Decisión nº 24 de Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Zulia (Extensión Maracaibo), de 10 de Octubre de 2012

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2012
EmisorTribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
PonenteIngrid Coromoto Vasquez Rincón
ProcedimientoCumplimiento De Contrato

Exp. No. 13.641

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL T.D.L.C.J.

DEL ESTADO ZULIA.

Maracaibo, nueve (09) de octubre de 2012.-.

202º y 153º

Visto el escrito presentado en fecha 05 de octubre de 2012, por el profesional del derecho y de este domicilio E.E.R.T., debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 29.021, en su carácter de apoderado judicial de la Fundación DR. J.G.H. (FUNDEZ), identificada en actas, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoare en contra de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA C.A., identificada en actas, en el cual solicita se decrete medida de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR; este tribunal para resolver observa:

Exige el solicitante, se le conceda medida preventiva de Prohibición de Enajena y Gravar sobre un inmueble que al sumar las superficies de los quince (15) lotes que lo conforman, cuenta con una superficie total de OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON TRECE CENTÍMETROS (8.864,13 Mts2); divididos los quince (15) lotes con las especificaciones seguidamente descritas:

  1. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de CUATROCIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS (410 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2) linda con terreno que es o fue de la Sucesión Bermúdez Hernández; Sur: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2) linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide veintidós metros cuadrados (22 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; y Oeste: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2) y linda con la Avenida 15 (antes Delicias).

  2. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de NOVECIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS (918 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2), linda con terreno que es o fue de la Sucesión Bermúdez Hernández; Sur: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOVILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide cincuenta y ocho metros cuadrados (58 Mts2) y linda con terreno de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Oeste: lado por el cual mide cincuenta y ocho metros cuadrados (58 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  3. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de CUATROCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS (460 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno que es o fue de la Sucesión Bermúdez Hernández; Sur: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide veinticuatro metros cuadrados (24 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Oeste: lado por el cual mide veintidós metros cuadrados (22 Mts2) y linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.-

  4. - Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de SETECIENTOS NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS (792 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2), linda con propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Sur: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2, linda con propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide cuarenta y cuatro metros cuadrados (44 Mts2), linda con un inmueble que es o fue de Dolores y M.Á.; Oeste: lado por el cual mide cuarenta y cuatro metros cuadrados (44 Mts2) y linda con propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  5. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de novecientos cuarenta metros cuadrados (940 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide cuarenta y cuatro metros cuadrados (44 Mts2), linda con terreno que es o fue de la Sucesión Bermúdez Hernández; Sur: en dos segmentos, uno de veintiocho metros cuadrados (28 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide diecinueve metros cuadrados (19 Mts2), linda con la Calle Faria; Oeste: lado por el cual mide veintinueve metros cuadrados (29 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  6. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de quinientos metros cuadrados (500 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno que es o fue de la Sucesión Bermúdez Hernández; Sur: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide veintiséis metros cuadrados (26 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A., Oeste: lado por el cual mide veinticuatro metros cuadrados (24 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  7. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de cuatrocientos metros cuadrados (400 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Sur: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide veintiséis metros cuadrados (26 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A., Oeste: lado por el cual mide veinticuatro metros cuadrados (24 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  8. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de setecientos noventa y dos metros cuadrados (792 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2), linda con propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Sur: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2), linda con Calle Belloso; Este: lado por el cual mide cuarenta y cuatro metros cuadrados (44 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A., Oeste: lado por el cual mide cuarenta y cuatro metros cuadrados (44 Mts2), linda con terreno de A.S., donde actualmente funciona la “Compañía Anónima Occidental de Refrigeración”.-

  9. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de cuatrocientos metros cuadrados (400 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Sur: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A., Oeste: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  10. - Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de quinientos cuatro metros cuadrados (504 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veintiocho metros cuadrados (28 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Sur: lado por el cual mide veintiocho metros cuadrados (28 Mts2), linda con terreno que es o fue de Dolores y M.Á.; Este: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2), linda con Calle Faria.; Oeste: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  11. -) Lote de terreno donde existió una casa quinta signada con el Nro. 14C-34, ubicada en la Calle 89B, con su terreno propio que mide catorce metros (14 Mts) de frente por cuarenta metros de fondo (40 Mts) de fondo y abarca por tanto una superficie de quinientos sesenta metros cuadrados (560 Mts2), cuyos linderos son los siguientes: al Norte y al Oeste: terrenos que es o fueron de M.O.R.d.G.; Sur: que es su frente: la calle 89B, (antes Calle Belloso) y al Este: Propiedad que es o fue de los Sucesores de A.Q..

  12. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de cuatrocientos metros cuadrados (400 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide cuarenta metros cuadrados (40 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Sur: lado por el cual mide cuarenta metros cuadrados (40 Mts2), linda con propiedad de A.S., donde actualmente funciona la “Compañía Anónima Occidental de Refrigeración”; Este: lado por el cual mide diez metros cuadrados (10 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Oeste: lado por el cual mide diez metros cuadrados (10 Mts2), y linda con la Avenida “Las Delicias”.-

  13. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de cuatrocientos metros cuadrados (400 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Sur: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con propiedad de A.S., donde actualmente funciona la “Compañía Anónima Occidental de Refrigeración”; Este: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Oeste: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  14. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de doscientos metros cuadrados (200 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Sur: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Este: lado por el cual mide diez metros cuadrados (10 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Oeste: lado por el cual mide diez metros cuadrados (10 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  15. -) Lote de terreno donde existió una casa vieja en ruinas, ubicado en la Avenida 15 (antes Las Delicias), signada con el Nro. 83-71, el cual mide quince metros con cuarenta centímetros (15,40 Mts) de Este a Oeste, y ciento nueve metros (109 Mts) por cada uno de sus lados; Norte y Sur: con los siguientes linderos: casa que es o fue de E.R., hoy de la Compañía Fiat; Sur: propiedad que es o fue de U.F., hoy propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: su fondo, calle antes denominada Faria, hoy Avenida 14B; Oeste: su frente, la Avenida 15 (antes Las Delicias).-

    Los inmuebles descritos le pertenecen a la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A., según consta en los documentos protocolizados en la Oficina de Registro Público Segundo Circuito del Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, en su orden así: 1.-) 09 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 17, Tomo 6, Protocolo 1°; 2.-) 09 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 18, Tomo 6, Protocolo 1°; 3.-) 13 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 25, Tomo 6, Protocolo 1°; 4.-) 13 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 33, Tomo 8, Protocolo 1°; 5.-) 14 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 14, Tomo 3, Protocolo 1°, 6.-) 14 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 16, Tomo 9, Protocolo 1°; 7.-) 14 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 25, Tomo 15, Protocolo 1°; 8.-) 15 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 25, Tomo 1, Protocolo 1°; 9.-) 15 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 34, Tomo 5, Protocolo 1°; 10.-) 15 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 33, Tomo 9, Protocolo 1°; 11.-) 16 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 28, Tomo 1, Protocolo 1°; 12.-) 16 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 32, Tomo 5, Protocolo 1°; 13.-) 19 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 26, Tomo 1, Protocolo 1°; 14.-) 19 de noviembre de 1979, bajo el nro. 38, Tomo 2, Protocolo 1° y 15.-) 20 de diciembre de 1979, bajo el Nro. 40, Tomo 16, Protocolo 1°.-

    Dentro de este marco, esta operadora de justicia, a los fines del decreto de la cautela solicitada, se encuentra en el deber de analizar la acreditación de los presupuestos y requisitos exigidos por la vía de causalidad contenidos en el artículo 585 Código de Procedimiento Civil, a saber del FUMUS BONIS IURIS, o verosimilitud del buen Derecho y PERICULUM IN MORA, condición que traduce el temor objetivo por parte del pretensor, de ver frustrado su derecho, por conductas inherentes a la parte demandada.

    Bajo esta óptica, los extremos exigidos en la disposición cuyo tenor se aplica, comportan igualmente las condiciones necesarias para el uso del poder cautelar general reconocido al juez por el parágrafo primero del artículo 588 ejusdem, el cual circunscribe o delimita la potestad jurisdiccional, al cumplimiento de los requisitos exigidos por la vía de causalidad. Es por ello que se requiere de la ponderación de los elementos necesarios para el otorgamiento de la cautela, sin que ello suponga emitir opinión sobre la procedencia del derecho que se reclama.

    Por criterio reiterado, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político Administrativa, ha asentado lo que a continuación se reproduce:

    Es criterio de este Alto Tribunal que el poder cautelar debe ejercerse con sujeción estricta a las disposiciones legales que lo confieren, y por ello la providencia cautelar sólo se concede cuando existan en autos, medios de prueba que constituyan presunción grave de la existencia del riesgo manifiesto de quedar ilusoria la ejecución del fallo, así como del derecho que se reclama, por tal razón es imperativo examinar los requisitos exigidos en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la presunción grave del derecho que se reclama (fumus boni iuris) y el peligro grave de que resulte ilusoria la ejecución de la decisión definitiva (periculum in mora).

    Con referencia al primero de los requisitos (fumus boni iuris), su confirmación consiste en la existencia de apariencia de buen derecho, pues cuando se acuerda la tutela cautelar no puede prejuzgarse sobre el fondo del asunto planteado. Puede comprenderse entonces como un preventivo cálculo o juicio de probabilidad y verosimilitud sobre la pretensión del demandante; correspondiéndole al juez analizar los recaudos o elementos presentados junto con el libelo de la demanda, a los fines de indagar sobre la existencia del derecho que se reclama.

    En cuanto al segundo de los requisitos mencionados (periculum in mora), ha sido reiterado pacíficamente por la doctrina y la jurisprudencia, que su verificación no se limita a la mera hipótesis o suposición, sino a la presunción grave del temor al daño por violación o desconocimiento del derecho si éste existiese, bien por la tardanza de la tramitación del juicio, bien por los hechos del demandado durante ese tiempo tendentes a burlar o desmejorar la efectividad de la sentencia esperada

    .

    Así pues, esta Juzgadora pasa a analizar detenidamente y de manera puntualizada los requisitos materiales o de fondo necesarios a los fines del otorgamiento de la medida cautelar solicitada en la presente causa:

    FUMUS BONIS IURIS

    DE LA VEROSIMILITUD DEL DERECHO QUE SE RECLAMA.

    Erigido el dictamen cautelar en el juicio hipotético realizado en sede jurisdiccional, sobre el eventual éxito de la pretensión del demandante in iuditio deductae, requiere, como bien lo advirtió el autor P.C., en su imperecedera obra PROVIDENCIAS CAUTELARES, de una sumaria cognición que le permitiere al titular del oficio jurisdiccional, obtener elementos probatorios que hicieren emerger en su conciencia cognocente verosimilitud o mera apariencia de la procedibilidad en derecho de la pretensión debatida.

    En torno a los argumentos precedentemente transcritos, esta operadora de justicia observa que la verosimilitud del derecho invocado, a saber, el “fumus boni iuris”, no es un “juicio de verdad”; en todo caso, alude a un cálculo de probabilidades de que quien invoca el derecho, es su titular. Así pues, en el caso sub-examine, se observa que a los fines de fundamentar el FUMUS BONIS IURIS, el solicitante acompaña los documentos que a continuación se reproducen:

    -Copia certificada de Acta Constitutiva así como de Asamblea de la “Fundación Dr. José Gregorio Hernández” los cuales rielan en la pieza principal desde el folio 15 hasta el 27.

    -Copia certificada de Acta Constitutiva, de Asamblea entre otros de la Sociedad Mercantil Inmobiliaria Palmira S.A., los cuales rielan desde el folio 28 hasta el 67, de la pieza principal.

    -Copia certificada de documento de propiedad de los inmuebles ut supra señalados que rielan desde el folio 68 hasta el 143, de la pieza principal, pertenecientes a la Sociedad Mercantil Inmobiliaria Palmira S.A.-

    -Copia simple de recibo de pago a la Sociedad Mercantil Inmobiliaria Palmira S.A., por Bs. 13.600,00, por concepto de abono de cancelación de compra-venta de inmueble “TECHINCA”. Que riela al folio 159.-

    -Copia Copia simple de recibo de pago a la Sociedad Mercantil Inmobiliaria Palmira S.A., por Bs. 10.000.000,00, por concepto de complemento final de inicial por adquisición de inmueble. Que riela al folio 160.-

    -Copia simple de recibo de pago a la Sociedad Mercantil Inmobiliaria Palmira S.A., por Bs. 200.000.000,00, por concepto de pago de abono de 1/3 cuota de la opción a compra de un inmueble (TECHINCA). Que riela al folio 161.-

    -Copia simple de recibo de pago a la Sociedad Mercantil Inmobiliaria Palmira S.A., por Bs. 163.184.000,00, por concepto de la primera cuota trimestral convenida en la compra de un inmueble. Que riela al folio 162.-

    -Copia simple de recibo de pago a la Sociedad Mercantil Inmobiliaria Palmira S.A., por Bs. 363.184.000,00, por concepto de pago de segunda cuota relacionada con la compra del inmueble “TECHINCA”. Que riela al folio 164.-

    -Copia simple de recibo de pago a la Sociedad Mercantil Inmobiliaria Palmira S.A., por Bs. 80.000.000,00, por concepto de pago de tercera cuota relacionada con la compra del inmueble “TECHINCA”. Que riela al folio 166.-

    -Recibo de pago a la Sociedad Mercantil Inmobiliaria Palmira S.A., por Bs. 30.000,00, por concepto de abono de cancelación de compra-venta de inmueble “TECHINCA”. Que riela al folio 167.-

    -Recibo de pago a la Sociedad Mercantil Inmobiliaria Palmira S.A., por Bs. 30.000,00, por concepto de abono de cancelación de compra-venta de inmueble “TECHINCA”. Que riela al folio 170.-

    -Copia simple de Recibo de pago a la Sociedad Mercantil Inmobiliaria Palmira S.A., por Bs. 80.000,00, por concepto de abono del monto total por la compra de un inmueble. Que riela al folio 172.-

    -Comunicados que rielan del folio 175 al 188 de la pieza principal.-

    De modo que, siendo necesaria la sola “presunción”, y no una certeza del derecho reclamado, esta juzgadora pondera este soporte instrumental como indicio del derecho que se reclama; y lo valora de conformidad con lo dispuesto en el artículo 510 del Código de Procedimiento y 1.399 del Código Civil vigente, y siendo que, se verifica una argumentación fáctico jurídico consistente desde el punto de vista lógico que conduce a esta sentenciadora a la convicción de que la acción principal ha de ser estimada; éste Tribunal considera que se encuentran llenos los extremos exigidos por la Ley de la verosimilitud del buen derecho (FUMUS BONIS IURIS). ASÍ SE DECLARA.

    PERICULUM IN MORA

    DE LA VEROSIMILITUD EN LA FRUSTRACIÓN DE LA PRETENSIÓN

    POR EL DECURSO PROCEDIMENTAL.

    La urgencia en evitar la frustración del eventual derecho aducido por la parte demandante como fundamento de su pretensión, aunado al sustento mismo de la tutela asegurativa preventiva, a saber, evitar que se frustre o quede ilusoria la tutela jurisdiccional, es la ratio essendi del presente requisito, en otras palabras, es la presunción grave de que la ejecución del fallo pueda resultar ilusoria, en términos del artículo 585 del Código de Procedimiento Civil. Sin embargo, con el objeto de asegurar la legitimidad del ejercicio de la potestad jurisdiccional preventiva, se exige del solicitante, la acreditación sumaria de elementos probatorios, que hagan emerger en el juzgador verosimilitud simple de la premura en la protección de la situación fáctica, durante el iter procesal.

    Ahora bien, según lo planteado por el sistema dispositivo, recae sobre las partes a lo largo del desenvolvimiento del proceso, la obligación de identificar señalar y determinar los hechos y elementos alegados que a bien tengan, con el fin de lograr la pretensión incoada con arreglo a lo establecido en la Ley.

    Bajo esta perspectiva, este Tribunal observa que los soportes instrumentales aportados y los hechos alegados al presente proceso, dirigidos a demostrar el supuesto peligro de infructuosidad en la ejecución del fallo, son suficientes a los fines de emerger en esta sentenciadora verosimilitud simple de la premura en la protección de la situación fáctica, durante el iter procesal, ya que, tal peligro se encuentra latente, por el solo hecho de que el demandado, mediante la ejecución de un simple acto de traspaso de dominio, enervaría la legitimación del sujeto pasivo del proceso. ASÍ SE DECIDE.

    En consecuencia, acreditada la pretensión a través del soporte instrumental al que hace referencia el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, y requiriéndose solamente la constatación por parte de ésta operadora de justicia, la cual fue realizada en la forma establecida, aunado al cumplimiento de los requisitos exigidos por la vía de causalidad contenidos en el referido artículo, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL T.D.L.C.J. DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 585 y 600 ejusdem, DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre un inmueble que al sumar las superficies de los quince (15) lotes que lo conforman, cuenta con una superficie total de OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON TRECE CENTÍMETROS (8.864,13 Mts2); divididos los quince (15) lotes con las especificaciones seguidamente descritas:

  16. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de CUATROCIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS (410 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2) linda con terreno que es o fue de la Sucesión Bermúdez Hernández; Sur: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2) linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide veintidós metros cuadrados (22 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; y Oeste: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2) y linda con la Avenida 15 (antes Delicias).

  17. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de NOVECIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS (918 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2), linda con terreno que es o fue de la Sucesión Bermúdez Hernández; Sur: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOVILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide cincuenta y ocho metros cuadrados (58 Mts2) y linda con terreno de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Oeste: lado por el cual mide cincuenta y ocho metros cuadrados (58 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  18. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de CUATROCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS (460 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno que es o fue de la Sucesión Bermúdez Hernández; Sur: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide veinticuatro metros cuadrados (24 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Oeste: lado por el cual mide veintidós metros cuadrados (22 Mts2) y linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.-

  19. - Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de SETECIENTOS NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS (792 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2), linda con propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Sur: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2, linda con propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide cuarenta y cuatro metros cuadrados (44 Mts2), linda con un inmueble que es o fue de Dolores y M.Á.; Oeste: lado por el cual mide cuarenta y cuatro metros cuadrados (44 Mts2) y linda con propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  20. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de novecientos cuarenta metros cuadrados (940 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide cuarenta y cuatro metros cuadrados (44 Mts2), linda con terreno que es o fue de la Sucesión Bermúdez Hernández; Sur: en dos segmentos, uno de veintiocho metros cuadrados (28 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide diecinueve metros cuadrados (19 Mts2), linda con la Calle Faria; Oeste: lado por el cual mide veintinueve metros cuadrados (29 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  21. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de quinientos metros cuadrados (500 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno que es o fue de la Sucesión Bermúdez Hernández; Sur: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide veintiséis metros cuadrados (26 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A., Oeste: lado por el cual mide veinticuatro metros cuadrados (24 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  22. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de cuatrocientos metros cuadrados (400 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Sur: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide veintiséis metros cuadrados (26 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A., Oeste: lado por el cual mide veinticuatro metros cuadrados (24 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  23. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de setecientos noventa y dos metros cuadrados (792 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2), linda con propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Sur: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2), linda con Calle Belloso; Este: lado por el cual mide cuarenta y cuatro metros cuadrados (44 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A., Oeste: lado por el cual mide cuarenta y cuatro metros cuadrados (44 Mts2), linda con terreno de A.S., donde actualmente funciona la “Compañía Anónima Occidental de Refrigeración”.-

  24. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de cuatrocientos metros cuadrados (400 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Sur: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A., Oeste: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  25. - Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de quinientos cuatro metros cuadrados (504 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veintiocho metros cuadrados (28 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Sur: lado por el cual mide veintiocho metros cuadrados (28 Mts2), linda con terreno que es o fue de Dolores y M.Á.; Este: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2), linda con Calle Faria.; Oeste: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  26. -) Lote de terreno donde existió una casa quinta signada con el Nro. 14C-34, ubicada en la Calle 89B, con su terreno propio que mide catorce metros (14 Mts) de frente por cuarenta metros de fondo (40 Mts) de fondo y abarca por tanto una superficie de quinientos sesenta metros cuadrados (560 Mts2), cuyos linderos son los siguientes: al Norte y al Oeste: terrenos que es o fueron de M.O.R.d.G.; Sur: que es su frente: la calle 89B, (antes Calle Belloso) y al Este: Propiedad que es o fue de los Sucesores de A.Q..

  27. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de cuatrocientos metros cuadrados (400 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide cuarenta metros cuadrados (40 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Sur: lado por el cual mide cuarenta metros cuadrados (40 Mts2), linda con propiedad de A.S., donde actualmente funciona la “Compañía Anónima Occidental de Refrigeración”; Este: lado por el cual mide diez metros cuadrados (10 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Oeste: lado por el cual mide diez metros cuadrados (10 Mts2), y linda con la Avenida “Las Delicias”.-

  28. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de cuatrocientos metros cuadrados (400 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Sur: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con propiedad de A.S., donde actualmente funciona la “Compañía Anónima Occidental de Refrigeración”; Este: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Oeste: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  29. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de doscientos metros cuadrados (200 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Sur: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Este: lado por el cual mide diez metros cuadrados (10 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Oeste: lado por el cual mide diez metros cuadrados (10 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  30. -) Lote de terreno donde existió una casa vieja en ruinas, ubicado en la Avenida 15 (antes Las Delicias), signada con el Nro. 83-71, el cual mide quince metros con cuarenta centímetros (15,40 Mts) de Este a Oeste, y ciento nueve metros (109 Mts) por cada uno de sus lados; Norte y Sur: con los siguientes linderos: casa que es o fue de E.R., hoy de la Compañía Fiat; Sur: propiedad que es o fue de U.F., hoy propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: su fondo, calle antes denominada Faria, hoy Avenida 14B; Oeste: su frente, la Avenida 15 (antes Las Delicias).-

    Los inmuebles descritos le pertenecen a la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A., según consta en los documentos protocolizados en la Oficina de Registro Público Segundo Circuito del Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, en su orden así: 1.-) 09 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 17, Tomo 6, Protocolo 1°; 2.-) 09 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 18, Tomo 6, Protocolo 1°; 3.-) 13 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 25, Tomo 6, Protocolo 1°; 4.-) 13 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 33, Tomo 8, Protocolo 1°; 5.-) 14 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 14, Tomo 3, Protocolo 1°, 6.-) 14 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 16, Tomo 9, Protocolo 1°; 7.-) 14 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 25, Tomo 15, Protocolo 1°; 8.-) 15 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 25, Tomo 1, Protocolo 1°; 9.-) 15 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 34, Tomo 5, Protocolo 1°; 10.-) 15 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 33, Tomo 9, Protocolo 1°; 11.-) 16 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 28, Tomo 1, Protocolo 1°; 12.-) 16 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 32, Tomo 5, Protocolo 1°; 13.-) 19 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 26, Tomo 1, Protocolo 1°; 14.-) 19 de noviembre de 1979, bajo el nro. 38, Tomo 2, Protocolo 1° y 15.-) 20 de diciembre de 1979, bajo el Nro. 40, Tomo 16, Protocolo 1°.- Así se decide.

    En este sentido, se acuerda hacer la participación correspondiente al Registrador Público del Segundo Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Líbrese oficio.

    LA JUEZA PROVISORIA:

    DRA. I.C.V.R. LA SECRETARIA:

    DRA. MARIA ROSA ARRIETA FINOL.

    En la misma fecha se oficio bajo el No.________-2012 y se publicó bajo el No.______.

    LA SECRETARIA:

    ICVR/MRAF/greiner.-

    REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

    JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO

    DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL

    ESTADO ZULIA.-

    Maracaibo, 10 de octubre de 2012.-

    202° y 153º

    Oficio No.________-2012.

    Exp. No. 13.641.

    Ciudadano:

    REGISTRO PÚBLICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DEL MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA.

    Su Despacho.-

    Comunico a usted, que este Tribunal en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO formalizare la FUNDACIÓN J.G.H., en contra de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA C.A, ha ordenado oficiarle en el sentido de participarle que se ha decretado medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un inmueble que al sumar las superficies de los quince (15) lotes que lo conforman, cuenta con una superficie total de OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON TRECE CENTÍMETROS (8.864,13 Mts2); divididos los quince (15) lotes con las especificaciones seguidamente descritas:

  31. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de CUATROCIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS (410 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2) linda con terreno que es o fue de la Sucesión Bermúdez Hernández; Sur: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2) linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide veintidós metros cuadrados (22 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; y Oeste: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2) y linda con la Avenida 15 (antes Delicias).

  32. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de NOVECIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS (918 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2), linda con terreno que es o fue de la Sucesión Bermúdez Hernández; Sur: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOVILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide cincuenta y ocho metros cuadrados (58 Mts2) y linda con terreno de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Oeste: lado por el cual mide cincuenta y ocho metros cuadrados (58 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  33. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de CUATROCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS (460 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno que es o fue de la Sucesión Bermúdez Hernández; Sur: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide veinticuatro metros cuadrados (24 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Oeste: lado por el cual mide veintidós metros cuadrados (22 Mts2) y linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.-

  34. - Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de SETECIENTOS NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS (792 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2), linda con propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Sur: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2, linda con propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide cuarenta y cuatro metros cuadrados (44 Mts2), linda con un inmueble que es o fue de Dolores y M.Á.; Oeste: lado por el cual mide cuarenta y cuatro metros cuadrados (44 Mts2) y linda con propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  35. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de novecientos cuarenta metros cuadrados (940 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide cuarenta y cuatro metros cuadrados (44 Mts2), linda con terreno que es o fue de la Sucesión Bermúdez Hernández; Sur: en dos segmentos, uno de veintiocho metros cuadrados (28 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide diecinueve metros cuadrados (19 Mts2), linda con la Calle Faria; Oeste: lado por el cual mide veintinueve metros cuadrados (29 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  36. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de quinientos metros cuadrados (500 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno que es o fue de la Sucesión Bermúdez Hernández; Sur: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide veintiséis metros cuadrados (26 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A., Oeste: lado por el cual mide veinticuatro metros cuadrados (24 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  37. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de cuatrocientos metros cuadrados (400 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Sur: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide veintiséis metros cuadrados (26 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A., Oeste: lado por el cual mide veinticuatro metros cuadrados (24 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  38. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de setecientos noventa y dos metros cuadrados (792 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2), linda con propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Sur: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2), linda con Calle Belloso; Este: lado por el cual mide cuarenta y cuatro metros cuadrados (44 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A., Oeste: lado por el cual mide cuarenta y cuatro metros cuadrados (44 Mts2), linda con terreno de A.S., donde actualmente funciona la “Compañía Anónima Occidental de Refrigeración”.-

  39. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de cuatrocientos metros cuadrados (400 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Sur: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A., Oeste: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  40. - Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de quinientos cuatro metros cuadrados (504 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veintiocho metros cuadrados (28 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Sur: lado por el cual mide veintiocho metros cuadrados (28 Mts2), linda con terreno que es o fue de Dolores y M.Á.; Este: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2), linda con Calle Faria.; Oeste: lado por el cual mide dieciocho metros cuadrados (18 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  41. -) Lote de terreno donde existió una casa quinta signada con el Nro. 14C-34, ubicada en la Calle 89B, con su terreno propio que mide catorce metros (14 Mts) de frente por cuarenta metros de fondo (40 Mts) de fondo y abarca por tanto una superficie de quinientos sesenta metros cuadrados (560 Mts2), cuyos linderos son los siguientes: al Norte y al Oeste: terrenos que es o fueron de M.O.R.d.G.; Sur: que es su frente: la calle 89B, (antes Calle Belloso) y al Este: Propiedad que es o fue de los Sucesores de A.Q..

  42. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de cuatrocientos metros cuadrados (400 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide cuarenta metros cuadrados (40 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Sur: lado por el cual mide cuarenta metros cuadrados (40 Mts2), linda con propiedad de A.S., donde actualmente funciona la “Compañía Anónima Occidental de Refrigeración”; Este: lado por el cual mide diez metros cuadrados (10 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Oeste: lado por el cual mide diez metros cuadrados (10 Mts2), y linda con la Avenida “Las Delicias”.-

  43. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de cuatrocientos metros cuadrados (400 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Sur: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con propiedad de A.S., donde actualmente funciona la “Compañía Anónima Occidental de Refrigeración”; Este: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Oeste: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  44. -) Lote de terreno en el lugar denominado Las Delicias, el cual consta de una superficie de doscientos metros cuadrados (200 Mts2), con las siguientes medidas y linderos: Norte: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Sur: lado por el cual mide veinte metros cuadrados (20 Mts2), linda con propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA S.A.; Este: lado por el cual mide diez metros cuadrados (10 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Oeste: lado por el cual mide diez metros cuadrados (10 Mts2), linda con terreno propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.-

  45. -) Lote de terreno donde existió una casa vieja en ruinas, ubicado en la Avenida 15 (antes Las Delicias), signada con el Nro. 83-71, el cual mide quince metros con cuarenta centímetros (15,40 Mts) de Este a Oeste, y ciento nueve metros (109 Mts) por cada uno de sus lados; Norte y Sur: con los siguientes linderos: casa que es o fue de E.R., hoy de la Compañía Fiat; Sur: propiedad que es o fue de U.F., hoy propiedad de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A.; Este: su fondo, calle antes denominada Faria, hoy Avenida 14B; Oeste: su frente, la Avenida 15 (antes Las Delicias).-

    Los inmuebles descritos les pertenecen a la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA PALMIRA, S.A., según consta en los documentos protocolizados en la Oficina de Registro Público Segundo Circuito del Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, en su orden así: 1.-) 09 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 17, Tomo 6, Protocolo 1°; 2.-) 09 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 18, Tomo 6, Protocolo 1°; 3.-) 13 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 25, Tomo 6, Protocolo 1°; 4.-) 13 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 33, Tomo 8, Protocolo 1°; 5.-) 14 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 14, Tomo 3, Protocolo 1°, 6.-) 14 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 16, Tomo 9, Protocolo 1°; 7.-) 14 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 25, Tomo 15, Protocolo 1°; 8.-) 15 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 25, Tomo 1, Protocolo 1°; 9.-) 15 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 34, Tomo 5, Protocolo 1°; 10.-) 15 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 33, Tomo 9, Protocolo 1°; 11.-) 16 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 28, Tomo 1, Protocolo 1°; 12.-) 16 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 32, Tomo 5, Protocolo 1°; 13.-) 19 de noviembre de 1979, bajo el Nro. 26, Tomo 1, Protocolo 1°; 14.-) 19 de noviembre de 1979, bajo el nro. 38, Tomo 2, Protocolo 1° y 15.-) 20 de diciembre de 1979, bajo el Nro. 40, Tomo 16, Protocolo 1°.-

    En consecuencia, sírvase abstenerse de protocolizar cualquier documento donde se pretenda enajenar o gravar dicho inmueble.

    DIOS Y FEDERACIÓN

    DRA. I.C.V.R..

    -LA JUEZA PROVISORIA-

    Nota: el presente oficio se entregó en original y sellado, sin ningún tipo de enmendatura, palabras testadas ni interlineación alguna. Avenida 2 (El Milagro), Edificio “MARA”, planta alta. Maracaibo, Estado Zulia. Teléfono 0261-7927685.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR