Decisión nº s-n de Juzgado Ejecutor de Medida del Municipio Miranda de Falcon, de 31 de Marzo de 2014

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2014
EmisorJuzgado Ejecutor de Medida del Municipio Miranda
PonenteLexy Josefina Rodríguez
ProcedimientoSolicitud De Inspección Judicial

En fecha 07/03/2014 se dicta auto dandole entrada a el Exhorto, emanado del Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anexo constante de 04 folios útiles, copia certificada de la solicitud y del auto de admisión, recibido mediante Oficio Nº 2510-84, de fecha 05/03/2014, relacionado con la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL distinguida con el Nº 8.103.2014, llevado por ese Juzgado, formulada por el abogado W.A.M.H., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 160.906, Apoderado Judicial de los ciudadanos M.D.F. y A.D.S.G., de nacionalidad portuguesa, mayores de edad, cónyuges, titular de la cédula portuguesa Nº 10893807 y 10921375, venezolano por naturalización el primero, con cédula de identidad Venezolana Nº 9.509.254 y la segunda con cédula de identidad Venezolana Nº E-110.397, y en él exhorta a este Ejecutor a realizar la referida Inspección Judicial en los términos bajo los cuales se Admitió dicha Solicitud. Para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Inspección Judicial, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.

En fecha 14/03/2014 se dicta auto proveyendo diligencia y pedimento contenido, suscrito por el abogado W.A.M.H., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 160.906, quien actúa con el carácter que consta en autos, constante de 01 folio útil.

En virtud de la solicitud formulada, este Tribunal provee de conformidad y, ordena su traslado y constitución a un inmueble, constituido por una casa-quinta, ubicado en la siguiente dirección: Callejón Sierralta, entre Calle Aurora y Calle Buchivacoa, casa Nº 11, de esta ciudad de S.A.d.C., Parroquia San Gabriel, Municipio Miranda del estado Falcón; a fin de darle cumplimiento a la evacuación de la Inspección Judicial conferida a este Tribunal Ejecutor de Medidas, fijándose para ello el día 20/03/2014, a las 09:00 a.m. Se ordena habilitar todo el tiempo necesario en la práctica de la misma.

En fecha 25/03/2014 se dicta auto Por cuanto en este Tribunal No hubo Despacho el día 20/03/2014 para el cual estaba fijada la práctica de la presente Inspección Judicial, en virtud de que la Jueza de este Tribunal se encontraba de Reposo Médico, se corre en el mismo orden que estaba fijada de acuerdo a la disponibilidad en la agenda interna del Tribunal; en consecuencia, se le fija nueva oportunidad para el día 31/03/2014 a las 02:00 p.m. Cúmplase lo ordenado y déjese constancia de ello en el Libro Diario llevado por este Tribunal.-

En fecha 31/03/2014 se levanta Acta mediante la cual, siendo las dos horas con seis minutos de la tarde (02:06 p.m.), día y hora fijada por este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, a cargo de la Jueza, abogada LEXY J. R.Q., en compañía de su secretaria, abogada I.V.G.M.; se trasladó y constituyó, previa habilitación del tiempo necesario, en compañía del abogado W.A.M.H., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 160.906, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos M.D.F. y A.D.S.G., de nacionalidad portuguesa, mayores de edad, cónyuges, titular de la cédula portuguesa Nº 10893807 y 10921375, venezolano por naturalización el primero, con cédula de identidad Venezolana Nº 9.509.254 y la segunda con cédula de identidad Venezolana Nº E-110.397, con la finalidad de darle cumplimiento a la evacuación de la INSPECCIÓN JUDICIAL, presentado por ante el Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, hoy en día, Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, por el abogado W.A.M.H., con el carácter antes expresado. Acto seguido, este Juzgado de conformidad con el petitorio del solicitante, se trasladó a un inmueble constituido por una casa-quinta y el terreno donde está construidas, ubicado en la siguiente dirección: Callejón Sierralta, entre Calle Aurora y Calle Buchivacoa en Jurisdicción de la Parroquia San Gabriel de esta ciudad de S.A.d.C., Municipio Miranda del estado Falcón. Encontrándose este Tribunal constituido en dicha dirección, fue atendido este Tribunal por la ciudadana ERIKA JAMÌN CARDONA HERNÀNDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, portador de la cédula de identidad número V-15.622.155, en su condición de ocupante del inmueble, quien prestará su colaboración en la práctica de la presente Inspección Judicial. De seguidas este Tribunal, postulado como fue el ciudadano J.G.G.S., por la parte promovente de esta Inspección, se designa como Práctico al ciudadano J.G.G.S., venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-7.489.203, T.S.U. en Construcción Civil, domicilio en el Callejón S.I., entre Callejón Pinto Salinas y Callejón Estadio, Sector Bobare, Casa No. 17, cuyo número de contacto es el 0426-222.93.55, quien estando presente acepta el cargo recaído en su persona y tomado el juramento de Ley, jura cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo para el cual ha sido designado, consignando en este acto copia simple de título universitario, cédula de identidad y otros datos, lo que se agrega a estas actuaciones. En este estado, este Tribunal Ejecutor de Medidas, procedió a dejar constancia de los hechos solicitados en esta Inspección, que fueron Admitidos y que son plasmados en la presente Acta.

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