Decisión de Juzgado Septimo Superior Del Trabajo de Caracas, de 12 de Junio de 2008
Fecha de Resolución | 12 de Junio de 2008 |
Emisor | Juzgado Septimo Superior Del Trabajo |
Ponente | William Gimenez |
Procedimiento | Incidencia |
Tribunal Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas; 12 de junio de 2008
198° y 149°
PARTE ACTORA: A.M.O.V., venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 9.872.510
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: P.L. y OTROS, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.264.-
PARTE DEMANDADA: SERVICIO DE VIGILANCIA PALADINO, C.A. (SEVIPAL-VIGILANCIA PRIVADA SEVIPAL).-
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: R.R., abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 123. 510.-
MOTIVO: INCIDENCIA
EXPEDIENTE N°: AP21-R-2008-000724
Han subido a esta Superioridad las presentes actuaciones, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra el auto de fecha 08 de mayo de 2008, dictado por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la medida solicitada por la parte actora en el juicio seguido por el ciudadano A.O.V. contra Servicio De Vigilancia Paladino, C.A. (SEVIPAL-Vigilancia Privada SEVIPAL).-
En el día de hoy, doce (12) de junio de 2008, siendo las doce del medio día (12:00 m.), se deja constancia de la comparecencia del ciudadano A.O.V., en su carácter de parte actora, conjuntamente con su apoderado judicial, abogado P.L.; así como, de la abogada Nais Blanco, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, ante este Despacho, a los fines de celebrar reunión conciliatoria con el ciudadano Juez. Aperturada la reunión, y luego de entablarse las conversaciones, el ciudadano actor A.O.V., libre constreñimiento alguno, y debido al compromiso de la abogada Nais Blanco de procurar el pago señalado en el acuerdo de fecha 18/12/2007, celebrado por ante el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, manifestó su voluntad de desistir de la presente apelación, por lo que en tal virtud, revisados los extremos de ley, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: UNICO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, dándose por terminando el presente procedimiento; así mismo, se indica que una vez trascurrido el lapso de cinco (05) días hábiles siguientes al de hoy, para la interposición de los recursos, sin que las partes hayan hecho uso de tal derecho, el presente expediente será remitido al Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los fines de que sea agregado al expediente N° AP21-L-2007-002635, que contiene causa principal, en el juicio incoado por el ciudadano A.O.V. contra Servicio De Vigilancia Paladino, C.A. (SEVIPAL-Vigilancia Privada SEVIPAL). Así se establece.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los doce (12) días del mes de junio del año dos mil ocho (2008). Años: 198º y 149º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.-
EL JUEZ
Abog. WILLIAM GIMÉNEZ
PARTE ACTORA Y
APODERADO JUDICIAL
APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
Abg. RAMAULYS ALVARADO
NOTA: En la misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades legales, se dictó y publicó la presente decisión.
LA SECRETARIA
Abg. RAMAULYS ALVARADO
WG/RA/clvg
Exp. N° AP21-R-2008-000724