Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio con competencia de delitos de violencia contra la mujer de Monagas, de 9 de Abril de 2012

Fecha de Resolución 9 de Abril de 2012
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio con competencia de delitos de violencia contra la mujer
PonenteDulce María Lobaton Bastardo
ProcedimientoAuto Acordando Traslado A Centro Hospitalario.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Monagas

Maturín, 9 de Abril de 2012

201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-009904

ASUNTO : NP01-P-2010-009904

Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento en cuanto a la solicitud interpuesta por la ciudadana Abogada J.M., en su carácter de Defensora Pública Especializa.S.d.A.R.L.G., titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.392.775, mediante lo cual solicita el traslado de su representado hasta la emergencia del Hospital Universitario “Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar” de esta ciudad de Maturín Estado Monagas, con la finalidad que sea evaluado por el médico de guardia, por cuanto esta presentando fuerte dolor en la espalda, que no le permite movilizarse con normalidad. Ahora bien, una vez valuado en su integridad el escrito contentivo de las razones de hecho en cual se fundamenta la Defensora Pública Especializada para formular tal petición, en tal sentido es deber indeclinable del estado proteger la vida de las personas que se encuentran privadas de libertad, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con fundamento en el Titulo III, Capitulo I de la Exposición de Motivos y el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en cuanto considerar la salud asociada indisolublemente a la calidad de vida y al desarrollo humano que el Estado esta obligado a garantizar. Por todas las razones de derecho antes expuesta este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER en aras de garantizar el Derecho Constitucional a la Salud previsto en el articulo 83 de nuestra Carta Magna, Primero: Se ordena el traslado del R.L.G., titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.392.775, el día martes,10 de Abril de 2012, a las 7:00 horas de la mañana, hasta el Centro de Diagnostico Integral (CDI) mas cercano o a la emergencia del Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar” de esta ciudad de Maturín Estado Monagas, a fin de que sea evaluado por médico o médica de guardia. Todo ello con fundamento en el Titulo III, Capitulo I de la Exposición de Motivos y el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en cuanto considerar la salud asociada indisolublemente a la calidad de vida y al desarrollo humano que el Estado esta obligado a garantizar, para lo cual se libra Oficio la Comandancia de Policía del Estado Monagas. Segundo: Se acuerda oficiar al Médico o Médica de guardia, que una vez practicado dicha evaluación sea remita las resultas a la brevedad posible a este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio con Competencia en Delitos de Violencia Contra La Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas. Hágase lo Conducente. Cúmplase.

La Jueza Primera de Juicio

Abga. D.L.B.

La Secretaria del Tribunal

Abga. Y.E.E.

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