para emitir dictámenes y ratificarlos en juicio, y al reconocer como suya la firma y contenido de la experticia por él suscrita le otorga pleno valor probatorio.

En fecha 05-06-2013, se deja constancia, de las testimoniales que comparecieron a la audiencia, Seguidamente la jueza procede a Juramentar a los testigos promovidos por la representación fiscal M.C.A.M. y J.C.C.E.; conforme a la Ley y manifestaron individualmente decir la verdad y solo la verdad.

Igualmente se toma juramento al Experto Anatomopatologo J.C.R.B., quien en sala, expone: “Ratifico en todos su contenido el escrito de fecha 16-11-2011, donde encontramos un cadáver de 23 años, con una herida Suturada y una herida submamaria, una herida cortante punzante de un centímetro de diámetro y de ángulos agudos, al examinar encontramos en el cráneo no hay lesiones ni en el cuello ni en el cráneo, como consecuencia de esa herida hay acumulación de sangre y de los órganos examinados se observa que no hay lesiones entonces concluimos un cadáver que la causa de la muerte es un chock hipobulemico. ”Es todo.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: por arma blanca.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: por que la herida de adelante hacia atrás y su recorrido succiona la piel del ventrículo izquierdo del corazón.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: significa disminución de bombeo de sangre del corazón.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: por las dimensiones de la herida pudo haber sido un puñal una navaja.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: no creo.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: a mi entender era una persona diestra, es todo.

Este experto se valora suficientemente tomando en consideración el tiempo de experiencia adquirido en el ejercicio de su profesión que lo capacita para emitir dictámenes y ratificarlos en juicio, y al reconocer como suya la firma y contenido de la experticia por él suscrita le otorga pleno valor probatorio.

Seguidamente, previa a su juramentación, se le cede la palabra al testigo M.C.A.M. (TIA), quien manifestó: “Para el lugar cuando ocurrieron los hechos yo estaba en Guarico, me informaron de lo sucedido como a eso de las 12 de la noche y fue cuando llame a mi hermana y yo le digo que se venga para el pueblo y nos reunimos en la plaza y fue cuando paso la ambulancia y lo trasladan al hospital y fue cuando se murió y nos trasladamos al CICPC para las respectivas declaraciones, y dijeron que era Danny el que le dicen el tuco de la sabana”, es todo.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: a mi hermana la llama el que era esposo de mi hermana y el me llama a mi.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: se llama S.A.d.D..

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: le dicen que habían cortado el sobrino mío, y llamo a mi hermana preguntando donde estaba Júnior.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: nos venimos para la plaza y esperamos que pasara la ambulancia y le hicieron los primeros auxilios.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: a el lo preparan para operarlo y muere.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: únicamente se que fue en Anzoátegui, no sabría decirle.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: no no, lo conozco, jamás.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: No, no creo que haya tenido problema el era muy tranquilo.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: era agente de la policía del estado Lara.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: El que Avisó a mi hermana se llama J.M.E..

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: entre 12:30 a 1pm.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: mi mama fue a la comisaría para que le prestaran el apoyo por que se oía que la ambulancia estaba dañada.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: yo no estaba en Anzoátegui, no no estaba en el lugar de los hechos.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Si nosotros le decíamos el tuquito, porque cuando estaba pequeño otro niñito le rompió el diente y se los dejo cortico.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: J.R.D.A..

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: muchísimas veces.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: si dice el tuquito en la tumba de mi sobrino, en este momento la fiscalia hace objeción y se acercan las partes a la Jueza, este tribunal decide oponerse a lo planteado por la defensa privada.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: hace como mes y medio.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: si.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: J.M.E. le avisa a la que fue su esposa Yasmeli, es todo.

Esta testigo se valora con cautela, en virtud de que sus declaraciones, y actitud en el juicio no son concordantes, no aporta datos importantes ni concuerdan con las declaraciones de los otros testigos, tales como, el lugar y hora en que ocurrieron los hechos, así como de la intervención de otras personas como testigos del procedimiento, aunado al hecho de la misma manifiesta no haber estado en el sitio de los hechos, siendo pues un testigo referencial.

Seguidamente se le cede la palabra al testigo J.C.C.E. quien manifestó: “El señor es el culpable, yo también fui agredido el me corto a mi también, el fue el que corto a mi compadre nosotros estábamos en una fiesta y cuando salimos mi compadre iba detrás de mi el me dijo que para donde iba yo le dije que ya venia, y al rato el viene cortado y yo le brinque a quien lo corto y me corto a mi también”, es todo.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: el 06-11-2011.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: en la población de Anzoátegui.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: en la tasca no recuerdo el nombre.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: eso sucedido afuera lo mío y afuera lo de mi compadre.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: se llama J.L..

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: estaba el y M.P..

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: otro funcionario firma TOVAR y otro funcionario no recuerdo.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: ellos eran funcionarios policiales.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: no se porque tuvo problema el.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: si lo conocía bastante.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: yo lo conocía.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: creo que nunca tuvieron problemas.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: no estuve en el momento presente y estaba pasado de trago.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: los dos estábamos pasado de trago.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: el me deja del lado de afuera y se va para adentro y viene y yo lo veo el viene cortado.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: el tenia una herida en el pecho.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: lo corto con un arma blanca.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: un pico de botella.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: en el lado izquierdo.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: si me vio un medico forense.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: como al mes y medio mejore.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: cuando llegamos al CDI el estaba bañado de sangre, yo quede con el en el ambulatorio, había botado demasiada sangre.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: cuando yo lo estaba defendiendo salí herido yo también.

PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: si estoy seguro que fue el.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: había luz normal eléctrica.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: eso fue como a las 10 p.m. a 10 y media.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: yo estaba consiente me había tomado como 5 cervezas.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: nunca había tenido problemas con el.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: se que me ayudaron pero no recuerdo quien masa nos ayudo.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: ese ambulatorio queda allí en Anzoátegui, es todo.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: exactamente fue como de 10 a 10:30.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: yo estaba en la fiesta, A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: el se va para adentro y me había retirado como 60 metros y en ese momento pasan como 10 minutos y viene herido.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: se llama Yuraima.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: en un local con espacios cerrado.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: era una discoteca había mucha gente.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: naguara demasiada gente.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: andábamos 5 personas.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: estaba lloviendo ese día.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: trabajo en una carnicería.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: eso fue como a las 10 a 10:30.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: a esa hora fue que paso nosotros llegamos como a las 9 y 30.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: yo estaba esperando afuera y el estaba adentro.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: lo cortaron de de adentro hacia fuera.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: en el sitio inguinal izquierdo.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: es un pico de botella de vidrio.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: si es la misma persona.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: si es la misma persona que tenia el pico de botella.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: no se ve, el venia de adentro.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: no presencie nada.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: a mi no me informaron nada de eso.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: no, estaba con varios.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: andábamos cinco, y uno de ellos no estaba sin pareja.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: el me dijo que no me fuera lejos y el me dijo que le escribiera si me iba.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: con una muchacha ella estaba saliendo conmigo.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: no le digo que ella estaba conmigo y presencio cuando me hirieron a mí.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: ay sino se si me corto con la mano derecha, no se como me corto.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: no me acuerdo como andaba vestido yo.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: cuando después que hiere a mi compadre, yo le brinco encima porque iba a terminarlo de joder.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: no, no tengo conocimiento.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: no solo esa nada más. Este Tribunal acuerda suspender la continuación del presente juicio para el día MIERCOLES 19 de JUNIO de 2013 A LAS 10:30 A.M.

Esta testigo se valora con cautela, en virtud de que sus declaraciones, y actitud en el juicio no son concordantes, no concuerdan con las declaraciones de los otros testigos, tales como la intervención de otras personas como testigos del procedimiento, aunado al hecho de que la misma se contradice en sus declaraciones, aun cuando el manifiesta haber auxiliado al occiso.

En fecha 19-06-2013, comparecen como órganos de prueba y procedo a juramentarlos a los testigos promovidos por la representación Fiscal; A.M.C.S., J.L.C.S., YORAIMA DEL CARMEN. Y los testigos promovidos por la Defensa Privada J.G.C.C., ARECELYS COROMOTO COLMENAREZ PIÑERO, J.A.A.S., A.J.C.P., conforme a la Ley y procede la ciudadana: A.M.C.S. a declarar: “Yo no vivo en la casa yo llegue y cuando llegue había un rebullicio de policías, y después sacaron a mis hermanos y allí se llevaron a mis dos hermanos y como a la media hora llego funcionario del CICPC preguntado por D.C. y yo le dije que había salido con su esposa e hijo, y me pidieron identificaciones de mi hermano y se metieron al cuarto y revisaron todo y encontraron un carnet donde el trabaja, y me preguntaban donde estaba mi hermano el día viernes, yo estaba muy nerviosa y estaba embarazada tenia seis meses”, es todo.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: eso fue el 06-11.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: ellos cargaban pistolas y uniformes.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: andaban muchos.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: yo cuando llegue sacaron a mis hermanos y empujaron a mi mama y se llevaron a mis hermanos.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: yo me quede y mi mama se fue detrás de ellos.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: si, en la fiscalía en el tocuyo.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: mi hermano.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: si soy hermana de el.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: yo no vivo en la casa de mi mama.

Esta testigo se valora con cautela, en virtud de que sus declaraciones, y actitud en el juicio no son concordantes, no aporta datos importantes ni concuerdan con las declaraciones de los otros testigos, tales como, el lugar y hora en que ocurrieron los hechos, así como de la intervención de otras personas como testigos del procedimiento, aunado al hecho de la misma manifiesta no haber estado en el sitio de los hechos, siendo pues un testigo referencial.

Seguidamente se le cede la palabra a J.L.C.S., quien declara: “Yo no tengo mucho que decir, ellos llegaron en la mañana en la casa la policía, llegaron preguntando por mi hermano y dijeron que había matado a alguien, y nos preguntaron y nos tuvieron 6 horas detenidos”.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: D.J..

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: nos dijeron que había apuñaleado a alguien.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: No, no me recuerdo la fecha.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: eso si lo denuncio mi hermana.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: nosotros le decimos el NACO.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: No nos mostraron nada ellos llegaron a la fuerza.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: estaba mi mama, mi esposa, mi cuñada y yo como 7 chiquitos.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Primero llegaron como 6 después llegaron mas patrullas.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: me hicieron firmar un papel que hicieron allí.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: la firme pero no la lei me dijeron firme.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: No conozco a J.R..

Esta testigo se valora con cautela, en virtud de que sus declaraciones, y actitud en el juicio no son concordantes, no aporta datos importantes ni concuerdan con las declaraciones de los otros testigos, tales como, el lugar y hora en que ocurrieron los hechos, así como de la intervención de otras personas como testigos del procedimiento, aunado al hecho de la misma manifiesta no haber estado en el sitio de los hechos, siendo pues un testigo referencial.

Seguidamente se le cede la palabra a YORAIMA DEL CARMEN quien manifiesta: “Eso fue en noviembre, era de halowen yo estaba en la fiesta y después llego J.C. que era mi novio, después llego y nos sentamos cerca de la plaza y después vi un muchacho que lo traían herido y luego nos fuimos al ambulatorio y nos quedamos a fuera y luego llame a mi prima, es todo”.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: eso fue en noviembre, eso fue en una pista de baile, cerca de la mina.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: yo iba en compañía de mi p.M. y luego llego mi novio.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: No. Yo no vi nada solo vi cuando lo traían herido, se veía sangrando.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: de allí me fui para mi casa.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: no, no vi a nadie que cargara una botella o un pico.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: e.Y. me vio en la plaza y me dijo que me solicitaban.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Eso fue como a las 11:30 a 12.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: No, porque cuando el me paso la cerveza a mi, y se fue.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: El lo agarro cuando lo traían entre dos, y yo me quede mirando.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: no el no me dijo nada, después del ambulatorio me fui para mi casa.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: No yo no vi nada.

Esta testigo se valora con cautela, en virtud de que sus declaraciones, y actitud en el juicio no son concordantes, no aporta datos importantes ni concuerdan con las declaraciones de los otros testigos, tales como, el lugar y hora en que ocurrieron los hechos, así como de la intervención de otras personas como testigos del procedimiento, aunado al hecho de la misma manifiesta no haber visto nada, siendo pues un testigo referencial.

Seguidamente se le cede la palabra a J.G.C.C. quien manifiesta: “Eso paso estábamos en la mina bailando y como yo andaba con el chamo que cortaron y dijeron que cortaron al morado y nos fuimos, y al cortado lo tenían así, y allí se lo llevaron para Guarico, por que allí no tenían para coserlo, y de allí nos fuimos a dormir, es todo”.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: eso fue como de 11 a 12.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: el espacio era cerrado y estaba oscuro había mucha gente.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: en ningún momento vi a alguien con algún arma.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Porque nos llegaron y nos avisaron que habían cortado al chamo.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Fueron heridas dos personas.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: J.C. fue al otro que cortaron por la pierna derecha.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: se llama YONNY hermano de J.C..

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: de allí no supe nada quien lo hirió yo lo vi cortado y estaba un chamo gritando que le iba quemar la familia.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: yo no vi a nadie herido, estábamos allí en la fiesta y llego un chamo y nos dijo.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: no, yo no soy familia de ellos.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: eso fue como a las 11 a 12 más o menos.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: yo lo conozco desde hace tiempo.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: si tenía rato en la fiesta.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: estábamos bailando.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: yo andaba con el hermano de el con YONNY.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: No se con quien andaba J.C..

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: yo no lo vi, dentro de la fiesta allí no hubo pelea.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: era un chamo negrito allí de guarico, A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: eso lo gritaba otra persona.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: no lo conocía solo a DANNY.

Esta testigo se valora con cautela, en virtud de que sus declaraciones, y actitud en el juicio no son concordantes, no aporta datos importantes ni concuerdan con las declaraciones de los otros testigos, tales como, el lugar y hora en que ocurrieron los hechos, así como de la intervención de otras personas como testigos del procedimiento, aunado al hecho de la misma manifiesta no haber estado en el sitio de los hechos, siendo pues un testigo referencial.

Seguidamente se le cede la palabra a ARECELYS COROMOTO COLMENAREZ PIÑERO quien manifiesta: “Nosotros estábamos en un local y de repente nos avisaron que habían herido al tuco y asustado nos fuimos a la casa y al otro día dijeron que se había muerto, es todo”.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Yo llegue con Danny, A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: andábamos 5 personas.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: estábamos tranquilo pasándola chévere.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: estaba DANNY, mi hermana, mi pareja.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: es un sitio encerrado tiene una sola puerta.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: había mucha gente demasiada gente.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: nosotros salimos del sitio y nos fuimos porque yo andaba con una menor de edad.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: me dedico ama de casa.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: Todo el mundo.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: yo solo decía que decían el tuco, toda la gente decía eso.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: no, nosotros estábamos en el rinconcito.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: Mi hermana menos, mi pareja y dos chamas más.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: ella llego asustada y me dijo que hirieron al tuco.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: si Danny estaba conmigo.

Esta testigo se valora con cautela, en virtud de que sus declaraciones, y actitud en el juicio no son concordantes, no aporta datos importantes ni concuerdan con las declaraciones de los otros testigos, tales como, el lugar y hora en que ocurrieron los hechos, así como de la intervención de otras personas como testigos del procedimiento, aunado al hecho de la misma manifiesta no haber estado en el sitio de los hechos, siendo pues un testigo referencial.

Seguidamente se le cede la palabra a J.A.A.S. quien manifiesta: “El 5 de noviembre en esa fiesta hubo un problema muy feo y supe que salieron dos chamos cortados uno es amigo migo y nos fuimos, y al siguiente día me dijeron que se murió el chamo, y entonces cuando supe que estaba preso yo le dije que el no fue el andaba conmigo y se había ido conmigo”.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: el 5 de noviembre.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: yo estaba entre adentro y afuera.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: no logre observar.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: allí estaba un grupo y salimos corriendo.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: no el no andaba armado.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: habíamos como 8 personas DANNY, Yo J.C. y otros muchachos que están afuera.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: ellos no se a que horas llegaron.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: llegaron como a 2 a 3 horas y media.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: si baile pero luego me aleje.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: si conozco a los que resultaron heridos.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: J.C. es el que salió herido.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: no no observe ninguna herida.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: no.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: a que se empezaron a echar golpes unos con otros y empezaron a echarse golpes uno con otros, y lo que hicimos fue alejarnos.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: DANNY, yo el otro chamo que salió herido.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: si nos salimos del sitio me retire del grupo.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: J.C.E..

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: No el no andaba con el occiso.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: No, no se conocían.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: yo lo conocía de vista.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: que le decían el TUCO.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: de Guárico supuestamente.

Esta testigo se valora con cautela, en virtud de que sus declaraciones, y actitud en el juicio no son concordantes, no aporta datos importantes ni concuerdan con las declaraciones de los otros testigos, tales como, el lugar y hora en que ocurrieron los hechos, así como de la intervención de otras personas como testigos del procedimiento, aunado al hecho de la misma manifiesta no haber estado en el sitio de los hechos, siendo pues un testigo referencial.

Seguidamente se le cede la palabra al ciudadano A.J.C.P. quien manifiesta: “Yo estaba en la plaza con mi novio y como a las 12 de la noche se mencionaban que andaban unos heridos, en el momento el venia con dos chamos y lo montaron en una moto y se lo llevaron a la medicatura y dicen al otro día que DANNY lo había asesinado pero yo digo que no fue el, es todo”.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: 05-11-2011, estábamos tranquilo echando cuento.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: No recuerdo como se llama.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: la fiesta de halowen. A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: lo vi cuando venia caminado.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: no me consta que el fue por que el estaba en el grupo donde estaba mi hermano.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: dentro del sitio no, yo no vi pelas solo el alboroto cuanto estaba cortado.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: si escuche cuando habían cortado al tuco.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: uno escuche que lo habían cortado también.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: nosotros estábamos en la plaza.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: no se cuanto de distancia queda de la plaza.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: casi las doce.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: como a seis casas.

Esta testigo se valora con cautela, en virtud de que sus declaraciones, y actitud en el juicio no son concordantes, no aporta datos importantes ni concuerdan con las declaraciones de los otros testigos, tales como, el lugar y hora en que ocurrieron los hechos, así como de la intervención de otras personas como testigos del procedimiento, aunado al hecho de la misma manifiesta no haber estado en el sitio de los hechos, siendo pues un testigo referencial.

Seguidamente se le cede la palabra a T.V.W.A. quien manifiesta: “ el día que sucedió el hecho cuando cortaron a JUNIOR ese día yo estaba con el anduvimos juntos con J.C. y Marco y estuvimos en un Club que llaman Anzoátegui eso era como a las 10 a 11 de la noche se acerco el amigo Marco y nos dijo que habían cortado al Junior y un muchacho apodado el TUCO lo había cortado que se llama DANNY, y se lo llevaron al ambulatorio, y cuando salimos YOMIL y yo se veía era la sangre nada mas que estaba en el piso”.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: exactamente el día no lo se solo que en noviembre se cumplen dos años.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: estaba el difunto, L.L..

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: estábamos en una mesa frente a la barra.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: no me entere como a la media hora me aviso el amigo Marcos.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: J.C.T..

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: me dijo Marcos yo no presencie nada.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: No no lo vi.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: se lo llevaron en un JEEP.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: venían entrando dos muchachos.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: el que apodan el TUCO DANNY.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: por que Marcos conoce a este sujeto.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: no yo no lo conozco.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: desde ese mismo día.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: ME dijo Marcos que fue con un arma Blanca.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: No, no si lo hubo no me di cuenta, dure allí como dos horas.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: si me informaron fue media hora después me imagino que fue como a las 10 de la noche.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: yo Salí y prendí la camioneta y me le pegue atrás para el ambulatorio pero se lo trajeron de una vez.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: No yo estaba manejando.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: Si yo soy funcionario activo del Cuerpo de Policía del Estado Lara.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: Salimos L.L., mi amigo J.C. y mi Hermano.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: nos informaron como a las 5 de la mañana nos dijeron que había muerto en el Hospital Central.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: No, no tengo conocimiento.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: si yo soy funcionario. A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: arma blanca pudiera ser un cuchillo, un machete un pico de botella.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: habían un sonido como una miniteca.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: si había lo suficiente luz para ver quien estaba al lado de uno.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Y.L., J.C., y J.D..

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: el, salió a comprar unos refrescos.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: como a las 11 a 11:30am, yo estaba en la mesa del club.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: inmediatamente cuando Marcos me indico yo Salí pero ya se habían llevado al herido a Barquisimeto.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: llegue hasta el ambulatorio para ver si lo tenían allí.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: no ya estaba amaneciendo y alquilamos una pensión.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: como a las 5 de la mañana.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: J.C. trato de ayudarlo y resulto herido también.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: Frente a la barra en una mesa.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: como a las 10 y media.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: en la parte de afuera.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: eso me lo informa Marco.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: a M.L. llamaron por teléfono y me informaron lo que paso.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: No, lo conozco por DUQUE JUNIOR.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: por que los muchachos Marco y J.C. son criados de ese sector los conocen.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: más de 2 años conociéndolo.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: no tengo conocimiento.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: me informaron que fue en la salida. A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: por medio de las indagaciones le informaron lo que había pasado y como es un sector muy pequeño.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: Marcos si lo conocía me imagino que de toda la vida.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: si era la primera vez que iba a Guarico.

Esta testigo se valora con cautela, en virtud de que sus declaraciones, y actitud en el juicio no son concordantes, no aporta datos importantes ni concuerdan con las declaraciones de los otros testigos, tales como, el lugar y hora en que ocurrieron los hechos, así como de la intervención de otras personas como testigos del procedimiento, aunado al hecho de la misma manifiesta no haber estado en el sitio de los hechos, siendo pues un testigo referencial.

Seguidamente se le cede la palabra a la ciudadana YONMIR COROMOTO LADINO quien manifiesta: “Bueno nosotros andamos con JUNIOR como DUQUE Como le decíamos nosotros, fuimos hasta Guárico a celebrar su cumpleaños y subimos hasta Anzoátegui y luego nos metimos en un a discoteca como una tasca y de repente se salió y nosotros nos quedamos adentro, y luego Marcos dijo que habían Apuñaleado uno adentro y otro al salir y que había herido también a J.C., es todo”.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: eso fue el 06-11-2011.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: DUQEU, J.C. y TOVAR eso era como una discoteca en Anzoátegui.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: teníamos casi un año trabajando con el.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: el era policía.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: yo soy funcionaria activa.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: serian como a las 9 estuvimos hasta la 1, veníamos desde Guárico.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: nosotros estábamos compartiendo y no vimos nada, solo Marcos fue el que nos dijo que el compadre lo habían herido un tal TUCO.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: El estaba afuera en el momento cuando va entrando lo hieren.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: al chamo le decían el TUCO de la sabana al agresor.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: Nosotros nos fuimos con MARCOS y el fue el que nos llevo al puesto de la policía y luego hasta el ambulatorio nos dijeron que se lo habían llevado a Barquisimeto.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: con nosotros no hubo riña ni nada.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: a celebrar el cumpleaños de DUQUE llegamos como a las 5 y pico, en principio llegamos a una casa en Guárico y luego el nos dijo que siguiéramos.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: nos bebimos como dos cervezas cuando llegamos.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: había una fiesta de halowen, no había mas nada.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: no presencie cuando fue herido el ciudadano DUQUE.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: estábamos adentro no habían ni mesas ni sillas.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: estaba con TOVAR. A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: solo el muchacho que nos vino a avisar Marcos.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: el nos que nos dijo fue que al compadren lo hirieron afuera.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: me dijo que a el le habían dicho.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: bajamos con el hasta el ambulatorio y después de allí lo vimos en dos oportunidades en Barquisimeto.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: el día siguiente nos vino avisar cuando nos vio.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: nos quedamos en una posada.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: en la fiesta.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Marcos también nos dijo que el había sido herido en el abdomen.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: si, esa información nos la dio el ciudadano Marcos que había muerto y un herido.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: si eso fue lo que se escucho por los comentarios.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: Nosotros no lo vimos el fue que nos dijo, que el que mato a LUQUE también había herido a otro.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: la verdad es que no se. Este Tribunal acuerda suspender la continuación del presente juicio para el día MIERCOLES 03 de JULIO de 2013. A LAS 10:30 A.M.

Esta testigo se valora con cautela, en virtud de que sus declaraciones, y actitud en el juicio no son concordantes, no aporta datos importantes ni concuerdan con las declaraciones de los otros testigos, tales como, el lugar y hora en que ocurrieron los hechos, así como de la intervención de otras personas como testigos del procedimiento, aunado al hecho de la misma manifiesta no haber estado en el sitio de los hechos, siendo pues un testigo referencial.

En fecha 03-07-2013, comparece como Órgano de Prueba y se procede a Juramentarlo conforme a la ley al Funcionario Actuante J.I.G.L., titular de la Cedula de Identidad V- 16.866.875, conforme a la ley y Manifestó:“ El día 07-11-2011 fuimos comisionado al Municipio Moran en Anzoátegui para investigar la muerte de un funcionario DUQUE, donde ubicamos unos testigos que estaban en el día del homicidio que estuvieron en el sitio brisas de Anzoátegui donde un ciudadano apodado el tuco lo había matado”, es todo.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: Supervisor W.L., J.H., L.B., J.P. y H.A. y mi persona.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: ubicamos 4 o 5 testigos.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: a la División de Inteligencia del Comando General.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: si hay unos que indicaron que el ciudadano apodado el tuco le había realizado una cortada a otro ciudadano, y otros que andaban en un vehiculo corsa gris, también recuerdo que lo hizo en una riña.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA responde: Ubicar a los testigos.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA responde: ubicamos los testigos por datos que nos dieron otros funcionarios y otros familiares y nos indicaban donde Vivian.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA responde: Nosotros fuimos una o dos veces para allá.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA responde: No, no lo conocí.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA responde: No hicimos allanamientos.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: La entrevista la realizo J.P..

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: Eran como seis testigos.

Esta testigo se valora con cautela, en virtud de que sus declaraciones, y actitud en el juicio no son concordantes, no aporta datos importantes ni concuerdan con las declaraciones de los otros testigos, tales como, el lugar y hora en que ocurrieron los hechos, así como de la intervención de otras personas como testigos del procedimiento, aunado al hecho de que es un investigador del CICPC, que solo iba a realizar investigaciones relacionadas con el caso, siendo pues un testigo referencial.

Seguidamente una vez Juramentado el funcionario actuante W.A.L.P., titular de la cedula de identidad V- 12.882.805 y manifiesta: “En la fecha que esta en el acta fuimos comisionados en Anzoátegui Municipio Moran con una información que un funcionario había fallecido y un ciudadano el tuco le dio muerte y nos fuimos allá en vehiculo particular, y fuimos al pueblito donde fue el hecho y en ese momento había rastro de sangre, bueno empezamos las indagaciones nos entrevistamos con varias personas y de allí ubicamos varias personas para que narraran lo que había pasado en ese lugar y remitimos a la fiscalia ”, es todo.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: Por el Jefe de Inteligencia Supervisor I.T..

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: había una cantidad mas o menos en la parte posterior del negocio, el rastro de sangre llegaba hasta la medicatura.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: eso fui como que no había duda por que todo el mundo lo señalaba.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: No recuerdo la cantidad exacta, pero los primeros días vinieron unos y luego otros que estuvieron presentes.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: Nosotros llegamos primeros, en el mismo día llegaron los del CICPC.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: De donde ocurren los hechos hasta donde esta el cuerpo policial hay escasos metros.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA responde: El motivo fue por que la victima fue un funcionario del estado Lara y nos comisionaron para ese caso.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA responde: si estuve presente en todas las entrevistas realizadas.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA responde: no recuerdo exactamente pero fueron varios.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA responde: Se que hay un testigo que recibió una cortada en la parte del glúteo y otro que no logramos ubicar.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA responde: Si todos fueron conteste que el ciudadano le decían el tuco y el nombre era D.C..

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA responde: como 150 a 200 metros , se lo llevaron a pie.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA responde: Creo que hubo otra persona que fue cortada en el glúteo.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA responde: Lo que sino queda claro el funcionario no tenía problemas con el, esta persona se volvió loca con ese cuchillo y empezó a cortar a todos.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA responde: Nadie dice si eran enemigos, o si tuvieron una discusión.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA responde: No se que lo llevo a herirlo.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA responde: Lo que si fue claro es que el agresor fue una sola persona, y este saco el arma y empezó agredir a los demás, hay uno que lo hirieron en los glúteos.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: Nosotros fuimos comisionados por el director de ese momento, hay una primera entrevista con los familiares y decían un nombre.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: porque fue algo verbal en la morgue, no tengo conocimiento e lo que paso en el sitio sino por los comentarios que he oído.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: para ese momento la persona no se pudo ubicar.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: El agresor es el Tuco, el occiso no le decían el tuco sino al agresor, es todo. Este Tribunal acuerda suspender la continuación del presente juicio para el día MARTES 23 de JULIO de 2013 A LAS 10:30 A.M.

Esta testigo se valora con cautela, en virtud de que sus declaraciones, y actitud en el juicio no son concordantes, no aporta datos importantes ni concuerdan con las declaraciones de los otros testigos, tales como, el lugar y hora en que ocurrieron los hechos, así como de la intervención de otras personas como testigos del procedimiento, aunado al hecho de que es un investigador del CICPC, que solo iba a realizar investigaciones relacionadas con el caso,, siendo pues un testigo referencial.

En fecha 23-07-2013, comparecen órganos de prueba se procede a tomar juramento de ley a los funcionarios actuantes J.C.G.P., titular de la cedula de identidad V- 5.261.509 y al Funcionarios Actuante E.A.A., titular de la cedula de identidad V- 11.593.662 quienes seguidamente procede a declarar en el siguiente orden; Funcionarios Actuante E.A.A. manifiesta: “ Eso fue un acta de investigación que se realizo 07-11-2011 donde nos trasladamos eso fue por la muerte de un funcionario policial, ya que le dieron una herido punzo-penetrante el cual fallece, la investigación se basa a la muerte del funcionario, y verificamos que el funcionario murió por una herida, y os indica el padre del difunto que fue en la población de Anzoátegui, y nos dice quien lo mato fue un ciudadano llamado Danny, y fuimos y nos trasladamos hasta la población, y nos indican que fue en una fiesta y afuera de la fiesta le proporcionan una herida, también realizamos entrevistas para constatar la responsabilidad de DANNY y una Funcionario de nombre LADINO y tratamos de indagar y fue imposible y nos retiramos y todo esta insertado en actas”, es todo.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: tenemos información porque la División de Inteligencia hace la investigaciones correspondientes y nos aviso el Superior de Nosotros.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: J.H., WLATER LINAREZ, J.P., mi persona y dos funcionarios más.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: Hablar con la gente adyacente del club donde ocurrió el hecho.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: No me recuerdo si lo hicieron los otros funcionarios.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: que estaban diciendo que fue un ciudadano nombre Danny y que tenía un corsa.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: No, yo no lo conocía al funcionario muerto.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: fueron otros funcionarios.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: No yo no lo conozco.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: Si, fue en un club que esta como a 100 metros de la Comandancia policial y esta una plaza y no le prestaron ayuda al funcionario.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: una herida punzo penetrante en el lado izquierdo.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Por la muerte del funcionario.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: En la unidad de Inteligencia del Estado Lara.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: para todo los homicidios de funcionarios, se encarga de verificar como fue su muerte y quienes fueron los responsables y otros delitos comunes.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: llegamos el día 06, como la tardecita.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: vehículos particulares andábamos 2 o 3 vehículos y andamos 6 o 7 funcionarios.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: nos fuimos en pareja para indagar.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: no, no tuve acceso a la vivienda del occiso.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: En la morgue el papa del occiso nos informa que fue una pelea.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: no, lo que hicimos fue recabar quienes fueron y quienes no.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: el que hizo la entrevista fue el oficial PALMA.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: el dueño del local en la entrevista manifiesta que el no vio nada.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: no, no tuve contacto. A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Por la medida de los testigos que fueron los que nos informaron lo que había ocurrido.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: Tratar de ubicar a algunos testigos. A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: el señor del club nos manifestó lo que ocurrió.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: No, no pudimos constatar con esas personas, por eso es nuestra presencia, ellos se contacta es el día siguiente por la noche.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: estaba era uno solo que manifestó que lo habían cortado.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: no me recuerdo del nombre de el.

Esta testigo se valora con cautela, en virtud de que sus declaraciones, y actitud en el juicio no son concordantes, no aporta datos importantes ni concuerdan con las declaraciones de los otros testigos, tales como, el lugar y hora en que ocurrieron los hechos, así como de la intervención de otras personas como testigos del procedimiento, aunado al hecho de que es un investigador del CICPC, que solo iba a realizar investigaciones relacionadas con el caso,, siendo pues un testigo referencial.

Seguidamente el Funcionarios actuantes J.C.G.P. quien manifiesta: “Esa fue la orden que nos dio el Director de Inteligencia en relación al deceso de un compañero en la zona de Anzoátegui, nos dirigimos 7 u 8 funcionarios, y nos entrevistamos con un ciudadano el progenitor del occiso y nos narro el altercado que hubo dentro de las instalaciones del club con ciudadano de nombre Danny a quien apodaba el tuco, parece ser que el funcionario tuvo la discordia, el dueño del club dice que eso sucedió, y como todos se conocen todos en el pueblo todos son de allí y residen allí, a raíz de todas esas informaciones se le manifestó que debían tomarse algunas entrevistas y fueron remitidas a la FIscalia del Ministerio Publico”, es todo.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: Al Hospital Central A.M.P., allí me entreviste con el Sargento Rodríguez.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: primeramente el papa de la victima nos manifestó el apodo del supuesto agresor el TUCO, de nombre Danny.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: Yo no lo conocía.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: No, A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: Supervisor W.L., Oficial Agregado Arriechi; YACSON Medina, Perozo mi persona y me faltan como tres.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: En el puesto policial esta muy deteriorado y en la mayoría de las noches no esta nadie allí.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: Adentro del club hubo una discordia.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: no, no se donde atendieron a los lesionados.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: todas las entrevistas la tome fui yo y las actas de investigación la levante fui yo, A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: Tórax lado izquierdo.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: que la fiesta fue normal bajo toda normalidad y que eso paso fue en la parte de afuera.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Por el papa del occiso.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Primeramente se consulta con l superior para ir conformando la información.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: No había un señalamiento directo, hay una parte donde manifiestan que ellos se conocían y que no entienden que paso allí.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: D.c. apodado el TUCO.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Allí aparecen una entrevista de 8 a 10 entrevistas.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: de ese ciudadano herido se constata que si ocurrió el hecho.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: el funcionario le cae de espalda a el cuando lo van a auxiliar.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde residencia familiar, solo me conseguí con el hermano y nos dio el nombre completo.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Se trato de hacer de acuerdo a la distancia y no se realizo y se tomo notas a través del hermano.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: nos dijimos hacia la población de Anzoátegui.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: pasamos a la comisaría del Tocuyo y luego Anzoátegui.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Nos dirigimos a la dirección que nos da el papa del occiso.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Nos salio un ciudadano que dijo que era el hermano.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Una señora, y el hermano.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: si al ciudadano hermano del occiso nos lo llevamos para que rindiera información.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: a todos los testigos, no a los funcionarios porque eso le toca a la oficina de desviación policial.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: un tal ESCALONA, no tengo claro yo se que era uno de los que estaba afuera, el me señalo que hubo un altercado.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: Creo que fueron 9 u 11 personas.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: todos al respecto no, unos estaban adentro, no vieron nada.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: Por la vestimenta que cargaba era una chaqueta que era de color que decía en la parte de atrás M.M., A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: Que fue la misma persona no, ellos solo vieron lo de adentro no lo de afuera. Este Tribunal acuerda suspender la continuación del presente juicio para el día MIERCOLES 07 de AGOSTO de 2013 A LAS 10:00 A.M.

Esta testigo se valora con cautela, en virtud de que sus declaraciones, y actitud en el juicio no son concordantes, no aporta datos importantes ni concuerdan con las declaraciones de los otros testigos, tales como, el lugar y hora en que ocurrieron los hechos, así como de la intervención de otras personas como testigos del procedimiento, aunado al hecho de que es un investigador del CICPC, que solo iba a realizar investigaciones relacionadas con el caso,, siendo pues un testigo referencial.

En fecha 07-08-2013, comparecen órganos de prueba se procede a Juramentar a los testigos J.B.M., titular de la cedula de identidad V- 1.761.125 y R.A.C.Q., titular de la cedula de identidad V- 15.886.618 quienes son juramentado de conformidad a la ley y declaran; J.B.M. declara: “ Ese es un pueblito, yo oí en la mañana como a las 9 a.m. que habían cortado a alguien y me fui para el negocio y los comentarios que oí fueron eso, me dijeron que era un policía que estaba de permiso yo ni lo conocía a el tampoco”, es todo.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: Mi negocio es una licorería, está en la calle comercio del Municipio Anzoátegui del Municipio Moran.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: El comentario que yo escuche fue al lado de mi negocio, se llama la mina es una licorería de ambiente familiar.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: Es un ambiente familiar donde las personas ingresan al local y consumen.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: Yo no lo llegue a conocer la verdad es que yo no lo conocí.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: No, A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: fue el comentario que se oyó por la calle.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: Me dijeron que eso paso en la noche no se exactamente la hora.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: No recuerdo la fecha.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: Nosotros cerramos a las11pm.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: No, A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: Lo que oí fue que habían cortado a un señor en el otro negocio.

Esta testigo se valora con cautela, en virtud de que sus declaraciones, y actitud en el juicio no son concordantes, no aporta datos importantes ni concuerdan con las declaraciones de los otros testigos, tales como, el lugar y hora en que ocurrieron los hechos, así como de la intervención de otras personas como testigos del procedimiento, siendo pues un testigo referencial.

Seguidamente se le cede la palabra al testigo R.A.C.Q. declara: “Si yo fui uno de los organizadores del evento de esa noche y pues nada yo me entere al otro día que me lo comunico el dueño del local del club, si por que al otro día yo me fui al tocuyo y nos dijeron que teníamos una citación en la comisaría por el hecho que había pasado y allí fue cuando me contó”, es todo.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: Eso fue una fiesta de Haloween.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: En el Club Brisas de Anzoátegui.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: Eso queda en Anzoátegui.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: comenzó a las 8 y término como a las 11:30 a 12pm de la noche.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: No tenia conocimiento.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: Me entero de que hubo un fallecido creo que era funcionario y que lo habían puñaliado algo así.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: Según información de los vecinos eso paso cerca de un local donde yo organice la fiesta.

A PREGUNTAS DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO responde: No, no lo conocía, no, desconozco.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Nos quedamos como hasta las 4 de la mañana.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: No dentro del local no, A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Llego la guardia nacional como a las 10 de las noche.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Es como una casa colonial y tiene como especie de dos escalones para entrar al local, de puerta chica.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: No porque nosotros salimos por detrás del estacionamiento.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: cerramos la puerta a las 12 de la noche.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: no, no llegaron en lo absoluto.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: El señor se llama J.M..

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: Si en ese local.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: Si queda otro local similar al del señor J.M., A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: Si el señor se encontraba en ese momento pero no recuerdo a qué hora se retiro, cuando cerramos adentro quedaron como 5 a 10 personas, A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: yo me entero al otro día en la mañana, no recuerdo la hora, yo creo que no tenia ni siquiera una hora descansando, A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: NO, no se como paso. Este Tribunal acuerda suspender la continuación del presente juicio para el día MIERCOLES 21 de AGOSTO de 2013 A LAS 10:00 A.M.

Esta testigo se valora con cautela, en virtud de que sus declaraciones, y actitud en el juicio no son concordantes, no aporta datos importantes ni concuerdan con las declaraciones de los otros testigos, tales como, el lugar y hora en que ocurrieron los hechos, así como de la intervención de otras personas como testigos del procedimiento, siendo pues un testigo referencial.

En fecha 21-08-2013, se difiere el juicio, por capacitación del personal del Circuito Judicial del Estado Lara, por parte de la ENM, del Tribunal Supremo de Justicia, para el 05-09-2013.

En fecha 05-09-2013, no comparecen órganos de prueba se procede alterar el orden de recepción de prueba y se incorpora acta de defunción Nº 2317 CERTIFICADA POR LA SUSCRITA ABOGADA N.E. REGISTRADORA CIVIL DEL HOSPITAL CENTRAL A.M.P. DE LA APRROQUIA CATEDRAL , MUNICIPIO IRBARREN DEL ESTADO LARA, DONDE HIZO CONSTAR QUE EL DIA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 SE PRESENTO ANTE SU DESPACHO LA CIUDADANA YASMERY DEL C.M., CEDULA DE IDENTIDAD Nº 15.579.001 DE 24 AÑOS DE EDAD, DE ESTADO CIVIL SOLTERA QUIEN EXPUSO . QUE EL DIA 6 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 FALLECIO J.R.L.A., TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº 19.686.106 A LAS 4 DE LA MAÑANA EN EL HOSPITAL CENTRAL A.M.P., Este Tribunal acuerda suspender la continuación del presente juicio para el día JUEVES 19 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 10:30 A.M.

En fecha 19-09-2013, comparecen órganos de prueba se procede Juramentar conforme a la ley al Funcionario Actuante A.F.J.F., titular de la cedula de Identidad V- 14.418.665, quien declara: “Mis actuaciones en esta actas procesales formo parte una comisión que se constituyo en la población de Anzoátegui donde se conoció un homicidio, fuimos allí hacer una inspección donde había ocurrido un hecho delictivo, eso fue en horas del medio día fuimos atendidos por un ciudadano mayor se procedió a realizar la inspección técnica y E.C., tomo notas al respecto y una vez terminada la inspección quedo asentada en actas”, es todo.

A PREGUNTAS DE LA REPRESENTACION FISCAL responde: 08-11-2011.

A PREGUNTAS DE LA REPRESENTACION FISCAL responde: tengo entendido que el suceso fue ocasionado días anteriores.

A PREGUNTAS DE LA REPRESENTACION FISCAL responde: Es un sitio cerrado, es una restauran tasca, tiene un portón y una reja, y al trasponer la puerta del lado derecho de observa un sitio familiar y del lado izquierdo es como una pista de baile y unos baños y una salida de emergencia.

A PREGUNTAS DE LA REPRESENTACION FISCAL responde: Era un encargado mayor.

A PREGUNTAS DE LA REPRESENTACION FISCAL responde: Estaba en total desorden, vasos, sillas.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Fui de apoyo que serví yo ese día fue el jefe de la brigada y fuimos nosotros los inspectores.

A PREGUNTAS DE LA JUEZ responde: No, que yo recuerde.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Como le dije anteriormente la inspección la hizo D.B. y el detective E.C.. Este Tribunal acuerda suspender la continuación del presente juicio para el día MARTES 08 DE OCTUBRE DE 2013 A LAS 10:00 A.M.

Esta testigo se valora con cautela, en virtud de que sus declaraciones, y actitud en el juicio no son concordantes, no aporta datos importantes ni concuerdan con las declaraciones de los otros testigos, tales como, el lugar y hora en que ocurrieron los hechos, así como de la intervención de otras personas como testigos del procedimiento, aunado al hecho de que es un investigador del CICPC, que solo iba a realizar investigaciones relacionadas con el caso, siendo pues un testigo referencial.

En fecha 08-10-2013, comparecen órganos de prueba se procede Juramentar conforme a la ley al Funcionario Actuante A.J.R.D., titular de la cedula de identidad V- 13.146.221, así como a los TESTIGOS: A.L.E.R., titular de la Cedula de identidad v- 22.264.154 y A.J.T.C., titular de la cedula de Identidad v- 16.238.920.

Quien declara: EXPERTO EN BALISTICA SIMOES CARLOS quien manifiesta: “Ratifico firma y contenido de acta de investigación que cursa en el presente asunto”, es todo.

A PREGUNTAS DE LA REPRESENTACION FISCAL responde: No deseo hacer preguntas.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: No haré preguntas.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: El Tribunal no hará preguntas.

Seguidamente se le cede la palabra al FUNCIONARIO EN APOYO A.J.R.D. responde: “Ratifico acta de inspección técnica del suceso nº 2582-11 de fecha 08-11-2011 inserta al folio nº 125 de la pieza Nº 1”, es todo.

A PREGUNTAS DE LA REPRESENTACION FISCAL responde: No deseo hacer preguntas.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: No haré preguntas.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: El Tribunal no hará preguntas.

Este experto se valora suficientemente tomando en consideración el tiempo de experiencia adquirido en el ejercicio de su profesión que lo capacita para emitir dictámenes y ratificarlos en juicio, y al reconocer como suya la firma y contenido de la experticia por él suscrita le otorga pleno valor probatorio.

Seguidamente el testigo: A.L.E.R. (testigo Fiscalia), manifiesta: “Yo venia saliendo para mi casa y brinde el apoyo para el hospital”, es todo.

A PREGUNTAS DE LA REPRESENTACION FISCAL responde: Realmente no recuerdo la fecha ni la hora.

A PREGUNTAS DE LA REPRESENTACION FISCAL responde: eso fue en Anzoátegui.

A PREGUNTAS DE LA REPRESENTACION FISCAL responde: yo estaba solo.

A PREGUNTAS DE LA REPRESENTACION FISCAL responde: cuando vengo saliendo del negocio.

A PREGUNTAS DE LA REPRESENTACION FISCAL responde: eso fue afuera, mi hermano J.M.E. y yo lo ayudamos, lo llevamos hasta el hospital a pie,

A PREGUNTAS DE LA REPRESENTACION FISCAL responde: allí lo agarro la prima o la sobrina.

A PREGUNTAS DE LA REPRESENTACION FISCAL responde: No, no supe porque estaba herido.

A PREGUNTAS DE LA REPRESENTACION FISCAL responde: no.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: No recuerdo la hora. A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Júnior el apellido no me lo se.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: el vivía con la sobrina, A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: En Anzoátegui con mi hermano estábamos en la fiesta, era una fiesta de Halowen yo dure como dos horas en esa fiesta.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: lo sucedido solo lo sucedido.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: no había otra persona herida.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: No.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: yo llegue al sitio y después me fui.

Esta testigo se valora con cautela, en virtud de que sus declaraciones, y actitud en el juicio no son concordantes, no aporta datos importantes ni concuerdan con las declaraciones de los otros testigos, tales como, el lugar y hora en que ocurrieron los hechos, así como de la intervención de otras personas como testigos del procedimiento, siendo pues un testigo referencial.

Seguidamente el testigo: A.J.T.C. (testigo de la defensa), responde: “Cuando yo llegue a la fiesta como a las 11: y como alas 12 de la noche se formo una discusión yo solo lo vi retirado”, es todo.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: No me recuerdo muy bien.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: eso pasó en caserío Anzoátegui en una fiesta de haloween, eso fue cerca de la plaza.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: en la discusión había mucha gente.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: yo oí que quebraron botellas, yo no lo vi peleando con el ciudadano DANNY.

A PREGUNTAS DE LA REPRESENTACION FISCAL responde: No haré pregunta.

Esta testigo se valora con cautela, en virtud de que sus declaraciones, y actitud en el juicio no son concordantes, no aporta datos importantes ni concuerdan con las declaraciones de los otros testigos, tales como, el lugar y hora en que ocurrieron los hechos, así como de la intervención de otras personas como testigos del procedimiento, siendo pues un testigo referencial.

En este Estado la Fiscalía solicita se oiga a los ciudadanos J.M.E.R. Y YASMELY MENDOZA, en virtud que fueron nombrados por el testigo y puede ayudar al esclarecimiento de la investigación es todo. SE LE CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA PRIVADA: Esta defensa se opone a lo solicitado por la representación fiscal en virtud que se desconoce la dirección de las personas mencionada y se retardaría la culminación de este Juicio, es todo. Oído la exposición de la representación fiscal del ministerio publico con respecto a la citación de dos nuevos testigos de conformidad al articulo 392 del COPP, es por lo que este Tribunal acuerda la notificación o citación de esta dos personas y es por ello que se INSTA a la Fiscalia a los fines de precisar a las personas a los fines de que asistan a la próxima fecha, Este Tribunal acuerda suspender la continuación del presente juicio para el día MIERCOLES 23 DE OCTUBRE DE 2013 A LAS 10:00 A.M

En fecha 23-10-2013, comparecen órganos de prueba se procede Juramentar conforme a la ley al Funcionario Actuante DELVER J.B., titular de la cedula de identidad V- 15.709.730, así como a los TESTIGOS: J.M.E.R., titular de la Cedula de identidad v- 16.239.072 y YASMERY DEL C.M., titular de la cedula de Identidad v- 15.579.001. Se deja constancia que en este acto la defensa solicita el derecho de palabra y la misma expone. “ Como punto previo esta representación técnica antes de la celebración del juicio continuado del día de hoy hace formal acusación a que le sea tomada entrevista o declaración al ciudadano J.M.E. y la Ciudadana Yasmery Mendoza, toda vez que consta en el presente asunto, en entrevista de fecha 06-11-2011 de que el Ministerio Publico antes de celebrar la audiencia preliminar tenia conocimiento sobre la existencia de dichas testimoniales, lo cual a todas luces podría generar un vicio de nulidad absoluta de la sentencia por se contraria a las disposiciones establecidas en la norma“. Es Todo. Seguidamente se le cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Publico quien expone:, el Ministerio Publico ratifica la solicitud hecha en la anterior sesión en relación a que fuese oída el testimonio de la ciudadana Yasmery Mendoza ya que la misma no había sido mencionada en el presente caso hasta la sesión anterior. Es Todo. Seguidamente este Tribunal y en cuento a lo manifestado en este acto por las partes, este Tribunal acuerda el testimonio de la ciudadana YASMERY MENDOZA, asimismo y en cuanto a la declaración del ciudadano J.M.E.R., el mismo no será escuchado pro no estar promovido. Es Todo. Seguidamente se le cede la palabra al FUNCIONARIO ACTUANTE DELVER J.B. quien declara: “Ratifico firma y contenido de acta”, Y EL MISMO EXPONE:” Mi participación en la investigación fue en área técnica, me traslade con el funcionario investigador a la Morgue donde se procedió a realizar el reconocimiento de cadáver, cuando se realice el reconocimiento ya el cadáver tenia la autopsia, tenia unas heridas ya suturadas, volvimos al sitio eso fue en la vía publico cerca de una discoteca, y se colecto una muestra color pargo rojizo“. Es todo.

A PREGUNTAS DE LA REPRESENTACION FISCAL responde: Del Funcionario E.C.. Eso fue el 06 de febrero del 2011, no dirigimos a la morgue y luego al sitio del suceso, en al cual se dejo constancia del sitio del suceso, y de la muestra colectada, el sitio consta de poca luz, se realizo frente a la tasca Anzoátegui, no ingresamos a la discoteca, fuimos dos veces, posteriormente se realizo otra inspección el día 8 en la cual se ingreso al sitio, la discoteca consta de un en la parte izquierda hay un pasillo, y hay un área de pista de baile, a la mano izquierda s encuentran los baños, y luego la salida que da hacia un estacionamiento perteneciente al sitio, no me entreviste con familiares de la victima.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: La mancha estaba sobre la cera perteneciente a la tasca, en la primera inspección solo se colecto la mancha en la cera, a los dos días se hace una inspección interna pero no se colecto evidencia alguna.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: Solo me encargue de la parte técnica, no se como fueron los hechos. Es Todo.

Esta testigo se valora con cautela, en virtud de que sus declaraciones, y actitud en el juicio no son concordantes, no aporta datos importantes ni concuerdan con las declaraciones de los otros testigos, tales como, el lugar y hora en que ocurrieron los hechos, así como de la intervención de otras personas como testigos del procedimiento, aunado al hecho de que es un investigador del CICPC, que solo iba a realizar investigaciones relacionadas con el caso, siendo pues un testigo referencial.

Seguidamente se le cede la palabra al TESTIGO YASMERY DEL C.M., titular de la cedula de Identidad v- 15.579.001, a quien se le toma el debido juramento de ley y el mismo expone: “ Ese día yo estaba en casa de mi mama, vivimos cerca, de allí me fui a mi casa, estaba durmiendo con mis hijos, me llego un mensaje donde me decían que cortaron a Júnior e iba muy grave, en el segundo mensaje decía que Danny lo corto, cuando veo los mensajes salgo a casa de mi familia, llamo a mi hermana, y le digo que habían cortado a Junior, y me dice que fue Danny el turco de la Sabana, ello lo iban acompañar hasta Guarico, cuando llegamos al Hospital yo entre y estaba allí donde lo estaba atendiendo la doctora, me dijeron que tenia pocos signos vitales, allí lo trasladaron, saliendo del tocuyo luego que le habían puesto suero el me comenzó hablar y me dice Yary me duele mucho el pecho y el me dice que Danny lo corto, el tuco de la sabana, y el me dijo que no sabe porque que el estaba en el pasillo, y hizo tres intentos y al tercero me agarro, al ratico llego otro herido que lo apodan el morado, y cuando llegaron el quería que el doctor los atendieron, habían un caso mas grave, cuando llegamos a Barquisimeto el me dice que no lo deje solo, que le dolía el pecho que el turco lo había cortado, yo lo puse hablar con la mama y el le decía que no se preocupara, que el regresaba a la casa y que el turco lo había cortado, el decía que el turco de la sabana lo había cortado, el llamado que me hicieron los doctores era que el estaba muy grave, los doctores me dijeron que no se salvaba, y luego me dijeron que el había fallecido“. Es Todo.

A PREGUNTAS DE LA REPRESENTACION FISCAL responde: Eso fue el 06 de junio, no recuerdo de que año, ese mensaje me lo envió Álvaro, Salí corriendo cuando leí los mensajes, la casa de mi mama queda como a una cuadra, ellos no creían porque mi sobrino era una persona tranquila, cuando les mostré los mensajes ellos comenzaron a llamar, Álvaro nos dijo que lo llevaríamos al Hospital de Guarico, la conversación que tuve con mi primo eso fue saliendo del tocuyo, me dijo que Danny lo corto, el turco de la sabana, allí llego un funcionario y el narro los hechos, el decía que fue Danny quien lo corto, que era el turco de la sabana, no conocía a Danny, no tenia conocimiento si tenían problemas, mi sobrino se encontraba en la fiesta del sr J.M., el tenia una herida, hasta Guarico llego J.M., otro sobrino le dijo que quien le había hecho eso y el dijo el turco de la sabana, de allí me lo traje a Barquisimeto, el Funcionario estaba de guardia, y mi sobrino le dijo que habían otras personas heridas, mi sobrino preguntaba por J.C. y J.P., no se el nombre del Funcionario que tomo la declaración, ellos me dijeron en el Hospital que ya eso esta archivado.

A PREGUNTAS DE LA DEFENSA PRIVADA responde: Mis dos hijos y yo, Salí a la casa de mi mama, habían muchas personas, al momento desperté a mi hermana Magali y a mi mama, cuando yo Salí y llame ya ellos lo traían a Guarico, nosotros estábamos esperando la ambulancia porque lo iban a traer a Barquisimeto, de allí fuimos a Guarico, yo estaba sola con mi sobrino, yo solo iba en la ambulancia con el doctor y la enfermera, yo era tía de Júnior, no vivíamos en la misma vivienda, siempre que ocurre un hecho ocurre mucha gente,. Yo no estaba pendiente quien estaba, yo baje y entro a emergencia y de allí no volví a salir, no supe quienes estaban afuera, mi sobrino era soltero, desconozco si tenia novia, se que el iba a festejar su cumpleaños en Anzoátegui, unos Funcionarios y J.C. que era su amigo, estuve en los dos ambulatorios, no había ningún otro familiar con nosotros, ellos se quedaron en guarico los otros heridos porque eran heridas leves, el otro se vino a Barquisimeto porque no aguanta, Álvaro no lo conozco mucho, de verdad de que eso paso, para mi eso fue un trauma muy grande eso fue para como si el mundo se me fue, el me pedía agua y comida y cosas que yo no le pude cumplir, el no era muy frecuente conmigo, el era un muchacho, yo estaba bastante mal, a mi me toco sacar los papeles, acta de defunción, yo estaba con lo que paso, con la perdida, recuerdo una vez que estaba un funcionario del CICPC en la casa de mi mama y me llamarían pero no nos llamaron, si, siempre he querido que tomen en cuanto mi declaración esa declaración de quien lo mato eso existe, pero no me la dan a mi, sino a un juez o a un fiscal, esa declaración se la dio a un Funcionario de la Policía del Estado, no se a que hora fue que vinimos a Barquisimeto, el murió a las 5, el estaba en quirófano, yo estaba en el pasillo, no estaba presente cuando lo hirieron en la fiesta.

A PREGUNTAS DE LA JUEZA responde: Álvaro yo vivía con su hermano, pero para ese tiempo estábamos separados, el se llama J.M.E., ellos no tenían parentesco, J.M.E. vive donde vive el acusado, no vivía en la casa del acusado, no conozco al Funcionario, no hable con el Funcionario, yo fui hasta el hospital Central que hay una casilla que hay funcionarios de guardia y pregunte y le dije que a mi sobrino lo habían matado, y que el había declarado y ellos me dijeron que eso se archiva, cuando mi sobrino esta dando la declaración yo estaba presente, no le pregunte el nombre al funcionario, no tuve conversación como fueron los hechos, no hable con los funcionarios, Á.a. a Junior, el también estaba en la fiesta, no se con quien mas estaba porque yo no estaba en la fiesta, a Junior le decían el tuquito, no conocía a Danny el tuco de la sabana . Es Todo.

Esta testigo se valora con cautela, en virtud de que sus declaraciones, y actitud en el juicio no son concordantes, no aporta datos importantes ni concuerdan con las declaraciones de los otros testigos, tales como, el lugar y hora en que ocurrieron los hechos, así como de la intervención de otras personas como testigos del procedimiento, siendo pues un testigo referencial.

Seguidamente se le cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Publico quien expone: se deja constancia que en este acto de conformidad con el articulo 342 del COPP se hace la solicitud a los fines de que se oficie a la Brigada Hospitalaria A.M.P. a los fines de recabar copia certificada de la novedad levantada en fecha 06-11-2011, en la cual fue ingresada la victima J.L. a ese centro asistencial y si esa novedad esta acompañada de alguna declaración que allá dado la victima en ese momento. Es Todo Seguidamente se le cede la palabra a la defensa quien expone: Esta defensa hace oposición a la solicitud del Ministerio Publico a los fines de que esta sea incorporada como prueba documental, si la misma fue tomada, estos hechos deberán ser notificados en su oportunidad, ya que tanto la Policía, se comisión un cuerpo de investigaciones, y ellos al tener conocimiento de ello lo hubiesen incorporado al proceso, además que importancia pudiera tener la misma, que se tuvo conocimiento que la persona ingreso sin signos vitales, que importancia tendría una prueba escrita cuando no se podría tener un contradictorio, estas son técnicas dilatorias al proceso- Es Todo. Seguidamente se le cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Publico quien expone: El Ministerio Publico ratifica la solicitud y me causa extrañeza que la defensa esta dilatando el proceso, en el COPP se establece como se deben llevar las pruebas en el presente caso, asimismo se evidencias otras razones por las cuales no se han podido llevar el juicio, en relación a la solicitud hecha a que recabe la certificación de novedad o cualquier otro documento el Ministerio Publico se corroboraría la declaración de la testigo y para el esclarecimiento de los hechos. Es Todo. Seguidamente se le cede la palabra a la defensa quien expone Consta al folio 57 del presente asunto, el ministerio publico dice que no podía oficiar a un CDI ya que habían diligencias inútiles aun no apartaban nada al proceso, y no se señala nada que esa solicitud. Es Todo. Este Tribunal oída la exposición de las partes, y en cuanto a la solicitud realizad por el Ministerio Publico a los fines de solicitar la copia de la novedad levanta en al cual resulto como occiso J.L., este Tribunal acuerda oficiar a la Brigada Hospitalaria del Hospital Central A.M.P. a los fines de que remita con carácter de urgencia en el lapso de 72 horas la novedad levantada en fecha 06-11-2011, en al cual resulto muerto el ciudadano J.L.. Se acuerda suspender la continuación del presente juicio para el día 06 DE NOVIEMBRE DE OCTUBRE DE 2013 A LAS 09:00 A.M

Se deja constancia que el día 06-11-2013, NO comparecen órganos de prueba se procede A alterar el orden de recepción de pruebas y se incorpora documental protocolo de autopsia Nº 9700-152-1214-11 folio nº 132 realizado por el experto profesional especialista II (MEDICO ANATOMOPATOLOGO FORENSE) adscrito al departamento de ciencias forenses de la delegación ESTADAL LARA. Se acuerda su continuación del presente juicio para el día 20 DE NOVIEMBRE DE DE 2013 A LAS 09:30 A.M. ratificar oficio nº 14466 folio nº 242.

Experticia, ésta que fue ratificada en juicio por el experto que la suscribe, la cual se le da valor probatorio, pues esta persona se encuentra capacitada para emitir dictámenes y ratificarlos en juicio y reconocer como suya la firma y contenido de la experticia por él suscrita le otorga pleno valor probatorio.

En fecha 20-11-2013, NO comparecen órganos de prueba se procede A alterar el orden de recepción de pruebas. Este Tribunal pasa a imponer al imponer al imputado de autos del precepto constitucional, a lo cual el mismo señala: “SOY INOCENTE DE LO QUE ME ACUSAN”. Es Todo. Se acuerda su continuación del presente juicio para el día 28 DE NOVIEMBRE DE DE 2013 A LAS 09:30 A.M. ratificar oficio nº 14466 folio nº 242.

En fecha 28-11-2013, se difiere la audiencia por secretaría, para el día 09-12-2013, por cuanto el Tribunal no dio despacho por encontrarse en Plan Cayapa en San Felipe.

En fecha 09-12-2013, Se deja constancia que no comparece el imputado de autos por cuanto no se hizo efectivo el traslado del mencionado ciudadano, asimismo se deja constancia que no comparece la defensa privada. En virtud de ello este Tribunal acuerda diferir el presente juicio para el día 16 DE DICIEMBRE DE 2013 A LAS 09:30 AM. Ratificar oficio nº 14466 folio nº 242.

En 16-12-2013, una vez terminada la recepción de las pruebas testimóniales, las partes, es decir Fiscalía y Defensa, solicitan a este Tribunal que prescinda de algunos testimoniales promovidos por ellos, que no han acudido a juicio, aun cuando los mismos fueron notificados, así como de incorporar en esta audiencia las documentales que faltan por incorporar, ahora bien, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 343 del COPP, pasa a Conclusiones las cuales las ejercerán las partes.

CONCLUSIONES DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PÚBLICO

Asimismo y conforme a lo establecido en el tercer aparte del artículo 343 del Código Orgánico Procesal Penal, le fue cedido el derecho de palabra sucesivamente al Ministerio Público, quien realiza sus conclusiones de la siguiente manera: Se deja constancia que a través de la evacuación de las pruebas no solo se demostró que los hechos acaecidos, no solo se demostró que ocurrió el homicidio, sino también quien lo cometió, la victima se encontraba en compañía de los Funcionarios W.T., J.M., y Jonir Laido, los mismos se encontraban en una fiesta de Hallowen en la cerveceria Brisas de Anzoátegui, se demostró que el ciudadano aquí presente fue quine cometido el homicidio, a través del testigo que manifestó que el se encontraba en la fiesta y el ciudadano aquí presente lo quería rematar y fue cuando salio herido, se escucho el testimonio de Y.M., quien manifestó que el ciudadano Luque se encontraba herido, y quien oyó de muerte que quien lo había matado era el Tuco de la Sabana, se escucho a la experto, quien le practico experticia a muestra hematológica, se escucho la medico patólogo, y a la testigo familiar de la victima, se escucho a la algunos testigos de la defensa y a quien esta representación solicita que no sean aceptados por cuanto tiene manifiesta, es por ello que esta representación fiscal solicita sea condenado el ciudadano D.J.C.S., titular de la cédula de identidad, 16.239.075 por cuanto quedo de manifiesta que fue quien cometido el homicidio. Es Todo.

CONCLUSIONES DE LA DEFENSA PRIVADA

Se le cede la palabra a la Defensa a fines de exponer sus conclusiones:

“El ministerio Publico asevera que da por manifestado que mi representado fue quien cometió el hecho, nada mas alejado de la realidad, no se acredita la participación del mismo de hecho, no existe una relación causal que se guarde relación de los hechos con la participación de mi representado D.J.C.S., titular de la cédula de identidad, 16.239.075, situación que se desplegó de la muerte del hoy occiso, de igual manera se deja constancia que en sentencia 261 de la Sal de casación penal, que cuando se trata de un homicidio simple se tiene que dar por dada esa acción, para imputar el delito de Homicidio Intencional se tiene que existir una situación de causalidad, D.C. no tuvo participación alguna por el delito juzgado, la base en el derecho penal es la acción, corroborado por testigos, de las testimóniales de la Fiscalia, se tiene el testimonio de un Funcionario que el mismo manifiesta que fue una llamada que le participo el deceso del ciudadano, asimismo se tiene el Detective E.C. quien el mismo informa que el 06-11 le informaron que ingreso un Funcionario muerto el HCAMP, cosa que es contraria a la información suministrada a Yiber, también tenemos a otro funcionario que las heridas fueron lejos de la tasca, quien a testigos de la Fiscalia los mismo manifiestan que los hechos fue dentro de la tasca, el testimonio de la ciudadana M.C., la misma señala que estaba del occiso, la misma indica que al occiso lo llaman el tuquito, la misma señala que a ella lo llama el ciudadano Álvaro que se contradice totalmente, el testimonio de la ciudadana Yoraima Pérez la misma dice ser novia de l ciudadano Darwin quien indica que en ningún momento ella o su novio fueron heridos, y que el ciudadano Luque fue auxiliado por dos personas, a su novio jamás se le realizaron experticia alguna por algún medico de algunas heridas que le causaron, ella y su novio se dijeron al HCAMP, el testimonio del ciudadano J.B. el mismo manifiesta estar en su negocio y nunca supo nada, el testimonio del Comisario J.R., manifiesta que no conoce los pormenores del hecho, en fecha 29 de Junio la hermana A.M.S. manifiesta que varios funcionarios se introdujeron a su vivienda de manera violenta, y sin orden de allanamiento, la señora Micaela no presencio los hechos, uno de los testigos manifiesta que el mismo fue herido por un pico de botella, declaración esta contraria que el mismo manifiesta que fue herida por un arma blanca, y el mismo señala que fue causa por una persona diestra, y mi representado es zurdo, uno de los ciudadanos manifiesta que fue herido en la nalga y fue es herido en la pierna, y todos los ciudadanos W.L., Barrios, E.A. entre otros estos son testigos referenciales, la ciudadana A.C., estaba en la plaza con su novio cuando se suscito la pelea y ve al ciudadano Júnior saliendo del club, el no pudo ver cuando el ciudadano Danny se le va al hoy occiso y lo hiere, es por todo ello que no se desprende de ello la actuaciones de mi representado, es por ello que solicito una sentencia absolutoria y la libertad de mi representado. Es Todo.

SEGUIDAMENTE SE LE CEDE LA PALABRA A LA FISCALIA PARA QUE REALICE SU CONTRAREPLICA: El ciudadano Escalona vio y señalo al acusado de autos, el mismo vio cuando vio herido a la victima y lo quería rematar, es cuando ello se le fue encima y lo hiere, asimismo la victima antes de morir le dijo a su tía quien lo había herido y el mismo señalo que fue el tuco de la sabana quien lo había herido, es por ello que se solicita sentencia condenatoria, por lo hechos acaecidos en fecha 06-11-2011. Es Todo.

SEGUIDAMENTE SE LE CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA PARA QUE REALICE SU CONTRAREPLICA: Es sorprendente como el Ministerio Publico insiste en manifestar que mi representado fue quien cometió el homicidio del hoy occiso, el hoy ciudadano es imposible decir que mi representado fue quien cometido el hecho, dado las testimoniales entre ellas el ciudadano J.C., quien acompañaba al ciudadano J.L. quien manifiesta que nuestro representado es culpable, funcionario policial, quien se nota a todas luces por la manera que lo dice es la primera vez que se observa a mi representado ya que en su exposición el mismo señala que el no observo cuando fue herido el ciudadano Luque, el otro ciudadano señala que el nunca observo que mi representado cargaba un pico de botella, se tiene el testimonio de Yasmery Bastidas, y por cuanto la misma se trae al debate la misma señala que ella fue la única persona que estaba en el ambulatorio y que ella se vino con en la ambulancia, uno de los funcionarios del CICPC recibe llamada telefónica manifestándoles que había ingresado un apersona herida, no existe vinculo que refleje la relación a mi representado con el hecho ocurrido, mi representado es una persona trabajadora, el estaba solo celebrando, y no hay nada que lo vincule con el hecho ocurrido, asimismo solicito se dicte una sentencia absolutoria a mi representado, asimismo el Ministerio Publico presento un informe y no aparece declaración alguna del occiso, el mismo llego muerto al HCAMP.

Finalmente, la Juez Presidente preguntó al acusado si deseaba manifestar algo al Tribunal, previa imposición del Precepto Constitucional inserto en el ordinal 5° del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y expone: Como yo si me dirigía a la población de Anzoátegui fue a la fiesta, la muchacha entra y dice que habían herido una persona, de allí salimos, y me vine a Barquisimeto, yo no me considero culpable por eso fue que me presente al tribunal, ellos me dijeron que habían allanado mi casa, mi primo me dijo que no me preocupara, me fui a Maracaibo, y después supe que estaba solicitado y me vine a presentar al tribunal. Es Todo.

Seguidamente se declaró cerrado el debate procediendo el Tribunal a retirarse a sala contigua para la deliberación correspondiente.

HECHOS ACREDITADOS

Clausurado el debate, este Tribunal atendiendo a los hechos que fueron objeto del juicio oral y público, los alegatos de las partes y las pruebas producidas en el transcurso del debate considera que:

Con las declaraciones de los Testigos M.C.A., A.M.C., J.L.C., Yoraima del Carmen, J.G.C., Aracelys Coromoto, J.A.A., A.J.C., A.M.C., T.W.A., Yonmir Coromoto Ladino, J.B.M., R.A.C., Á.L.E., A.J.T. y Yasmery del C.M., se evidencia a todas luces las contradicciones entre todos ellos, aunado al hecho de que todos fueron testigos referenciales, todo lo que manifestaron en sala de audiencia, lo que sabían sobre el hecho donde resulto muerto el ciudadano J.R.L., fue por que se enteraron por otras personas, o por comentarios de la gente del poblado, no ayudando a esta Juzgadora con sus dichos a esclarecer los mismos. Es decir que de las declaraciones y apreciaciones de todos ellos sobre los hechos, son totalmente distintos. Por lo que de todas estas declaraciones son totalmente contradictorias entre si, que no ayudan para nada a esta Juzgadora.

Pero Considera quien Juzga que en todo delito existe un móvil, que lleve a una persona a cometer el mismo, ¿CUAL FUE EL MOVIL QUE LLEVÓ A DANNY COLMENAREZ A CAUSARLE LA MUERTE A J.R.L.?, pues no lo sabemos, ni tampoco lo demostró la Fiscal del Ministerio Público.

De las declaraciones aportadas por los funcionarios que participaron en la investigación: J.I.C., W.A.L., J.C.G., A.J., A.J.R. y Delver J.B., funcionarios estos que actuaron posterior a los hechos y que de la investigación no lograron establecer para esta Juzgadora, el esclarecimiento del mismo, pues se dejaron llevar por las declaraciones aportadas por los testigos referenciales del mismo, no quedando claro para esta Juzgadora con dichas investigaciones el esclarecimiento del hecho donde resultó muerto J.R.L..

El Supuesto Testigo Presencial: J.C.C., quien manifiesta en su declaración que el vio cuando el acusado de autos hería a su amigo J.R. con un pico de Botella y que el también resulto herido, le causa duda a esta Juzgadora, pues de las declaraciones de su novia ciudadana Yoraima del Carmen, la misma manifiesta que ella no vio nada, que ella vio cuando estaba con su novio que traían herido a Júnior y que su novio lo había auxiliado, que ella los acompañó al ambulatorio, que ella no vio botellas ni pico de botellas, que ella no vio pelea alguna, entonces tal declaración se contradice con lo manifestado por su novio J.C.C., aunado al hecho de que si lo concatenamos con la declaración del patólogo J.R., éste señala que dichas heridas fueron ocasionadas por un objeto filoso como por ejemplo un puñal una navaja un cuchillo, es decir un arma blanca, pero no con un pico de botella.

Asimismo el Tribunal estimó mediante la declaración rendida por el experto Medico Forense Patólogo Dr. J.R., que efectivamente se le había dado muerte a una persona de sexo masculino y que la muerte se produce por Shock Hipovulemico, Herida por Arma Blanca, cosa que contradice lo manifestado por el testigo J.C.C. quien aseveró que el acusado le había herido con un pico de botella.

También queda la duda para esta Juzgadora, en saber a quien realmente le decían: EL TUCO, al acusado o al occiso, pues de las propias declaraciones de familiares como por ejemplo la ciudadana M.C.A., quien en su declaración aportada en este Tribunal señala que a su sobrino le decían El Tuquito. Debería entender entonces esta Juzgadora que al occiso también lo apodaban el Tuco, queda la duda.

Tales hechos han quedado demostrados en el juicio oral y público con las pruebas producidas y que fueron sometidas al debate contradictorio, valoradas por el Tribunal según la sana crítica, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia.

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

Demostrado como ha quedado que “A las 12:30 de la madrugada, del día 05 de Noviembre del 2011, en la calle principal de la población de Anzoátegui, parroquia Anzoátegui, municipio Moran del Estado Lara, específicamente frente a la Discoteca, Cervecería y Restaurante Brisas de Anzoátegui, se origina una riña en donde el ciudadano a quién conocen en la población por el apodo de “EL TUCO” empuño un arma blanca y la introdujo en la humanidad del hoy occiso Y.R.L.A. cédula de identidad V-19.686.106, para luego huir en veloz carrera del lugar. Al trasladarse los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalisticas, Subdelegación Barquisimeto, Estado Lara, al lugar de los hechos a realizar la respectiva inspección técnica, fueron abordados por el Agente Policial del Estado Lara, L.C. cédula de identidad V-19.571.163, destacado en la Comisaría del Tocuyo, quién les comento como se origino y finalizo el hecho; posteriormente los condujo hacia la dirección donde presuntamente reside el agresor donde fueron atendidos por la ciudadana A.M.C. cédula de identidad V-12.371.628, quién manifestó ser hermana del ciudadano requerido por la comisión policial, identificándolo de la siguiente manera: D.J.C.S. cédula de identidad 16.239.075, 28 años de edad, nacido en fecha 10-12-1982, natural de Anzoátegui, Estado Lara, soltero, de profesión Motorista, afirmándoles que desconocía su paradero actual.

Estimó el Tribunal la comprobación del cuerpo del delito que en éste caso se refiere al deceso del ciudadano J.R.L.A., mediante las declaraciones rendidas por los Testigos promovidos, testigos estos referenciales del suceso quienes declararon al Tribunal de la ocurrencia del deceso del referido ciudadano el día 06/11/11.

Mediante la incorporación por su lectura del Protocolo de Autopsia practicada por el Médico Forense J.R., y las Actas de Reconocimiento de Cadáver y de Actas de Investigaciones Penales, practicada por los funcionarios, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas del Estado Lara, quienes comparecieron al debate oral para ratificar contenido y firma de las mismas, sometidos a los principios de oralidad, inmediación, concentración y contradicción de la prueba, se determina mediante probanzas de naturaleza técnica la existencia del cuerpo material del delito constituido por la muerte de una persona por las causas allí señaladas, lo cual permite encuadrar la situación de hecho ocurrida el día 06/11/11 en altas horas de la noche en el poblado de Anzoátegui, Municipio Moran, Estado Lara.

En cuanto a la culpabilidad del acusado DATOS OMITIDOS, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, por hecho cometido en perjuicio del ciudadano J.R.L.A., considera este Tribunal que NO quedó demostrada la misma, pues, el Ministerio Público no demostró más allá de la duda razonable el delito por el cual acusa al ciudadano DATOS OMITIDOS, aunado al hecho de que el Ministerio Público no realizó todas las diligencias tendientes al esclarecimiento de los hechos por los cuales acusa, pues de las investigaciones realizadas por el mismo, se puede evidenciar la gran cantidad de fallas o errores técnicos que no fueron realizados y que de las investigaciones realizadas, ninguna aclara la situación de cómo ocurrieron los hechos.

En tal sentido, partiendo del principio de la libertad de prueba que rige el régimen probatorio en nuestro sistema penal acusatorio, según el cual por cualquier medio de prueba se pueden probar todos los hechos y circunstancias de interés para la correcta solución del caso, incorporados conforme a las previsiones del mencionado código y siempre que no esté expresamente prohibido por la ley, valorando las pruebas de acuerdo a la lógica, en este caso concreto, considera el Tribunal que necesariamente debe declararse ABSUELTO al ciudadano DATOS OMITIDOS, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, por hecho cometido en perjuicio del ciudadano J.R.L.A..

DISPOSITIVA

En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Número Tres del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley:

PRIMERO

ABSUELVE al ciudadano DATOS OMITIDOS, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal.

SEGUNDO

Se ordena el cese de la Medida de Coerción Personal dictada en contra del ciudadano DATOS OMITIDOS, como consecuencia de la presente decisión y a tenor de lo establecido en el artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal. Se exonera en el pago de costas procesales al Ministerio Público en representación del Estado Venezolano, en aplicación del principio contenido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Dada firmada y sellada en la sede del Tribunal de Juicio Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, a los Diecinueve (19) días del mes de Diciembre de dos mil trece. Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.

LA JUEZA PROFESIONAL TERCERA DE JUICIO,

ABG. M.C.P..

LA SECRETARIA

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