Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Merida (Extensión El Vigia), de 4 de Noviembre de 2008

Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2008
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución
PonenteRosarito Mendez Barone
ProcedimientoEjecución De Sentencia

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2006-003475

EJECÚTESE DE SENTENCIA

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Condenatoria dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 07, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión EL Vigía, en fecha 09-10-2.008 (folios 1457 al 1460) en contra del penado N.A.V.S., quien es de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-15.329.205, natural de Barinas, Estado Barinas, nacido en fecha 16-03-1.981, de 27 años de edad, con sexto grado de instrucción primaria, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de R.E.V.B. y de D.M.S. de Viola, residenciado en los Bloques de la Urbanización Cuatricentenaria, Bloque 6, Piso 1, Apartamento 01-08, Parroquia El Carmen, Municipio Barinas, Estado Barinas, sentenciado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, previstas en el artículo 16 del Código Penal Venezolano, por la comisión del delito de SECUESTRO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 460 Parágrafo Primero del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano H.E.G.M.; y recibido como ha sido por éste Despacho el presente asunto penal, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA el siguiente EJECÚTESE. PRIMERO: En consecuencia se designa como lugar de reclusión para el penado N.A.V.S., antes identificado, el CENTRO PENITENCIARIO DE LA REGIÓN ANDINA, con sede en San J.d.L.d.E.M.. Hágase el cómputo respectivo, de conformidad con lo establecido en los artículos 479, 482 y 484 del Código Orgánico Procesal Penal. Para el cómputo respectivo, se observa que el mencionado penado fue detenido el día 11-10-2.006, permaneciendo privado de su libertad hasta la presente fecha 04-11-2.008, es decir, por un lapso de DOS (02) AÑOS Y VEINTICUATRO (24) DÍAS, y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, le falta por cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS, ONCE (11) MESES Y SEIS (06) DÍAS, la cual terminará de cumplir el día 10-10-2.014, al finalizar el día. Igualmente deberá cumplir con las penas accesorias, establecidas en el artículo 16 del Código Penal, que textualmente establece: “Artículo 16.- Son penas accesorias de la prisión:1. La inhabilitación política durante el tiempo de la condena, vale decir, hasta el día 10-10-2.014 al finalizar el día, la cual produce como efecto la privación de los cargos o empleos públicos o políticos, que tenga el penado y la incapacidad durante la condena, para obtener otros y para el goce del derecho activo y pasivo del sufragio, y también perderá toda dignidad o condecoración oficial que se le haya conferido, sin poder obtener las mismas ni ninguna otra durante el propio tiempo, tal y como lo establece el artículo 24 del Código Penal.2. La sujeción a la vigilancia de la autoridad, por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada ésta, es decir, que se obliga al penado a dar cuenta a los respectivos Jefes Civiles de los Municipios donde resida o por donde transite, de su salida y llegada a éstos, durante un tiempo de UN (01) AÑO Y DIECIOCHO (18) DÍAS, contados a partir del día11 de Octubre de 2.014, tal y como lo establece el artículo 22 del Código Penal. Por otra parte, como quiera que el penado de autos, fue condenado a cumplir con una pena que evidentemente EXCEDE DE CINCO (05) AÑOS, no podrá entonces, optar al Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena.Pudiendo optar a las Medidas Alternativas del Cumplimiento de Pena de la siguiente manera: 1. El DESTACAMENTO DE TRABAJO, una vez cumplida ¼ parte de la pena impuesta, es decir, DOS (02) AÑOS.2. El RÉGIMEN ABIERTO, una vez cumplida 1/3 parte de la pena impuesta, es decir, DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES. 3. La L.C., una vez cumplida 2/3 parte de la pena impuesta, es decir, CINCO (05) AÑOS Y CUATRO (04) MESES.Y optar a la conmutación del resto de la pena en CONFINAMIENTO, una vez cumplida las ¾ partes de la pena impuesta, es decir, SEIS (06) AÑOS, por un tiempo igual al que resta de la pena, con aumento de una tercera parte. SEGUNDO: Por cuanto se observa que el Abg. C.A.Q., en su condición de Juez de Control Nº 07 de este Circuito Judicial omitió pronunciarse sobre los objetos incautados en la presente causa, se ordena el comiso y destrucción de los siguientes objetos:1) Un (01) Teléfono móvil portátil Marca: LG, Modelo: MD-233O, SERIAL ETIQUETA Nro. 602MXQA10S1620, SERIAL ELECTRÓNICO Nro. HEX: 1978DS7F, SERIAL BATERÍA Nro. LGIP-A800, códigos de barras: (S)SBPL007650 - LLL DC051113, línea: MOVISTAR, asignado con el numero telefónico: 0414-5124325, fabricado: MEXCO, estructura externa elaborada en material sintético de color plateado, con las siguientes medidas aproximadas: diez punto cinco (10,5) cm de altura, cuatro punto dos (4.2) cm de longitud, posee display (pantalla color amarillo) en la parte frontal externa se observa escrituras impresas donde se puede leer: "LG"; no posee antena fija, en la parte superior del display (pantalla color amarillo) posee escrituras impresas de color negro donde se puede leer: "MOVISTAR", en la parte inferior se aprecia el teclado o activado res de comandos constituido por veintiún (21) teclas de funciones de color blanco, con impresiones de números y letras de color negro, donde se puede leer entre otros: "1@ - 2ABC - 3DEF - 4GIH, números y letras consecutivos hasta el O, Z, *, #, CALL, END”, en su parte posterior posee acoplada una batería recargable de forma rectangular, elaborada en material sintético de color verde, marca: LG, tipo: 3.7 V de LI-ION, fabricada en COREA; el mencionado teléfono celular posee un peso aproximado de: 65,3 grs, el mismo se encuentra en regular estado de conservación, se encuentra INOPERATIVO. 2) Un (01) Teléfono móvil portátil Marca: SAMSUNG, Modelo: SCH-N345, serial etiqueta: Nro. FCC ID: A3LSCHN345, serial electrónico: NO POSEE NUMERO, serial batería: Nro. BST3178LN, código de barra: SIN. AA2XC27US/-2, línea: MOVISTAR, asignado con el numero telefónico: 0414-5124325, fabricado: KOREA, estructura externa elaborada en material sintético de color plateado, con las siguientes medidas aproximadas: diez punto cinco (10,5) cm de altura, cuatro punto tres (4.3) cm de longitud, posee display (pantalla color amarillo) en la parte frontal externa se observa escrituras impresas donde se puede leer: "SAMSUNG"; no posee antena fija, en la parte superior del display (pantalla color amarillo) posee escrituras impresas de color negro donde se puede leer: "Nsyk", en la parte inferior se aprecia el teclado o activadores de comandos constituido por veintiún (21) teclas de funciones de color gris y plateado, con impresiones de números y letras de color negro, donde se puede leer entre otros.: "1@- 2ABC - 3DEF - 4GIH, números y letras consecutivos hasta el O, Z, *,#", en su parte posterior posee acoplada una batería recargable de forma rectangular, elaborada en material sintético de color gris, marca: SAMSUNG, tipo: 3.7 V de LI¬ION, fabricada en COREA; mencionado teléfono celular posee un peso aproximado de: 78,1 [frs, el mismo se encuentra en regular estado de conservación, se encuentra INOPERATIVO. 03) Un (01) documento, homólogo a una LICENCIA PARA CONDUCIR, de forma rectangular, con escrituras y sistemas de impresión intaglio y litográfico, donde en su anverso se lee entre otros: “REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA – MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA – INSTITUTO NACIONAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE – LICENCIA PARA CONDUCIR – GRADO QUINTO 5 – CÉDULA Nº V 12425218 – NOMBRES Y APELLIDOS L.S. – FECHA DE NACIMIENTO 22/09/74 – EXP 23/08/04 – VEN 22/09/2014 – en su reverso posee escrituras tipográficas y litográficas, donde se lee: DRIVERS LICENSE – PATENTE DI GUIDA – PERMIS DE CONDUIRE – FUHRERSCHEIN – IMPORTANTE – en la parte inferior derecha del documento se observa un logotipo del “INTTT” – y un serial sobre un pedazo de lamina la cual se destina para su protección se lee: 0527150, y presenta un recubrimiento plástico destinado a su protección, se encuentra en regular estado de conservación. 04) Una (01) prenda de vestir, tipo billetera, de uso masculino, elaborada en material sintético de color marrón, presenta un logotipo impreso en alto relieve donde se puede leer “SPORT CUERO 'S, " y en su parte interna se observan letras impresas en color dorado donde se puede leer "TARJETAS", presenta 8 divisiones y subdivisiones, se encuentra en mal estado de uso y conservación. 05) Un trozo de papel de color blanco de forma rectangular, donde presenta letras y números en manuscrito de tinta azul donde se puede leer "CHICO 0414 5124325 ¬HUGO 0414 0368080 – 02418488121 - EDITO 04145415442 - EFREN 04161113170 - YENI 04145620215 - ANIVAL 04141592051 - HECTOR 04143577478 - LORENA 8486996 - ¬JORGE 04145767703 - COLINA 02734143767". 06) Un trozo de papel de color blanco de forma rectangular, donde presenta letras y números en manuscrito de tinta azul donde se puede leer "BOTO 0416 8583112 ¬ERIKA 0416 1766303 - HACHA 04145677497 – CARLOS CIEGO 3482707 - RENI 04141582193 - RUFO 04143547960 - GUSTAVO 3378819 - JOYA 04164710903 – ANDINO VERDE Y BLANCO¬ – PLACA AD-2786 – ROMULO GALLEGOS". 07) Una (01) tarjeta de presentación de forma rectangular elaborada en papel de color blanco, la cual presenta impresiones de un logotipo alusivo a una balanza y letras, números impresos en color rosado donde se puede leer “ESCRITORIO JURIDICO – CAMACHO & ASOCIADOS – E.C. CAMACHO V – ABOGADO – TELF – HAB (0258) 4330528 – CEL (0414) 5957400 – SAN CARLOS EDO. COJEDES”. 08) Una (01) tarjeta de presentación de forma rectangular, la cual presenta impresa en color rojo la figura alusiva a un vehículo, letras y números en color azul y rojo donde se puede leer “REPUESTOS EUROPEOS C.A – FORTUNATO CEGARRA – RIF: J-09025050-6 – NIT:004145577 – CALLE ARANJUEZ – MINI CENTRO CARIBE – LOCAL 02 – TELF: (0273) 5324665 – FAX: 5522453 – CEL: (0414) 1584852 - BARINAS”. 09) Una (01) factura elaborada en papel de color blanco, donde se observan en la parte superior impresiones en tinta azul donde se puede leer “IMPORTADORA 2001 – MAYOR Y DETAL – TODO EN ARTEFACTOS ELÉCTRICOS – RIF 01121436 – NIT 000408166 – PROPIETARIO C.A. DAZA – DIRECCIÓN CALLE CAMEJO ENTRE AVE MARQUES DEL PUMAR Y SUCRE – TELF. 0273.5523684 – CEL: 0414.1245218 BARINAS” se puede apreciar en la parte central de la misma escrituras a manuscrito en tinta azul en donde se puede leer “L.S. – CI 12.425.218. CINQUEÑA III – VENTILADOR MEGAFARL – TREINTA DÍAS DE GARANTÍA – CANCELADO – 60.000”. 10) Una (01) inyectadora desechable, elaborada en material sintético transparente, graduada de 10 milímetros, en la cual en la punta posee un scalt NRº 21 material sintético transparente y verde, una aguja de material metálico, hueca de color plateado, terminando en la punta filosa es decir de corte, donde se puede observar liquido de color pardo rojizo de presunta naturaleza hemática. 11) Una (01) inyectadora desechable, elaborada en material sintético transparente, graduada de 10 milímetros, en su parte interna presenta una goma ajustable a presión de color negro, con base de rosca cuya base es de material sintético de color verde y una aguja de material metálico, hueca de color plateado, terminando en la punta filosa es decir de corte, la cual se encuentra protegida por una tapa protectora material sintético transparente, que cierra a presión la cual se encuentra dentro de una bolsa plástica transparente sellada de forma hermética, la cual tiene impresa letras de color azul donde se puede leer lo siguiente: “SYRINGE SET SENCI MEDICAL”. 12) Una (01) liga de material sintético de color amarillo, de forma circular con medidas aproximadas de cuarenta (40) centímetros de largo, cero punto cinco (0.5) centímetros de ancho, de uso QUIRÚRGICO. ”. 13) Un (01) mapa vial del Estado Mérida, donde se aprecia símbolos convencionales: Limites: limites del estado, limites del municipio. Vialidad: carretera trasandina, carretera asfaltada, carretera de tierra. Drenaje: ríos. Centros Poblados: capital del estado, capital del municipio, capital de parroquia. Información de interés turística. 14) Dos (02) copias fotostáticas impresas en papel blanco, de una cédula de identidad asignada al número 15.871.413, donde se puede apreciar una foto de una persona y una impresión dactilar. 15) Un (01) mapa vial de la ciudad de Mérida, donde se aprecia símbolos convencionales: Limites: limites de la ciudad. Vialidad: carretera trasandina, carretera asfaltada, carretera de tierra. Drenaje: ríos. Ciudad de Mérida: capital del estado. Información de interés turística: vía al páramo de la culata Km. 17. 16) Una (01) herramienta de trabajo comúnmente conocida como "destornillador" presenta una empuñadura de material sintético de color marrón, donde se puede apreciar impresiones en alto relieve " INOXVEN ESPECMET HECHO EN VENEZUELA" y presenta una barra cilíndrica metálica en estado de oxidación la cual presenta en su parte inferior una punta de forma de estría. 17) Un (01) rollo de cinta adhesiva color negro de material sintético de maca comercial "LISTED UL R 590 J" la cual presenta estado de uso. 18) Una (01) caja de forma paralelepípedo de papel cartón de color blanca, amarillo con letras impresas de color negro y rojo donde se puede leer: "CATAFLAN 50 MG NOVARTIS" con unas medidas aproximadas de diez punto cinco (l0.5)cm de largo y cuatro punto seis (4.6)cmde ancho y dos (2)cm de alto, en su interior presenta un blister de 10 áreas o compartimientos herméticos de los cuales ocho(08) están sellado herméticamente y se observan en su interior (08) grageas, de uso medico antinflamatorio. 19) Una (01) guía de interés turística donde se puede apreciar una relación y distribución por municipios de posadas, hoteles, restaurantes, ferias de comida, museos, centros culturales, teatros, parques temáticos, bancos y principales terminales terrestres de la ciudad de Mérida. 20) Una (01)prenda de vestir, denominada chaqueta, de color vino tinto, de marca comercial "ALBERTO" presenta en su parte adversa cuatro bolsillos con tapa la cual presenta botones metálicos en alto relieve en su parte interna presenta una tela acolchada de color azul, amarillo, blanco y vino tinto de igual forma se puede apreciar en su parte posterior interna en la parte superior una etiqueta comercial bordada en alto relieve la palabra "ALBERTO" presenta un cierre en forma vertical denominado cremallera de material sintético y metálico de color amarillo. 21) Una (01) prenda de vestir tipo pantalón BLUE JEANS, elaborada en tela, talla 36, marca comercial "CHEVIOTTO" fabricado en Colombia, en la parte delantera superior presenta sistema de cierre en forma vertical conformado por un (01) botón metálico de color dorado el cual se sujeta a un (01) ojal y sistema de cierre en forma de cremallera de veinte (20) centímetros de largo aproximados, en el lado derecho se aprecia un bolsillo con tapa y sistema de cierre de un (01) botón metálico de color plateado que se sujeta a presión y un bolsillo sin tapa de mayor dimensión, y en el lado izquierda presenta un (01) bolsillo, en la parte trasera superior se en observan dos (02) bolsillo sin tapa, presenta olor y aspecto típico de suciedad, y se encuentra deslucido por el uso. 22) Una (01) prenda de vestir tipo pantalón, elaborada en tela de color gris, talla 36, marca comercial "OSCARJEANS" fabricado en China, en la parte delantera superior presenta sistema de cierre en forma vertical conformado por un (01) botón metálico de color plateado el cual se sujeta a un (01) ojal y sistema de cierre en forma de cremallera de veinte (20) centímetros de largo aproximados, y en el lado derecha e izquierda presenta un (01) bolsillo, en la parte trasera superior presenta dos (02) bolsillo sin tapa, presenta olor y aspecto típico de suciedad, y se encuentra en regular estado de uso. 23) Una (01) prenda de vestir tipo camisa manga corta, elaborada en tela de color gris, marca comercial "ZEROX", talla “M”, en la parte delantera presenta sistema de cierre dispuesto en forma vertical conformado por cinco (05) botones sintéticos de color transparente, los cuales se sujetan a cinco (05) ojales, y un (01) bolsillo sin tapa en la parte delantera izquierda, presenta olor y aspecto típuico de suciedad, y se encuentra en regular estado de uso. 24) Una (01) toalla, elaborada en tela de color azul oscuro sin marca comercial, con las siguientes medidas de ciento cincuenta (150) centímetros de largo y ochenta y cinco (85) centímetros de ancho, presenta olor y aspecto típico de suciedad, y se encuentra en regular estado de uso y conservación. 25) Una (01) gorra, tipo pelotera, elaborada en tela de color negro, sin marca comercial, en la parte delantera se encuentra bordado en color blanco, amarillo, azul y rojo un logotipo y letras donde se puede leer "RCTV" en la parte trasera se aprecia sistema de cierre tipo mágico y letras bordadas de color azul y blanco donde se puede leer "RCTV" presenta olor y aspecto típico de suciedad, y se encuentra en regular estado de uso y conservación. 26) Una (01) prenda de vestir tipo camisa manga corta, elaborada en tela de color beige, marca comercial "FILIBLU", talla "M", en la parte delantera presenta sistema de cierre dispuesto en forma vertical conformado por cinco (05) botones sintéticos de color transparente los cuales se sujetan a cinco (05) ojales, y un (01) bolsillo sin tapa en la parte delantera izquierda, presenta olor y aspecto típico de suciedad, y se encuentra en regular estado de uso. 27) Una (01) prenda de vestir tipo pantalón, elaborada en tela de color beige, talla 36, marca comercial "O.D.L.R." fabricado en China, en la parte delantera superior presenta sistema de cierre en forma vertical conformado por un (01) botón sintéticos de color beige el cual se sujeta a un (01) ojal y sistema de cierre en forma de cremallera de veinte (20) centímetros de largo aproximados, y en el lado derecha e izquierda presenta bolsillos, en la parte trasera superior presenta dos (02) bolsillo con sistema de cierre por un (01) botón sintéticos de color beige el cual se sujeta a un (01) ojal, y en la parte central derecha e izquierda se aprecian un bolsillo en cada lado con sistema de cierre de cremallera en forma horizontal, presenta olor y aspecto típico de suciedad, y se encuentra en regular estado de uso. 28) Una (01) prenda íntima de uso masculino, elaborada en tela de color blanco con figuras cuadradas de color azul, en la parte delantera superior presenta una etiqueta con letras de color rojo y azul donde se puede leer “LEOPOLDO”, presenta olor y aspecto típico de suciedad, y se encuentra deslucido por el uso. 29) Un (01) par de calcetín conocido comúnmente como media, tipo deportiva, elaborado en tela de color blanco, sin marca comercial, en la parte superior derecha e izquierda de cada una se encuentra bordado en color verde una figura en forma de "P" presenta olor y aspecto típico de suciedad, y se encuentra en regular estado de uso y conservación. 30) Un (01) morral elaborado en material sintético de color negro, de uso viajero el cual presenta cinco (05) subdivisiones con cierre o cremallera, en su parte central superior principal presenta un logotipo de forma circular en alto relieve donde se puede leer: "SPORT SPIRIT EMPERADOR FASHION CLUB HAPPY ALL THE TIME AROUND THE WORLD", con un sistema de asas para su transporte; los cuales se encuentran descritos en los Dictámenes Periciales de Identificación Técnica Nros. CO-LC-LR1-DF-2006/1345, CO-LC-LR1-DF-2006/1341, CO-LC-LR1-DF-2006/1342, de fechas 25-10-2.006, 24-09-2.006 y 23-10-2.006 respectivamente, que obra insertos a los folios 181 al 188, 199 al 202 y 206 al 213 de la causa, dichos objetos se encuentran en la sala de objetos recuperados del Comando de la Sección Panamericana, del Grupo Anti-Extorsión y Secuestro Nº 01, con sede dentro del Comando de la Segunda Compañía del Destacamento Nº 16 de la Guardia Nacional Bolivariana, de esta ciudad de El Vigía, Estado Mérida, Expediente Fiscal N° 14-F6-629-06. En tal sentido se acuerda librar oficio al Jefe de la Sección Panamericana, del Grupo Anti-Extorsión y Secuestro Nº 01, con sede dentro del Comando de la Segunda Compañía del Destacamento Nº 16 de la Guardia Nacional Bolivariana, de esta ciudad de El Vigía, Estado Mérida, a los fines de que proceda a destruir en sede propia los objetos arriba descritos, debiendo ese cuerpo de investigación, informar y remitir a este Tribunal el Acta u Oficio informando sobre la destrucción ordenada.

Ofíciese a la Coordinación de la Defensa Pública a los fines de que sea designada Defensa Pública. Notifíquese a la Fiscalía Décima Tercera del Ministerio Público y al Penado, a cuyo efecto se impondrá del presente ejecútese en el Centro Penitenciario de la Región Andina, con sede en la población de San J.d.L., Municipio Sucre del Estado Mérida, el día Lunes 10-11-2.008, por encontrarse este Tribunal de Guardia Penitenciaria. Remítase copia fotostática debidamente certificada de la Sentencia y del presente Ejecútese a la Directora del Centro Penitenciario de la Región Andina, con sede en la población de San J.d.L., Municipio Sucre, Estado Mérida, a la División de Antecedentes Penales, Ministerio del Interior y Justicia, de conformidad con el artículo 4 de la Ley de Régimen Penitenciario y líbrese oficio al CNE haciéndosele saber sobre la pena accesoria acordada en contra del mencionado penado, como es la Inhabilitación Política y Compúlsese y certifíquese por secretaría las copias ordenadas. Líbrense los respectivos oficios. Cúmplase.

JUEZA DE EJECUCIÓN N° 02

ABG. R.M.B.

SECRETARIA

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