Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Barinas, de 7 de Abril de 2008
Fecha de Resolución | 7 de Abril de 2008 |
Emisor | Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución |
Ponente | Vilma MarÃa Fernández González |
Procedimiento | Cierre De Presentaciones |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 7 de Abril de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : EL01-P-1999-000027
ASUNTO : EL01-P-1999-000027
AUTO DECLARANDO CERRADO EL PROCESO.
Visto el Informe presentado por el Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario N° 05, Región Barinas, Lic. José Noel Contreras; donde consigna Informe Final, donde consta el cumplimiento total de las presentaciones impuestas al penado: J.O.S., venezolano, natural de s.B.d.B. (Municipio Zamora), mayor de edad (42 años), nacido el 1-6-62, sexto grado de primaria (aprobado en el INJUBA), tejedor de chinchorro, titular de la Cédula de Identidad No. 7.253.512, residenciado en el Barrio “El Cambio”, calle 1, No. 1-33, Barinas, Estado Barinas, teléfono (0273) 5525785 (hogar de la hermana M.A.C.), en el mismo se evidencia que le fue acordado en fecha: 13-01-2005, el beneficio de L.C.; recibiéndose Informe Final de Conducta, el 10-12-2007, procedente de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario N° 05, Región Barinas; del penado: J.O.S., venezolano, natural de s.B.d.B. (Municipio Zamora), mayor de edad (42 años), nacido el 1-6-62, sexto grado de primaria (aprobado en el INJUBA), tejedor de chinchorro, titular de la Cédula de Identidad No. 7.253.512, residenciado en el Barrio “El Cambio”, calle 1, No. 1-33, Barinas, Estado Barinas, teléfono (0273) 5525785 (hogar de la hermana M.A.C.) ; quien disfrutaba del Beneficio de L.C. y finalizó su régimen de prueba y al efecto señala: “ Culmino satisfactoriamente su régimen de prueba , asistiendo a su ultima entrevista el día 16-11-07, donde se le expidió la respectiva constancia de culminación …”.
DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que la Ley confiere, de conformidad con el Artículo 479 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y no teniendo más diligencias que practicar en la presente causa, DECLARA CERRADO EL PROCESO, al Ciudadano: J.O.S., venezolano, natural de s.B.d.B. (Municipio Zamora), mayor de edad (42 años), nacido el 1-6-62, sexto grado de primaria (aprobado en el INJUBA), tejedor de chinchorro, titular de la Cédula de Identidad No. 7.253.512, residenciado en el Barrio “El Cambio”, calle 1, No. 1-33, Barinas, Estado Barinas, teléfono (0273) 5525785 (hogar de la hermana M.A.C.); por haber finalizado el régimen de prueba y su pena en fecha: 16-11-2007.
Notifíquese a las partes. Remítase copia certificada de la decisión, al Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales del Ministerio de Interior y Justicia y a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario N° 05, Región Barinas.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 02
ABG. V.M.F.G.
LA SECRETARIA,
ABG. ANNVEL VIELMA