Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Lara (Extensión Barquisimeto), de 1 de Junio de 2007

Fecha de Resolución 1 de Junio de 2007
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
PonenteHarold Rafael Paredes Bracamonte
ProcedimientoDesalojo

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, 01 de Junio de dos mil siete

197º y 148º

ASUNTO: KP02-R-2007-000229

PARTE DEMANDANTE: V.R.D.C., titular de la cédula de identidad número V- 7.378.161, de este domicilio

APODERADOS JUDICIALES: E.S. y J.R.C. inscritos en el I.P.S.A bajo los números 64.079 y 31.534, respectivamente y de este domicilio.

PARTE DEMANDADA: E.M.H.; Titula de la C.I No.V- 1.319.666, y de este domicilio.

APODERADOES JUDICIALES: J.E.M.O. y M.V.O.M., inscritos en el I.P.S.A bajo los numeros. 9.361 y 114.335, respectivamente

MOTIVO: Desalojo

APELACIÓN

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Sube a ésta alzada el presente expediente contentivo de procedimiento de Desalojo, intentado por el ciudadano V.R.D.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.378.161, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio E.S. inscrito en el I.P.S.A bajo los números 64.079, contra el ciudadano E.M.H.; venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 1.319.666 con motivo del Recurso de Apelación contra la sentencia del Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 12 de Febrero de 2007, que declara CON LUGAR la demanda por DESALOJO.

Tramitado el procedimiento conforme a la ley, estando en el lapso legal para dictar sentencia, entra esta instancia de decidir la presente causa, previa las siguientes consideraciones:

PUNTO PREVIO.

Este tribunal considera pertinente pronunciarse previamente al fondo, atendiendo la solicitud de reposición planteada por la parte demandada apelante, en su escrito de fecha 16 de mayo del 2007, que corre inserto a los folios del sesenta y nueve (69) al setenta y cinco (75), y lo cual se hace de la siguiente manera:

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