Decisión nº 213 de Tribunal Primero de Protección del Niño y Adolescente de Zulia (Extensión Maracaibo), de 11 de Octubre de 2007

Fecha de Resolución11 de Octubre de 2007
EmisorTribunal Primero de Protección del Niño y Adolescente
PonenteHéctor Peñaranda Quintero
ProcedimientoConsignación De Cheques

República Bolivariana de Venezuela

En su Nombre

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la

Circunscripción Judicial del Estado Zulia

Sala de Juicio –Juez Unipersonal N° 1

PARTE NARRATIVA

Consta de los autos, cheque N° 00039043, de fecha 09 de Mayo de 2007, emanado de la Tesorería del Estado, contra el Banco Occidental de Descuento y montante a la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 50.000,00), a favor del niño y/o adolescente J.G.V.L..

La anterior solicitud fue recibida del órgano distribuidor y el Tribunal mediante auto de fecha 09 de octubre de 2007, se le dio entrada y admitió la misma cuanto ha lugar en Derecho ordenándose darle numeración al mismo y que en auto por separado se resolverá lo conducente.

PARTE MOTIVA

UNICO

Observa, este Juzgador que consta en autos, cheque consignado a favor del niño y/o adolescente J.G.V.L., la cual no poseen libre administración de sus bienes, este Tribunal atendiendo al principio del Interés Superior del Niño establecido en el artículo 8 que establece:

“ARTICULO 8: “El Interés Superior del Niño es un principio de interpretación y aplicación de esta Ley, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los niños y adolescentes. Esta principio está dirigido a asegurar el desarrollo integral de los niños y adolescentes, así como el disfrute pleno de sus derechos y garantías.”

Analizadas las actas procesales, es por lo que este Tribunal ordena a los fines de salvaguardar los intereses y los bienes del niño y/o adolescente J.G.V.L., aperturar una cuenta de ahorros en el Banco de Fomento de los Andes a nombre del referido niño y/o adolescente J.G.V.L. y a la disposición del Tribunal. Así se decide.

PARTE DISPOSITIVA

DECISION

Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio, Juez Unipersonal No. 1, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Ordena:

1) Abrir una (1) Cuenta de Ahorros Código 11 a nombre de J.V., cuyo beneficiario es J.G.V.L. y a la disposición del Tribunal en Banfoandes.

2) Consignar en actas copia certificada del acta de defunción del causante y del acta de nacimiento del niño y/o adolescente de autos.

3) Notificar de la iniciación de este procedimiento al ciudadano Fiscal Especializado del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia de conformidad a lo establecido en el artículo 170 literal "c" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.-

Publíquese y Regístrese.

Dada, firmada y sellada en el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Sala de Juicio, Despacho del Juez Unipersonal No. 1, en la ciudad de Maracaibo, el (11) de Octubre de 2007. Año 197° de la Independencia y 148º de la Federación.

El Juez Unipersonal No. 1:

DR. H.P.Q.

La Secretaria:

ABOG. ANGELICA MARIA BARRIOS

En la misma fecha, en horas de despacho se publicó el fallo anterior y quedó registrado bajo el Nº 213 , en el registro de Solicitudes de bienes llevado por este Tribunal. Se ofició bajo el N° 07-912, y se libró boleta de notificación. La Secretaria.

HPQ/379**-

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