Decisión de Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 16 de Octubre de 2013

Fecha de Resolución16 de Octubre de 2013
EmisorJuzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteSarita Martínez C
ProcedimientoDaños Y Perjuicios

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, 16 de octubre de 2013

203º y 154º

ASUNTO: AP11-V-2013-001114

Por recibido el anterior libelo de demanda y visto los recaudos anexos al mismo, presentado por el ciudadano D.J.J.R., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 6.255.805, e inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 41.181, respectivamente, actuando en su carácter de apoderado Judicial del ciudadano V.V.C., venezolano y titular de la Cédula de Identidad Nº 12.762.077; contra el ciudadano L.C., venezolano y titular de la Cédula de Identidad Nº 16.301.942, el Tribunal la ADMITE, cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni alguna disposición expresa en la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se ordena emplazar a los ciudadanos V.V.C. y L.C., antes identificados, para que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los Veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la ultima de las citaciones, a fin de dar contestación a la demanda que por DAÑOS y PERJUICIOS sigue en el ciudadano L.C., dentro de las horas de despacho establecidas en la tablilla del tribunal, tal como lo prevé el artículo 192 del Código de Procedimiento Civil, que son las comprendidas entre las 8:30 a.m. y 3:30 p.m. Compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pié, previa certificación por secretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, previa consignación de los fotostatos respectivos, por diligencia.-

Respecto a la medida solicitada, este Tribunal proveerá lo conducente por auto separado en el Cuaderno de Medidas, que al efecto se ordena abrir y trasladar al mismo copia certificada del libelo de demanda, de los instrumentos fundamentales de la acción y del presente auto, una vez sean consignados los fotostátos respectivos por la parte actora.-

La Juez

Sarita Martínez Castrillo

La Secretaria,

Ana Karina Brito

SMC/AKB/kc

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