Decisión nº 839 de Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo, Tránsito y Agrario de Barinas, de 19 de Julio de 2010

Fecha de Resolución19 de Julio de 2010
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo, Tránsito y Agrario
PonenteJosé Gregorio Andrade
ProcedimientoReivindicación

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.

Barinas, 19 de Julio de 2.010

200º y 151º

Con vista al escrito presentado en fecha 13-07-10, por el Abogado en ejercicio H.E.S.O., titular de la cédula de identidad Nº 11.188.541, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 143.163, en su carácter de Apoderado judicial de la parte accionante, constante de Tres (03) folios útiles sin anexos, agréguese al expediente respectivo, por medio del cual solicita a este Tribunal: primero: que se repita la prolongación de la Audiencia Probatoria celebrada en fecha 07-06-10 y segundo: se fije nueva oportunidad para la entrega de la prueba de informes; Al particular primero, en virtud que en fecha 15-07-10, se remitió al Juzgado Superior competente las copias fotostáticas certificadas las cuales fueron solicitadas mediante oficio Nº 326, así como el cuaderno separado del amparo sobrevenido, a los fines de decidir la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte actora, motivo por lo que este Tribunal no puede proveer sobre lo peticionado hasta tanto conste en autos la decisión respectiva. Al particular segundo, se le informa al diligenciante que la oportunidad para la entrega de la prueba de informes no se encuentre expresamente en la ley, sino es aquella que se les da a las partes como una oportunidad para presentar un resumen de sus actuaciones, razón por la cual se niega lo solicitado. Asimismo, se puede observar que la transcripción de la audiencia probatoria celebrada en fecha 07-06-10, fue agregada al expediente, tal y como consta a los folios cuarenta y siete (47) al cincuenta (50) del cuaderno principal y las razones por las que no fue transcrita en forma integra son las expuestas por auto de fecha 12-07-10.-

Abg. J.G.A.P.

JUEZ.-

Abg. J.W.S.P.

SECRETARIA.-

JGAP/JWSP/br

Exp. Nº 5.160.-

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